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28 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de abril de 2021 / El Peruano de innovación en Pesca y Acuicultura, de las fuentes de fi nanciamiento indicadas. Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos Los recursos de las subvenciones autorizadas por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo Las Unidades de Innovación en Pesca y de Innovación en Acuicultura, O fi cinas Macro Regionales, Unidad de Administración, debe realizar las acciones pertinentes para el adecuado monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para lo cual se otorgan las mencionadas subvenciones, en el marco de lo dispuesto por la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31084, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021. Asimismo disponer a la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, Unidad de Administración y las Unidades Técnicas de Innovación en Pesca y en Acuicultura, y las O fi cinas Macro Regionales, de conformidad con la Resolución Ministerial N° 034-2021-PRODUCE, relacionado con el cumplimiento de la rendición de cuentas y evaluación del otorgamiento de subvenciones, que prevé informar de manera semestral al Titular Pliego sobre los avances físicos y fi nancieros de las metas para los cuales fueron entregados los recursos; así como los resultados alcanzados y los bene fi cios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas. Artículo 5.- Acciones Administrativas La Dirección de Operaciones del Programa, queda facultado para efectuar las acciones pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Asimismo, disponer a las Unidades de Plani fi cación y Presupuesto, Administración y las Unidades Técnicas de Innovación en Pesca y en Acuicultura, y las O fi cinas Macro Regionales, deben elaborar la relación de los bene fi ciarios de las subvenciones otorgadas, para remitir semestralmente al Ministerio de la Producción para la respectiva publicación en su Portal Institucional. Artículo 6.- Noti fi cación Notifi car la presente resolución a las Unidades y O fi cinas Macro Regionales – OMR del Programa, mediante correo electrónico o por otro medio que pudiera constar, y disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del PNIPA. Regístrese, comuníquese y publíquese.DAVID ALFONSO RAMOS LÓPEZ Director Ejecutivo del Programa Nacionalde Innovación en Pesca y Acuicultura 1942988-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan a ciudadano peruano para que preste servicios en las Fuerzas Armadas Españolas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 045-2021-RE Lima, 13 de abril de 2021CONSIDERANDO:Que, un (01) ciudadano peruano residente en el Reino de España solicita Autorización al Señor Presidente de la República para poder servir en las Fuerzas Armadas Españolas; Que, dicha solicitud ha sido previamente evaluada por el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional del Perú;Que, el numeral 23 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú establece que el Presidente de la República autoriza a los peruanos para servir en un ejército extranjero; Que, en consecuencia, es necesario expedir la autorización correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 23 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a un (01) ciudadano peruano residente en el Reino de España para que preste servicios en las Fuerzas Armadas Españolas. 01 ANDREE GIOVANY JIMENEZ CHANCA DNI 47530787 Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores y la Ministra de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ Ministra de Defensa ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 1943530-4 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLASICAS Rectifican de oficio el error material contenido en el artículo primero de la Resolución Jefatural N° 114-2021-J/INEN RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 125-2021-J/INEN Surquillo, 13 de abril del 2021VISTOS:La Resolución Jefatural Nº 114-2021-J/INEN de fecha 08 de abril de 2021, y el Informe Nº 000473-2021-OAJ/INEN, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, a través de la Ley Nº 28748, se creó como Organismo Público Descentralizado al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN, con personería jurídica de derecho público interno con autonomía administrativa, adscrito al sector salud, y actualmente califi cado como Organismo Público Ejecutor en concordancia con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2007- SA, publicado en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 11 de enero del 2007, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas – INEN, estableciendo la jurisdicción, funciones generales y estructura orgánica del Instituto, así como las funciones de sus diferentes órganos y unidades orgánicas;