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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (29/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 120

120 NORMAS LEGALES Jueves 29 de abril de 2021 / El Peruano en los aspectos no previstos y que no son tratados expresamente de modo distinto. Que, se efectuó la Revisión y Validación del Texto Único de procedimientos Administrativos (TUPA) por las diversas áreas administrativas, formulando sus observaciones las que posteriormente fueron subsanadas por el Consultor responsable de la Actualización del TUPA, por lo que debe procederse a su aplicación. Que, los procedimientos, requisitos, plazos y tasas del Texto Único de Procedimientos | Administrativos - TUPA que se aprueban en la presente Ordenanza se han adecuado a lo establecido en la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones y modi fi catorias; el Decreto Supremo No 006-2017-VIVIENDA que aprueba Texto Único Ordenado de la Ley No 29090; Decreto Supremo Nº 011-2017-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edi fi cación; la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y modi fi catorias; Ley Nº 29022, Ley para la Expansión de infraestructura de Telecomunicaciones; Decreto Supremo Nº 046-2017-PCM que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y los Formatos de Declaración Jurada; el Decreto Supremo Nº 058-2014-PCM que Reglamenta las de Inspecciones Técnicas de Seguridad en edi fi caciones; Ley Nº 30230, Ley que establece medidas tributarias simpli fi cación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión del país; así como en cada uno de sus reglamentos. Asimismo, se ha adecuado a lo estipulado en el Decreto Supremo Nº007-2011-PCM, que aprueba la Metodología de Simpli fi cación Administrativa y establece disposiciones para su implementación, para la mejora de los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad, todo ello, con el fi n de dar celeridad y agilidad a los procedimientos administrativos y de esta manera brindar mejores servicios a los ciudadanos; Que, en ese contexto y de acuerdo con la normatividad precitada, resulta necesario modi fi car y actualizar el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA vigente, de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, adecuando los procedimientos, requisitos, y otros, en bene fi cio de los administrados y aprobar los derechos de trámite y formatos de los de procedimientos y servicios brindados en exclusividad; Que, atendiendo a lo antes expuesto y en estricto cumplimiento del acuerdo de concejo y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9 y del artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, el concejo municipal por unanimidad aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) Y EL TEXTO ÚNICO ORDENADO DE TASAS (TUOT) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO CHIMBOTE Artículo Primero.- APROBAR, el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad de Distrital de Nuevo Chimbote, así como los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad y requisitos contenidos en él, conforme a las denominaciones y detalles establecidos en el Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR, los derechos de trámite, procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad contemplados en Texto Único Ordenado de Tasas (TUOT), el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- FACULTAR, al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, para aprobar los formatos y formularios, exigidos como requisitos en la tramitación de los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad contenidos en el TUPA, mediante Decreto de Alcaldía, los mismos que serán de libre reproducción.Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaria General la publicación del texto de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y la publicación del anexo de la presente ordenanza en el portal web del diario o fi cial El Peruano; y a la Sub Gerencia de Imagen Institucional la publicación del texto íntegro, incluido el Anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote (www.muninuevochimbote. gob.pe). Artículo Quinto.- DEROGAR, toda norma que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) que están contenidos en la ordenanza Municipal Nº 015-2011 - MDNCH, sus modi fi catorias y todas las disposiciones municipales que se opongan a lo dispuesto en la presente ordenanza. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Provincial del Santa que la rati fi ca y de la presente Ordenanza en el diario o fi cial El Peruano. Artículo Séptimo.- Notifíquese la presente ordenanza a las unidades orgánicas de la municipalidad y a las instancias correspondientes. Regístrese, publíquese, comuniquese y cúmplase.VALENTÍN FERNÁNDEZ BAZÁN Alcalde 1948063-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. MUNICIPALIDAD DISTRITAL SANTO DOMINGO DE ANDA Aprueban inmatriculación de predios como primera inscripción de dominio ante la SUNARP, a favor de la Municipalidad Distrital de Santo Domingo de Anda ACUERDO DE CONCEJO Nº 029-2021-MDSDA/A Pacae, 26 de abril del 2021EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTO DOMINGO DE ANDA POR CUANTO:En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 008-2021-MDSDA/A, de fecha 26 de abril del 2021, bajo la presencia del señor Alcalde Antonio Miguel Salvador Jesús y con el quorum reglamentario de los señores regidores, se ha visto el Informe Legal Nº 017-2021-SGAL-MDSDA, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley Nº 30305 - Ley de Reforma Constitucional; concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley Nº 27972, los Gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 17-C del Decreto Legislativo Nº 1358, que modi fi ca la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, para optimizar el saneamiento físico legal de los inmuebles estatales, establece que las Municipalidades efectúan el saneamiento de los bienes de su propiedad y los de dominio público bajo su administración, indicados en el artículo 56º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, conforme a la Octava Disposición Complementaria de la citada ley