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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (29/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Jueves 29 de abril de 2021 / El Peruano Acceden a ampliación de solicitud de extradición activa de ciudadano peruano para ser extraditado de la República de Colombia y ser procesado en la República del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA N° 088-2021-JUS Lima, 28 de abril de 2021 VISTO; el Informe Nº 026-2018/COE-TPC, del 2 de marzo de 2018, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la ampliación de solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana FELIPE DÍAZ ROJAS a la República de Colombia, formulada por el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, para ser procesado por la presunta comisión del delito de libramiento indebido, en agravio de Julio Gilberto Gálvez Delgado; CONSIDERANDO: Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al inciso 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el inciso 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 14 de noviembre de 2017, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la ampliación de solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana FELIPE DÍAZ ROJAS a la República de Colombia, formulada por el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, para ser procesado por la presunta comisión del delito de libramiento indebido, en agravio de Julio Gilberto Gálvez Delgado (Expediente N° 65-2017); Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo con el inciso 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión O fi cial; Que, mediante el Informe Nº 026-2018/COE-TPC, del 2 de marzo de 2018, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la ampliación de solicitud de extradición activa de la persona requerida, para ser procesada por la presunta comisión del delito de libramiento indebido, en agravio de Julio Gilberto Gálvez Delgado; Que, conforme al Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Colombia modi fi catorio del Convenio Bolivariano de Extradición fi rmado el 18 de julio de 1911, suscrito el 22 de octubre de 2004 y vigente desde el 16 de junio de 2010, así como al Código Procesal Penal peruano y al Decreto Supremo N° 016-2006-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Acuerdo; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;SE RESUELVE: Artículo 1.- Se accede a la ampliación de solicitud de extradición activa del ciudadano peruano FELIPE DÍAZ ROJAS para ser extraditado de la República de Colombia y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de libramiento indebido, en agravio de Julio Gilberto Gálvez Delgado. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República EDUARDO VEGA LUNA Ministro de Justicia y Derechos Humanos ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 1948340-15 Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano peruano para ser extraditado del Reino de España y ser procesado en la República del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA N° 089-2021-JUS Lima, 28 de abril de 2021VISTO; el Informe Nº 057-2021/COE-TPC, del 31 de marzo de 2021, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana RICARDO MARTÍN MANUEL OLIVA RÍOS al Reino de España, formulada por el Juzgado Penal Unipersonal de Nasca de la Corte Superior de Justicia de Ica, para ser procesado por la presunta comisión del delito de omisión de asistencia familiar, en agravio de una menor de edad con identidad reservada; CONSIDERANDO: Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al inciso 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el inciso 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 7 de octubre de 2020, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana RICARDO MARTÍN MANUEL OLIVA RÍOS al Reino de España, formulada por el Juzgado Penal Unipersonal de Nasca de la Corte Superior de Justicia de Ica, para ser procesado por la presunta comisión del delito de omisión de asistencia familiar, en agravio de una menor de edad con identidad reservada (Expediente N° 88-2020); Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente;