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36 NORMAS LEGALES Jueves 29 de abril de 2021 / El Peruano normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; Que, el artículo 29 de la Ley Universitaria establece que aprobada la Ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU) constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan; Que, los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, establecen, como funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, entre otras, la de constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas creadas por ley, y aprobar actos resolutivos y documentos normativos, en el marco de su competencia; Que, el literal g) del artículo 148 del referido Reglamento dispone como una de las funciones de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, la de proponer los documentos normativos para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como proponer su conformación; Que, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 del mencionado Reglamento, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (DICOPRO) tiene, entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de Universidades Públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa aplicable; Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobada por Resolución Viceministerial N° 088-2017-MINEDU, establece que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a dedicación exclusiva, tienen la calidad de funcionarios públicos de libre designación y remoción, y ejercen los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora; Que, el numeral 6.1.2 del Acápite VI Disposiciones Especí fi cas de la Norma Técnica antes citada, establece que la DICOPRO, es la encargada de la selección de los miembros de las Comisiones Organizadoras, cuyo procedimiento comprende las siguientes actividades: invitación a expresiones de interés, evaluación, selección y designación; Que, mediante la Ley N° 29649, modi fi cada por el Decreto de Urgencia N° 036-2019, se crea la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, como persona jurídica de derecho público interno, con sede en la ciudad de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto y constituye pliego presupuestal; Que, con Resolución Viceministerial N° 034-2020-MINEDU, se reconforma la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, quedando integrada de la siguiente manera: MILAGRO ROSARIO HENRIQUEZ SUAREZ como Presidenta, FELIPE ALBERTO HENRIQUEZ AYIN como Vicepresidente Académico y GLADYS BERNARDITA LEON MONTOYA como Vicepresidenta de Investigación; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 054-2020-MINEDU, se da por concluida la designación de la señora GLADYS BERNARDITA LEON MONTOYA, en el cargo de Vicepresidenta de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, y se designa en el citado cargo al señor CARLOS ALBERTO GRANDA WONG;Que, con Resolución Viceministerial N° 214-2020-MINEDU, se acepta la renuncia del señor CARLOS ALBERTO GRANDA WONG al cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, designándose en su reemplazo al señor HUGO ALFREDO HUAMANI YUPANQUI; Que, mediante Carta de fecha 15 de abril de 2021 el señor FELIPE ALBERTO HENRIQUEZ AYIN presenta su renuncia al cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas; Que, a través del O fi cio N° 00400-2021-MINEDU/ VMGP-DIGESU, la Dirección General de Educación Superior Universitaria remite el Informe N° 00079-2021-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, en virtud del cual la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, sustenta y propone: i) Aceptar la renuncia del señor FELIPE ALBERTO HENRIQUEZ AYIN al cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas; y, ii) Designar al señor MANUEL CASTREJON VALDEZ en el cargo de Vicepresidente Académico de la mencionada Comisión Organizadora; Que, mediante Informe N° 00530-2021-MINEDU/SG- OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente procedente la emisión de la Resolución Viceministerial conforme a lo sustentado por la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley N° 26510; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; la Ley N° 29649, modi fi cada por el Decreto de Urgencia N° 036-2019, que crea la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y la Resolución Viceministerial N° 088-2017-MINEDU que aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor FELIPE ALBERTO HENRIQUEZ AYIN al cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas. Artículo 2.- Designar al señor MANUEL CASTREJON VALDEZ en el cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas. Artículo 3.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario contados a partir de la vigencia de la presente resolución, los informes elaborados por el miembro saliente de la Comisión Organizadora, conforme a lo previsto en el numeral 6.1.8 de las Disposiciones Especí fi cas de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobada por Resolución Viceministerial N° 088-2017-MINEDU. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA TRONCOS Viceministra de Gestión Pedagógica 1948107-1