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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (04/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de agosto de 2021 El Peruano / • El/la Director/a de la Dirección de Aplicación Jurídico Procesal. • El/la Director/a de la Dirección de Valoración y Pericias. • El/la Director/a del Centro de Formación y Capacitación. • El/la Director/a de la O fi cina de Control Funcional. • El/la Jefe/a de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización. • El/la Jefe/a de la O fi cina de Administración. La Comisión Especial cumple las siguientes funciones:• Determina el plan de trabajo para la formulación del Plan de Implementación. • Veri fi ca en sesiones periódicas los avances del Equipo Técnico. • Valida el proyecto del Plan de Implementación para su posterior presentación ante el Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado. • Coordina con las instancias competentes las opiniones previas correspondientes para la aprobación fi nal del Plan de Implementación con posterioridad a la presentación al Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado. Artículo 2.- APROBAR la conformación del Equipo Técnico con la fi nalidad de asistir a la Comisión Especial en el proceso de formulación del “Plan de Implementación de la Procuraduría General del Estado”, que constituye un acto de administración interna. El mencionado Equipo Técnico entrará en funciones al día siguiente de la publicación de la presente resolución y se encuentra integrado por: • El/la representante de la Dirección de Información y Registro. • El/la representante de la Dirección Técnico Normativa. • El/la representante de la O fi cina de Administración. • El/la representante de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, quien asume la Coordinación del Equipo Técnico. El Equipo Técnico tiene las siguientes funciones:• Dirige el desarrollo de las acciones, así como la defi nición de productos, responsables, plazos y el fl ujo de la información, a través de un plan de trabajo. • Conduce los procesos a su cargo y coordina internamente con sus áreas respectivas. • Sistematiza los avances y los presenta periódicamente a la Comisión Especial, incorporando recomendaciones. • De fi ne la línea metodológica para la formulación del Plan de Implementación. • Desarrolla los aspectos referidos a la gestión de información del Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado. • Analiza y veri fi ca que su propuesta se encuentre debidamente enmarcada dentro de las disposiciones del Decreto Legislativo N° 1326 y su reglamento. El Equipo Técnico podrá convocar a sus sesiones y/o al desarrollo de sus actividades, a los representantes de los órganos y unidades orgánicas la Procuraduría General del Estado, y/o a representantes de otras entidades en caso sea necesario para el proceso de formulación del Plan de Implementación. Artículo 3.- La Coordinación General de la Comisión Especial La Coordinación General de la Comisión Especial se encuentra a cargo de la Gerencia General, quién dirige las acciones de coordinación y monitoreo sobre los integrantes de la Comisión Especial, para lo cual cuenta con el apoyo y asistencia de la Secretaría Técnica Funcional y la Secretaría Técnica Operativa. Artículo 4.- La Secretaría Técnica Funcional de la Comisión Especial La Secretaría Técnica Funcional de la Comisión Especial está a cargo del/la Director/a de la Dirección de Información y Registro, quién brinda asistencia técnica funcional a la referida Comisión para el adecuado cumplimiento de sus funciones. Artículo 5.- La Secretaría Técnica Operativa de la Comisión Especial La Secretaría Técnica Operativa de la Comisión Especial está a cargo del/la Jefe/a de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, quién brinda asistencia técnica operativa a la citada Comisión para el adecuado cumplimiento de sus funciones. Artículo 6.- Plazo para la formulación del Plan de Implementación El Presidente de la Comisión Especial o su representante, presentará ante el Consejo Directivo la versión fi nal del “Plan de Implementación de la Procuraduría General del Estado”, dentro de los ciento veinte (120) días calendarios posteriores a la emisión de la presente resolución. La Comisión Especial, previo acuerdo de sus integrantes y por única vez, puede disponer la ampliación del plazo para la formulación del Plan de Implementación. Artículo 7.- COMUNICAR la presente resolución a todos los órganos y unidades orgánicas de la Procuraduría General del Estado para su conocimiento y fi nes correspondientes. Artículo 8.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y en el portal institucional de la Procuraduría General del Estado (https://pge.minjus.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL SORIA LUJÁN Procurador General del Estado 1978428-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan juez supernumerario del 3° Juzgado especializado de Trabajo Permanente de Lima PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000261-2021-P-CSJLI-PJ Lima, 3 de agosto de 2021 VISTOS Y CONSIDERANDOS: El magistrado Mario Sergio Nacarino Pérez, Juez Titular del 3° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima, solicita hacer uso de sus vacaciones por el periodo del 03 al 17 de agosto del presente año. Estando a lo expuesto y a fi n de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del 3° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima, resulta necesario proceder a la designación del magistrado conforme corresponda, situación que originará la variación de la actual conformación de los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia. El Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un e fi ciente servicio de administración de justicia en bene fi cio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.