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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (13/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 59

59 NORMAS LEGALES Viernes 13 de agosto de 2021 El Peruano / POR TANTO: De conformidad con lo dispuesto por el numeral 3 del artículo 20º de la Ley 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, ordeno: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.WERNER CABRERA CAMPOS Alcalde 1981433-2 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2021 - Provincia Mariscal Nieto - Moquegua ORDENANZA MUNICIPAL Nº 016-2021-MPMN Moquegua, 30 de junio de 2021EL ALCALDE PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO”:VISTO, en “Sesión Ordinaria” de la fecha, el Dictamen Nº 001-2021-COSCSCDC-MPMN de Registro Nº 2115460 de fecha 24-06-2021, Informe Legal Nº 633-2021-GAJ/GM/MPMN de Registro Nº 2112432 de fecha 21-05-2021 sobre VALIDACION DEL “PLAN DE ACCION PROVINCIAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA PROVINCIA MARISCAL NIETO PARA EL AÑO 2021”, y; CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son los Órganos de Gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título preliminar de la Ley Nº 27972; Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27933, Ley de Seguridad Ciudadana, señala que los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular los planes, programas y directivas de seguridad ciudadana, así como ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñado por el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC), teniendo a su cargo también la supervisión y evaluación en su ejecución; Que, de acuerdo con el artículo 46º del Reglamento de la Ley Nº 27933, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, indica: “Los Planes de acción de seguridad ciudadana son los instrumentos de gestión que orientan el quehacer en materia de seguridad ciudadana en los ámbitos regional, provincial y distritales. Dichos instrumentos deben estar alineados al Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y a sus medidas sectoriales, y articulados con los instrumentos del SINAPLAN. Deben elaborarse bajo un enfoque descentralizado, de gestión por resultados, derechos humanos, intercultural y género”; Que, en el artículo 23º, literal a. del Reglamento de la Ley Nº 27933, modificado por el Decreto Supremo Nº 010-2019-IN, indica “(…) Proponer ante la Municipalidad Provincial la aprobación del Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana alineado al Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo los enfoques de gestión por resultados, intercultural y provincial, y articulado con los instrumentos del SINAPLAN. (…)”; Que, con fecha 21 de junio de 2019, mediante Decreto Supremo Nº 013-2019-IN, se aprueba el “Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023”, constituyéndose como el principal documento de gestión del Estado peruano para fortalecer la seguridad de la población frente al conjunto de delitos que se desarrollan en el territorio nacional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 2056-2019- IN, de fecha 20 de diciembre de 2019, se aprobaron diversas Directivas, entre las cuales, la Directiva Nº 010-2019-IN-DGSC tiene por objeto establecer disposiciones técnicas para que los Comités Provinciales de Seguridad Ciudadana (COPROSEC) diseñen, formulen, aprueben, implementen, realicen seguimiento y evalúen sus respectivos Planes de Acciones Provinciales de Seguridad Ciudadana; Que, mediante Acta de sesión ordinaria del Comité Provincial de seguridad Ciudadana, llevado a cabo el 12 de febrero de 2021 vía Google Meet, bajo la presidencia del Sr. Alcalde Abraham Alejandro Cárdenas Romero y con el quorum reglamentario de los señores integrantes, se valida por unanimidad la Propuesta del Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana; Que, mediante Informe Legal Nº633-2021-GAJ/GM/ MPMN, de fecha 21 de mayo del 2021, el Abog. José Freddy Zeballos Zeballos, Gerente de Asesoría Jurídica de la MPMN, opina que es procedente la aprobación del Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2021 de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto – Moquegua; POR CUANTO:El Concejo Provincial de Mariscal Nieto, en uso de las facultades concedidas por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú promulgada el 29-12-1993 y modi fi cada por Ley Nº 27680 de fecha 06-03-2002, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 de fecha 26-05-2003 y Ley Nº 8230 de fecha 03-04-1936, ha aprobado en “Sesión Ordinaria” de la fecha, se aprobó por UNANIMIDAD del Pleno del Concejo Municipal y con la Dispensa del trámite de Lectura y aprobación del acta; la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN PROVINCIAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2021 - PROVINCIA MARISCAL NIETO – MOQUEGUA Artículo 1º.- APROBAR; el PLAN DE ACCIÓN PROVINCIAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2021 - PROVINCIA MARISCAL NIETO - MOQUEGUA, que ha sido validado por el Comité Provincial de Seguridad Ciudadana y declarado apto para su implementación por la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana, según consta en el Acta de fecha 12-02-2021 y en el O fi cio Nº 04-2021/ST-CORESEC-GRM, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933 – “Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana” y demás normas aplicables de conformidad a las consideraciones expuestas en la presente Ordenanza. Artículo 2º.- PRECISAR; que el “Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2021”, de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto”, aprobado por el artículo precedente, forma parte de la presente Ordenanza como Anexo. Artículo 3º.- ENCARGAR; a la Gerencia Municipal y a la O fi cina de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto”, el cumplimiento de lo establecido en dicho “Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2021. Artículo 4º.- ENCARGAR; a la O fi cina de Seguridad Ciudadana la publicación del texto aprobatorio de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Estadísticas en coordinación con la O fi cina de Secretaria General la publicación del integro de este documento en el portal de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto: https://www.munimoquegua.gob.pe/. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.ABRAHAM ALEJANDRO CARDENAS ROMERO Alcalde 1981568-1