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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (13/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Viernes 13 de agosto de 2021 El Peruano / la actividad operativa “Realizar la elección de las juntas vecinal comunales 2021-2023”, se encuentra aprobado en el aplicativo CEPLAN V.01 a nivel de metas físicas; Que, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, mediante informe de visto, emite informe favorable respecto a la ejecución de esta importante actividad de los representantes de las Juntas Vecinales a nivel Distrital; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, mediante informe de visto, emite opinión favorable respecto a hacer efectiva la convocatoria a la Elección para renovar a los representantes del Consejo Directivo a las Juntas Vecinales del distrito de Comas; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 20º numeral 6 y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo 1º.- CONVOCAR a Asamblea Distrital, para la Elección del Comité Electoral Distrital que tendrá a su cargo el Proceso de Elecciones de Juntas Vecinales Comunales, para el día sábado 21 de agosto de 2021, a las 09:00am en primera convocatoria y a las 10.00am en segunda convocatoria. Asamblea que se realizará en las instalaciones del Auditorio Municipal, sito en la Plaza de Armas, Av. España s/n, Km. 11 de la Av. Túpac Amaru, del distrito de Comas, de la provincia y departamento de Lima. Podrán participar los vecinos cuyo Documento Nacional de Identidad, registren domicilio en el Distrito de Comas y se inscriban hasta tres días calendarios antes de la fecha de realización de la Asamblea, en la Subgerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad Distrital de Comas. Artículo 2º.- CONVOCAR a Elecciones de los integrantes de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de Comas, para el día domingo 03 de octubre de 2021, desde las 09:00 hasta las 16:00 horas. La relación de Centros de Votación será publicada con una anticipación no menor a diez (10) días calendario previos al proceso electoral por el Comité Electoral Distrital. La publicación se efectuará en el Portal Institucional, los locales de la Municipalidad Distrital y el frontis de los centros de votación. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, y a los órganos y/o unidades orgánicas competentes de la Municipalidad Distrital de Comas el cabal cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Secretaría General disponer su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”; a la Subgerencia de Informática y Gobierno Electrónico su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas (www.municomas.gob.pe) y a la Subgerencia de Comunicaciones su respectiva difusión. Regístrase, comuníquese, publíquese y cúmplase.RAUL DIAZ PEREZ Alcalde 1981530-1 Delegan en el Gerente Municipal la función y atribución de formalizar, mediante Resolución de Gerencia Municipal, las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Pliego Anual RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 122-2021-AL/MDC Comas, 23 de julio de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO: El Memorando Nº 433-2021-SG/MDC y el Memorando Nº 438-2021-SG/MDC de la Secretaría General; el Informe Nº 062-2021-SGPM-GPP/MDC, de la Subgerencia de Planeamiento y Modernización; el Informe Nº 160-2021-GPP/MDC de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto; el Informe Nº 275-2021-GAJ/MDC de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y el Memorando Nº 941-2021-GM/MDC de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 6º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que la alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 85.1 del artículo 85º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentran en otros órganos de la entidad, siguiendo los criterios establecidos en la presente Ley; asimismo, el numeral 85.2 del acotado artículo señala que los órganos de dirección de las entidades se encuentran liberados de cualquier rutina de ejecución, de emitir comunicaciones ordinarias y de las tareas de formalización de actos administrativos, con el objeto de que puedan concentrarse en actividades de planeamiento, supervisión, coordinación, control interno de su nivel y en la evaluación de resultados; Que, el numeral 47.2 del artículo 47º del Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que las modi fi caciones presupuestales en el nivel Funcional y Programático son aprobadas mediante resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, la actual Gestión Municipal se ha trazado objetivos, tales como, garantizar celeridad en los procedimientos administrativos, mejorar la atención en favor del administrado en general, la prestación de los servicios públicos cambiando la imagen de esta institución de Administración Pública, en consecuencia, resulta necesario la emisión de un nuevo instrumento legal respecto a la delegación de facultades resolutivas a favor de los órganos y/o unidades orgánicas la Municipalidad Distrital de Comas, a fi n que los procedimientos administrativos se adecuen a las nuevas disposiciones normativas, que se materialicen en un desempeño e fi caz y efi ciente; Que, la presente propuesta de delegación de facultades del despacho de Alcaldía, cuenta con los informes favorables de la Subgerencia de Planeamiento y Modernización, Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto y el informe legal favorable de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DELEGAR en el Gerente Municipal, la función y atribución de formalizar, mediante Resolución de Gerencia Municipal, las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Pliego Anual, conforme y sujeto a la normatividad de la materia. Artículo Segundo.- DISPONER que las acciones que realicen y los actos que se expidan en base a la delegación de funciones conferidas en la presente Resolución