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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (26/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 101

101 NORMAS LEGALES Jueves 26 de agosto de 2021 El Peruano / Artículo Quinto.- La Comisión para la igualdad de género deberá instalarse en un plazo no mayor de quince días (15) hábiles contados a partir de la publicación de la presente ordenanza, siendo su naturaleza de carácter permanente. Artículo Sexto.- DISPONER que en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente de su instalación, la Comisión para la igualdad de género elabore su respectivo Reglamento Interno, así como su Plan de Acción de Género, que deben ser aprobados por el/la Titular de la Entidad; Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo e Inclusión y Social velar por la correcta aplicación e implementación de lo dispuesto en la presente Ordenanza, bajo responsabilidad. Artículo Octavo.- ENCÁRGUESE a la Secretaria General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º del Reglamento de la Ley 29091, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, la publicación del texto de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, sin el anexo correspondiente, así como en el portal institucional de la Municipalidad de Santa Rosa (http://www.munisantarosa-lima.gob.pe/) y en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ALAN CARRASCO BOBADILLA Alcalde 1985140-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Designan responsable de atender los pedidos de información que se formulan al amparo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su reglamento RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 338-2021-MDS Surquillo, 16 de agosto de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: CONSIDERANDO:Que, la Municipalidad Distrital de Surquillo, es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, de acuerdo al numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú, es un derecho fundamental de toda persona solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. En ese sentido, la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en la Constitución Política del Perú; Que, según el artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, la entidad pública designará al funcionario responsable de entregar la información solicitada. Del mismo modo, el artículo 4º del Reglamento de la citada Ley, aprobado por el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, dispone que la designación del funcionario responsable de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial “El Peruano”; Que, de conformidad con la Resolución de Alcaldía Nº 102-2019-MDS de fecha 14 de marzo de 2019, se designó al señor Jhamil Randy Valle Cuba, Secretario General de la Municipalidad Distrital de Surquillo, como funcionario responsable de atender los pedidos de información que se formulan al amparo de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y su Reglamento. Posteriormente a ello, con Resolución de Alcaldía Nº 316-2021-MDS, se aceptó la renuncia del citado funcionario en el cargo de Secretario General de la entidad a partir del 15 de agosto de 2021; Que, mediante la Resolución de Alcaldía Nº 317-2021- MDS, se designó a partir del 16 de agosto de 2021, al señor José Luis Castillo Soto, en el cargo de Secretario General de la Municipalidad Distrital de Surquillo, en ese sentido, corresponde efectuar la designación al funcionario en mención como responsable de atender los pedidos de información que se formulan al amparo de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y su Reglamento; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 43º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR al señor JOSÉ LUIS CASTILLO SOTO, Secretario General de la Municipalidad Distrital de Surquillo como funcionario responsable de atender los pedidos de información que se formulan al amparo de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y su Reglamento, en atención a los fundamentos expuestos en la presente resolución. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía Nº 102-2019-MDS de fecha 14 de marzo de 2019. Artículo Tercero.- ENCARGAR a las áreas orgánicas de la Municipalidad Distrital de Surquillo, cumplan con remitir la información que se requiera, de conformidad a la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y su Reglamento, bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Surquillo (www.munisurquillo.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. GIANCARLO GUIDO CASASSA SÁNCHEZ Alcalde 1985656-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTO DOMINGO DE LOS OLLEROS Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Organigrama de la Municipalidad Distrital de Santo Domingo de los Olleros ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2021/CM-MDSDO Santo Domingo de los Olleros, 30 de junio de 2021EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTO DOMINGO DE LOS OLLEROS