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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (26/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 85

85 NORMAS LEGALES Jueves 26 de agosto de 2021 El Peruano / Que, por Decreto Supremo Nº 008-2019-MIMP se aprueba la Política Nacional de Igualdad de Género cuyo artículo 2 del ámbito de aplicación establece que es de aplicación inmediata para todas las entidades de la administración pública señaladas en la Artículo 1º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 2744, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019- JUS, en el marco de sus competencias; Que, la Política Nacional de Igualdad de Género estando en su objetivo prioritario Nº 4 dispone “Garantizar el ejercicio de los derechos económicos y sociales de las mujeres”, especí fi camente en el lineamiento 4.3 fortalecer la inserción laboral formal de las mujeres; Que, la Organización de las Naciones Unidas en su reconocimiento sobre la igualdad de género reconoce que es un derecho fundamental y propuso como uno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible “Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y niñas”, esto signi fi ca que es necesario facilitar mediante diversos mecanismos el acceso a los servicios de salud, trabajo digno, educación y participación en decisiones políticas y económicas a mujeres y niñas, para ello el colectivo o asociativismo de mujeres traen consigo: mujeres con sentido de control personal, con un pensamiento crítico y capacidad re fl exiva acerca de su contexto sociopolítico en el que se encuentran, otras ideas con respecto a la participación y organización de las estructuras sociales, el reconocimiento de la importancia de la búsqueda de apoyo social, comunitario e institucional; El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad , en uso de las facultades conferidas por los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; y; los artículos 23º, 61º y 63º del Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional Nº 005-2010-GRLL/CR y demás normas complementarias; con dispensa de la lectura y aprobación de Acta; el Pleno del Consejo Regional: HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- CREASE, La Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región La Libertad, como un mecanismo que impulsa la asociatividad de organizaciones de mujeres emprendedoras y empresarias, que tiene como propósito promover: • El empoderamiento y la autonomía económica de las mujeres. • La generación de servicios y herramientas de apoyo a la gestión de emprendimientos liderados por mujeres. • La articulación de dichos emprendimientos con servicios, programas y proyectos del estado vinculados al fomento y desarrollo empresarial. • El encadenamiento productivo y comercial en mercados nacionales e internacionales en coordinación con las entidades públicas y privadas competentes. Artículo Segundo.- La Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región La Libertad deberá ser integrada por mujeres emprendedoras y empresarias líderes de asociaciones empresariales y de emprendimiento de la Región La Libertad que sean designadas expresamente en cada una de las provincias de la Región, para tal efecto se deberán conformar Redes Provinciales de Mujeres Emprendedoras y Empresarias en cada una de las provincias de la Región, las cuales designarán a dos representantes para participar en la Red Regional, para tal efecto se establece un período de un año contados a partir de la aprobación de la presente Ordenanza como plazo para la conformación de las mencionadas redes, para tal efecto se encarga a la Gerencia Regional de la Producción, La realización de las acciones conducentes a dicha conformación, los avances sobre este encargo serán reportados trimestralmente al Consejo Regional de La Libertad. En el primer año la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región La Libertad estará representada por las mujeres líderes de asociaciones y gremios empresariales que fi rmaron el Acta Nº 001 Para luego dar paso a la organización descrita en el párrafo anterior. Artículo Tercero.- Son funciones de la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la región La Libertad: • Proponer la agenda anual de la Mesa Multiactor y realizar seguimiento a sus acciones. • Promover y difundir los derechos económicos de las mujeres, para su empoderamiento y autonomía económica, visibilizando su participación en el desarrollo económico Regional. • Congregar a las representantes de las Redes Provinciales de Emprendedoras y Empresarias de la Región La Libertad existentes y acreditadas. • Tener participación y representación activa en los espacios participativos de toma de decisiones a nivel regional. Artículo Cuarto.- CREASE, La Mesa Multiactor de la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región La Libertad, adscrita a la Gerencia Regional de la Producción del Gobierno Regional de La Libertad, como un espacio técnico responsable de: • Generar los instrumentos, programas, planes, proyectos y/o actividades necesarias que respondan a las necesidades planteadas por la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la región La Libertad. • Promoción, desarrollo y sostenibilidad de la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la región La Libertad. • Brindar soporte técnico para facilitar, servicios de capacitación y asistencia técnica para la gestión y desarrollo empresarial, fl ujo de información de la demanda de mercado y gestión de recursos fi nancieros para el apalancamiento de proyectos orientados al empoderamiento y autonomía económica de las mujeres emprendedoras y empresarias de la Región La Libertad. Artículo Quinto.- La Mesa Multiactor de la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región La Libertad estará conformada por: 1. El Consejero Regional Presidente de la Comisión Ordinaria de la Producción del Consejo Regional de La Libertad, quien presidirá la Mesa Multiactor. 2. El Gerente Regional de la Producción de La Libertad, quién será el Secretario Técnico. 3. El Gerente Regional de Desarrollo e Inclusión Social de La Libertad. 4. El Gerente Regional de Comercio Exterior y Turismo y Artesanía de La Libertad. 5. El Gerente Regional Agricultura de La Libertad.6. El Gerente Regional de Energía y Minas de La Libertad. 7. Dos Representantes de la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región La Libertad. 8. Otros representantes de instituciones públicas o privadas que la Mesa Multiactor considere su participación. Artículo Sexto.- Son funciones de la Mesa Multiactor: • Apoyar el crecimiento del empresariado liderado por mujeres ofreciendo herramientas y recursos destinados a consolidar la red de mujeres emprendedoras y empresarias, generando oportunidades de participación en mercados, regionales, nacionales e internacionales, declarando que la igualdad es buena para los negocios. • Impulsar y acompañar los procesos de creación, crecimiento y consolidación de emprendimientos económicos liderados por mujeres, ofertando conocimientos especializados para la gestión de sus empresas, mediante planes de negocio, registrar sus marcas, y gestionar recursos fi nancieros. • Favorecer a aquellas mujeres emprendedoras y empresarias que, por falta de orientación no acceden a nichos de mercados en procura de convertirse en líderes de su sector.