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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (26/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 86

86 NORMAS LEGALES Jueves 26 de agosto de 2021 El Peruano / • Promover y gestionar mejor acceso a mercados y redes que permiten potenciar las empresas lideradas por mujeres ofreciendo información sobre servicios fi nancieros y no fi nancieros. • Formular, en base a las recomendaciones de la Red de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región La Libertad un plan de acción para el funcionamiento, fortalecimiento y sostenibilidad de los emprendimientos y empresas liderados por mujeres de la Región la Libertad. • Promover la formalización de emprendimientos empresariales liderados por mujeres, en coordinación con las instancias públicas y privadas correspondientes. • Coordinar y concertar con otras instancias, servicios de capacitación, asistencia técnica, educación fi nanciera, acceso a servicios fi nancieros, acceso a nuevos nichos de mercado regional, nacional e internacional. • Crear e implementar un sistema de información de la oferta y demanda de productos, bienes y servicios en el mercado regional y nacional. • Elaborar un programa anual de capacitación para el desarrollo de emprendimientos económicos liderados por mujeres y gestión empresarial. • Elaborar un informe anual de cumplimiento el cual debe ser elevado al Consejo Regional de La Libertad el 19 de noviembre de cada año, con ocasión de conmemorarse el Día Internacional de la Mujer Emprendedora. • Otras funciones que se considere necesarias para el empoderamiento y autonomía económica de las mujeres. Artículo Séptimo.- Encargar a la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social y a la Gerencia Regional de la Producción, realizar las acciones siguientes: Facilitar los procedimientos y espacios para la designación de los miembros de la Red de Mujeres Emprendedoras y Empresarias, así como la conformación de la Mesa Multiactor. Realizar seguimiento a las acciones de la Red Regional de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región La Libertad. Llevar la Secretaria de Técnica de la Mesa Multiactor de la Red de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región La Libertad. Crear un registro de las Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región La Libertad, a fi n de recoger las demandas y necesidades de las mujeres emprendedoras y empresarias, así como fuente de información para la construcción del análisis de brechas de género en la región. Promocionar y potenciar la creación de redes de mujeres emprendedoras y empresarias a nivel provincial en el ámbito de la región. Garantizar, monitorear y evaluar, el cumplimiento del plan de acción de la Mesa Multiactor. Elaborar y facilitar, la formulación del reglamento interno de la Red de Mujeres Emprendedoras y Empresarias de la Región La Libertad, en un plazo de 30 días después de haberse aprobado la presente Ordenanza Regional. Implementar y cumplir la presente Ordenanza Regional. Artículo Octavo.- Encargar el Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para que a través de sus órganos competentes apliquen en forma obligatoria lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. Artículo Noveno.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y su difusión en el Portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los seis días del mes de julio del año dos mil veintiuno. EDWIN MARTÍN CASTELLANOS GARCÍA PresidenteConsejo Regional La LibertadAL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad el día de 4 de agosto del 2021 MANUEL FELIPE LLEMPÉN CORONEL Gobernador Regional Reg. Doc.: 06267389 Reg. Exp.: 04881324 1985153-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que sustituye la Ordenanza Nº 2085, que aprueba el Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la provincia de Lima ORDENANZA Nº 2386-2021 Lima, 19 de agosto de 2021EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del Artículo 9, así como en el Artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, mediante su Dictamen N° 063-2021-MML/CMAEO de fecha 30 de julio de 2021, respectivamente; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE SUSTITUYE LA ORDENANZA Nº 2085, QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE RATIFICACIÓN DE ORDENANZAS TRIBUTARIAS EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE LIMA CAPÍTULO I OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA NORMA Artículo 1. Objeto de la norma. La presente norma tiene por objeto establecer el procedimiento de rati fi cación de Ordenanzas Distritales que dispongan la creación, modi fi cación o que regulen tasas o contribuciones. Artículo 2. Ámbito de aplicación. La presente Ordenanza es de alcance metropolitano, siendo de aplicación obligatoria por parte de las Municipalidades Distritales de la Provincia de Lima. La rati fi cación por el Concejo Metropolitano de Lima, realizada conforme a las disposiciones contenidas en esta norma, constituye un requisito indispensable para la vigencia de las Ordenanzas en materia tributaria aprobadas por las Municipalidades Distritales. Artículo 3. De fi niciones y abreviaturas. Para efectos de la presente Ordenanza se consideran las siguientes de fi niciones: