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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (27/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 91

91 NORMAS LEGALES Viernes 27 de agosto de 2021 El Peruano / fecha 20.07.2021, Gerencia Municipal; Proveído N° 0429-2021-ALC/MPH-H de fecha 20.07.2021, despacho de Alcaldía; Carta N° 153-2021-GSG/MPH de fecha 21.07.2021 Gerencia de Secretaria General; Carta N° 014-2021-CALRCA/MPHH de fecha 17.08.2021, Comisión de Asuntos Legales, Registro Civil y Archivo; Acta de Reunión de fecha 05.07.2021; Acta de Reunión de fecha 12.07.2021; Acta de Reunión de fecha 30.06.2021; Acta de Reunión de fecha 05.08.2021; Carta N° 524-2021-GSG/MPH de fecha 18.08.2021; Carta N° 0017-2021-CALRCA-MPH de fecha 20.08.2021, Reg, Oscar Luis Mostacero García Mostacero, Comisión de Asuntos Legales, Registro Civil y Archivo; Dictámen N° 07-2021-CALRCA/MPH de fecha 20.08.2021; CONSIDERANDO:Ley N° 30305 – Ley de Reforma de los artículos 191°, 194° y 203° de la Constitución Política del Perú, establecen que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, atribuyendo al Concejo Municipal, entre otras, la función normativa; Que, los numerales 3) y 8) del artículo 9 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que, le corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; así como aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, respectivamente; lo cual resulta concordante con lo establecido en el artículo 40º de la misma norma, que señala: “que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que las municipalidades tienen competencia normativa (…); Que, de conformidad al numeral 8) del artículo 9 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, le corresponde al Concejo Municipal, “Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”; Que, la Ley N° 27658 - Ley de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, logrando una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión; Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, se aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, que regulan los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; y establece que el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), es un documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad; contiene las competencias y funciones generales de la Entidad, las funciones especí fi cas de sus unidades de organización; así como, sus relaciones de dependencia; Que, la Municipalidad Provincial de Huaura, ha propuesto la aprobación de su nuevo Reglamento de Organización y Funciones, con la fi nalidad de adecuar su organización y estructura orgánica al Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM - Lineamientos de Organización del Estado, y su modi fi catoria mediante Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, buscando con ello fortalecer los servicios públicos y el cumplimiento de sus funciones en el ámbito de sus competencias; Que, la Municipalidad la Municipalidad Provincial de Huaura, ha contemplado adecuar su organización y estructura orgánica conforme a la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 002-2020-PCM/SGP “Funciones Estandarizadas en el Marco de los Sistemas Administrativos”; Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 005-2020-PCM/SGP “Orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Manual de Operaciones (MOP)”; Resolución de Secretaria de Integridad Pública N° 001-2019-PCM/SIP “Lineamientos para la Implementación de la Función de Integridad en las Entidades de Administración Pública”; y Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG “Directiva de los Órganos de Control Institucional”; Que, mediante Informe N° 0488-2021-GPP/MPH de fecha 15.07.2021 Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, emite el Informe Técnico de la Propuesta del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), por el supuesto de modi fi cación parcial, de conformidad al artículo 46, inciso b) del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, el cual se elaboró previo a un diagnóstico situacional, con la fi nalidad de contar con la información y elementos de juicio su fi cientes para el diseño de una estructura orgánica que se ajuste a las reales necesidades de la organización municipal y a los cambios sustantivos que se han suscitado durante estos últimos años en la administración pública, el presente informe contiene la propuesta de la estructura orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF); Que, mediante Informe Legal N° 373-2021-GAJ/MPH de fecha 19.07.2021 la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite informe legal con relación a la validación de las funciones sustantivas asignadas a las unidades de organización de la municipalidad y no duplicidad de funciones, de la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), elaborada por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, por el supuesto de modi fi cación parcial, de conformidad al artículo 46, inciso b) del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, conforme a los argumentos efectuadas por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, acorde al citado cuerpo legal; Que, mediante informe técnico y legal de la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Huaura, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y de la Gerencia de Asesoría Jurídica; consideran viable la aprobación de la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Huaura; Que, en aplicación del numeral 8) del artículo 9º, artículos 39° y 40° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y sus modi fi catorias, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, por mayoría, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL NUEVO REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Articulo Primero.- APROBAR el Nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Huaura, el cual está compuesto de dos (02) secciones, nueve (IX) títulos, ciento cincuenta y uno (151) artículos, doce (12) disposiciones complementarias y fi nales y sus dos (02) anexos que forman parte de la presente Ordenanza Municipal. Articulo Segundo.- DEROGUESE la Ordenanza Municipal N° 006-2015/MPH, y las demás disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza Municipal. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, para que, a través de sus órganos competentes, proceda a implementar las acciones administrativas, a fi n de dar cumplimiento a la presente Ordenanza Municipal. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza Municipal y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Huaura, en el portal de la entidad.www.munihuacho.gob.pe, para su difusión. POR TANTORegístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HUGO ECHEGARAY VIRU Alcalde Provincial 1985942-1