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4 NORMAS LEGALES Domingo 29 de agosto de 2021 El Peruano / pertinente proseguir con el trámite correspondiente para dicha modi fi cación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el literal a. del numeral 6.9 de la “Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado Compromisos de Desempeño 2021”, aprobada por Resolución Ministerial N° 042-2021-MINEDU y modi fi cada por Resolución Ministerial N° 160-2021-MINEDU, conforme al Anexo Nº 1 que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Modi fi car el Anexo N° 2 “Fichas técnicas de los Compromisos de Desempeño 2021”, en lo concerniente a la fi cha técnica del Compromiso 4 “Distribución y asignación de material educativo” de la “Norma Técnica para la implementación del mecanismo denominado Compromisos de Desempeño 2021”, aprobada por Resolución Ministerial N° 042-2021-MINEDU y modi fi cada por Resolución Ministerial N° 160-2021-MINEDU, conforme al Anexo Nº 2 que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus Anexos, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN RAÚL CADILLO LEÓN Ministro de Educación 1986591-1 INTERIOR Designan Director de la Dirección de Canales de Atención y Denuncias de la Dirección General de Información para la Seguridad del Viceministerio de Seguridad Pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0690-2021-IN Lima, 27 de agosto de 2021CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo público de confi anza de Director de la Dirección de Canales de Atención y Denuncias de la Dirección General de Información para la Seguridad del Viceministerio de Seguridad Pública del Ministerio del Interior; Que, resulta necesario designar al profesional que asuma el mencionado cargo de con fi anza; Con el visado de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN;SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor JULIO CESAR MANCILLA CRESPO en el cargo público de con fi anza de Director de la Dirección de Canales de Atención y Denuncias de la Dirección General de Información para la Seguridad del Viceministerio de Seguridad Pública del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN MANUEL CARRASCO MILLONES Ministro del Interior 1986592-1 PRODUCE Modifican el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Oxapampa –CITEagroindustrial Oxapampa” INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 076-2021-ITP/DE Lima, 27 de agosto de 2021VISTOS:El Memorando Nº 2132-2021-ITP/OA de fecha 12 de abril de 2021 y el Memorando Nº 2399-2021-ITP/OA de fecha 22 de abril de 2021, emitidos por la Oficina de Administración; el Memorando Nº 0353-2021-ITP/OGRRHH de fecha 27 de abril de 2021 emitido por la Oficina de Gestión de Recursos Humanos; el Memorando Nº 0091-2021-ITP/DEDFO de fecha 08 de junio de 2021 y el Memorando Nº 0156-2021-ITP/DEDFO del 24 de agosto de 2021 emitidos por la Dirección de Estrategia y Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE; el Memorando Nº 1714-2021-ITP/OPPM de fecha 12 de mayo de 2021, el Memorando Nº 2117-2021-ITP/OPPM de fecha 09 de junio de 2021, el Memorando Nº 2148-2021-ITP/OPPM de fecha 11 de junio de 2021, el Memorando Nº 3121-2021-ITP/OPPM de fecha 23 de agosto de 2021 y Memorando Nº 3134-2021-ITP/OPPM de fecha 24 de agosto de 2021 emitidos por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe Nº 257-2021-ITP/OAJ de fecha 26 de agosto de 2021, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el artículo 2, los literales c) y d) del artículo 16 y el artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1451, el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) promueve el consumo de recursos hidrobiológicos, productos agroindustriales y otros productos industriales de competencia del sector producción; y, cuando fuera necesario, la comercialización y distribución de los mismos, contando entre sus recursos directamente recaudados los que se generen de estas actividades; Que, el numeral 44.2 del artículo 44 y el artículo 45 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, dispone que los ingresos propios provenientes del desarrollo de las actividades que realiza el ITP, así como de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica (CITE), constituyen tasas o tarifas, según correspondan, las cuales