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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (01/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de diciembre de 2021 El Peruano / respecto al reporte de problemas de calidad y avería, así como el envío de dichos reportes al OSIPTEL. Que, de conformidad con lo dispuesto en la Tercera Disposición Transitoria de la Resolución N° 00145-2021-CD/OSIPTEL, se dispuso encargar a la Gerencia General del OSIPTEL la aprobación del instructivo técnico para el envío de información al OSIPTEL sobre los reportes de calidad y avería, incluyendo los formatos de registro de reporte de problemas de calidad y avería por parte de las empresas operadoras, en el plazo máximo de tres (3) meses desde la publicación de la mencionada resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, el artículo 7 del Reglamento General del OSIPTEL, establece que toda decisión de este Organismo deberá adoptarse de tal manera que los criterios a utilizarse sean conocidos y predecibles por los administrados; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 00385-2021-GG/OSIPTEL de fecha 15 de octubre de 2021, se aprobó la publicación para comentarios del “Proyecto de Instructivo Técnico que establece el procedimiento para el intercambio de información entre las empresas operadoras y el OSIPTEL, respecto de los reportes realizados por los usuarios sobre problemas de calidad y avería de los servicios públicos de telecomunicaciones”, con la fi nalidad que los interesados remitan a este Organismo sus comentarios y sugerencias; Que, las empresas operadoras América Móvil Perú S.A.C. y Entel Perú S.A. presentaron sus comentarios al referido proyecto de instructivo técnico; Que, en cumplimento de las funciones y objetivos que corresponden al OSIPTEL conforme al marco legal antes reseñado, es pertinente aprobar el instructivo técnico para establecer el procedimiento de intercambio de información entre las empresas operadoras y el OSIPTEL, respecto de los reportes realizados por los usuarios sobre problemas de calidad y avería de los servicios públicos de telecomunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso p) del artículo 12 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 160-2020-PCM y la Tercera Disposición Transitoria de la Resolución de Consejo Directivo N° 145-2021-CD/OSIPTEL; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el Instructivo Técnico para establecer el procedimiento de intercambio de información entre las empresas operadoras y el OSIPTEL, respecto de los reportes realizados por los usuarios sobre problemas de calidad y avería de los servicios públicos de telecomunicaciones. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Asimismo, disponer que la presente Resolución, el Informe de VISTOS, la Matriz de Comentarios y el Instructivo Técnico al que se re fi ere el artículo precedente sean publicados en el Portal Electrónico del OSIPTEL (página web institucional: http://www.osiptel.gob.pe). Regístrese y publíquese.SERGIO ENRIQUE CIFUENTES CASTAÑEDA Gerente General 2016667-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO Aceptan renuncia de Asesora de la Presidencia del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO N° 00055-2021/CEPLAN/PCD Lima, 30 de noviembre de 2021CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088 se creó el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación de dicho sistema, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, a través de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00011-2019/CEPLAN/PCD de fecha 14 de marzo de 2019, se designó a la señora María Inés Sánchez Griñán Caballero, en el cargo de con fi anza de Asesor de la Presidencia del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; Que, la mencionada servidora ha formulado renuncia al cargo en el que fue designada, por lo que es necesario emitir el acto correspondiente; Con el visado del Director Ejecutivo, del Jefe de la O fi cina General de Administración y de la Jefa de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - Ceplan; y, De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1088 que aprueba la Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, y el literal v) del artículo 13° del Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, aprobado por Decreto Supremo N° 046-2009-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1° .- ACEPTAR a partir del 1 de diciembre de 2021, la renuncia formulada por la señora MARIA INES SANCHEZ GRIÑAN CABALLERO, al cargo de con fi anza de Asesora de la Presidencia del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución. Artículo 2° .- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a la señora María Inés Sánchez Griñán Caballero y a la O fi cina General de Administración para los fi nes correspondientes. Artículo 3°.- Disponer que la O fi cina General de Administración realice las gestiones para la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (www.gob.pe/ceplan). Regístrese, comuníquese y publíquese.GIOFIANNI DIGLIO PEIRANO TORRIANI Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN 2017172-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Índices de Precios al Consumidor a Nivel Nacional y de Lima Metropolitana, correspondiente al mes de noviembre 2021 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 278-2021-INEI Lima, 30 de noviembre de 2021CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 29438, modi fi ca el Art. 10º del Decreto Legislativo Nº 502, estableciendo que el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) publicará en el diario ofi cial “El Peruano” y difundirá por cualquier medio válido