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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (01/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de diciembre de 2021 El Peruano / psicológica a los candidatos, (iv) Deberá remitir el informe a la Gerencia General, con la veri fi cación de los asuntos antes indicados, el informe psicolaboral respectivo de ser el caso, y el proyecto de resolución correspondiente; Que, mediante documento del visto, el Departamento de Recursos Humanos, informa que efectuadas las evaluaciones -curricular y psicológica-, al Sr. Marcos Augusto Rodríguez Chú, informa que como resultado cumple con cada uno de los requisitos establecidos en el Clasi fi cador de Cargos para el cargo de Gerente Zonal; aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 132-2018-02.00; Que, de acuerdo a lo expuesto, y las facultades conferidas, resulta pertinente designar en el cargo de confi anza de Gerente Zonal Iquitos, del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción, al Sr. Marcos Augusto Rodríguez Chú, dando por concluido el encargo de dicho puesto conferido a la servidora Bernita del Rocío Pérez Rojas formalizado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 94-2021-02.00; de fecha 31 de agosto de 2021; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 147 – Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, y lo prescrito en el inciso c) y j) del artículo 33º de su Estatuto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 004-2006-VIVIENDA; Con los vistos de la Jefa (e) del Departamento de Recursos Humanos, de la Jefa (e) de la O fi cina de Secretaria General, del Asesor Legal y del Gerente General; SE RESUELVE:Artículo 1°.- DAR POR CONCLUIDO, el encargo conferido a la servidora Bernita del Rocío Pérez Rojas con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 94-2021-02.00; siendo su último día de labores el 30 de noviembre de 2021. Artículo 2º.- DESIGNAR, a partir del 01 de diciembre de 2021, al señor Marcos Augusto Rodríguez Chú, en el cargo de con fi anza de Gerente Zonal de Iquitos del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción, bajo el régimen laboral de la actividad privada regulado por el Decreto Legislativo N° 728. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Jefa (e) de la O fi cina de la Secretaria General la noti fi cación de la presente Resolución. Artículo 4°.- DISPONER al Asesor de Sistemas e Informática la publicación de la presente resolución en la página web de SENCICO. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN ANDRÉS BUSTAMANTE ENCINAS Presidente Ejecutivo 2017092-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Aprueban los costos administrativos y operativos del FISE de las Distribuidoras Eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas al mes de setiembre de 2021 RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE REGULACIÓN DE TARIFAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 090-2021-OS/GRT Lima, 30 de noviembre de 2021CONSIDERANDO: Que, con la Ley N° 29852 (en adelante la Ley) se creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), estableciendo en su Artículo 3 un esquema de compensación social y servicio universal para los sectores más vulnerables de la población, que comprende, entre otros, una compensación para promover el acceso al GLP de dicha población, mediante un descuento en la compra mensual de un balón de GLP de hasta 10 kg; Que, las distribuidoras eléctricas, de conformidad con los Artículos 7.3 y 7.6 de la Ley, así como el Artículo 16.2 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2012-EM, participan en la implementación del mecanismo de descuento; y los costos administrativos y operativos aprobados y establecidos por Osinergmin en que incurran dichas empresas deben ser reconocidos con cargo al FISE y reembolsados por el Administrador; Que, con Resolución Osinergmin N° 187-2014-OS/CD, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 24 de setiembre de 2014, se aprobó la Norma “Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las distribuidoras eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas” (en adelante la “Norma Costos FISE”), la misma que estableció la fi jación de costos estándares unitarios para el reconocimiento de los costos de implementación y operación del FISE; Que, mediante Resolución Osinergmin N° 012-2019- OS/GRT, se aprobaron los costos estándares unitarios de cada una de las zonas de atención FISE aplicables, a cada distribuidora eléctrica, a partir del 16 de mayo de 2019 hasta el 15 de mayo de 2021; y mediante la Resolución Osinergmin N° 029-2021-OS/GRT se aprobaron los costos estándares unitarios que son vigentes desde el 16 de mayo de 2021 hasta el 15 de mayo de 2023 o dentro de ese periodo, hasta que concluya el Encargo Especial asignado a las empresas estatales; según se trate de una empresa concesionaria privada o una empresa concesionaria de distribución de energía eléctrica del Estado, respectivamente; Que, considerando las fechas en que incurrieron en sus costos, las distribuidoras eléctricas Adinelsa, Chavimochic, Coelvisac, Eilhicha, Electro Dunas, Electro Oriente, Electro Pangoa, Electro Puno, Electro Sur Este, Electro Tocache, Electro Ucayali, Electrocentro, Electronoroeste, Electronorte, Electrosur, Emsemsa, Emseusac, Enel Distribución Perú, Esempat, Hidrandina, Luz del Sur, Seal y Sersa han remitido los Formatos FISE 12-A, 12-B, 12-C y 12-D según lo dispuesto en la Norma Costos FISE; Que, los formatos remitidos contienen información hasta el mes de setiembre de 2021 sobre los costos administrativos y operativos en los que han incurrido para implementar y operar el FISE; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 035-2019, publicado el 26 de diciembre de 2019, se prorrogó, hasta el 31 de enero de 2020 el encargo efectuado en la Única Disposición Transitoria de la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el FISE, concluyendo de esta forma y en aquella fecha, el encargo a Osinergmin de revisar las liquidaciones, aprobar el programa de transferencias y administrar el FISE; Que, en cumplimiento del citado Decreto de Urgencia N° 035-2019, con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo de Osinergmin N° 008-2020-OS/PRES, publicada el 1 de febrero de 2020, se aprobó la entrega de recursos del FISE al Ministerio de Energía y Minas en su condición de Administrador del referido fondo, toda vez que al 01 de febrero de 2020 correspondía asumir al referido Ministerio la administración del FISE; Que, en virtud de lo indicado en los considerandos precedentes, corresponde a Osinergmin como autoridad administrativa, aprobar los costos administrativos y operativos del FISE para el mes de setiembre de 2021, luego de la revisión efectuada, a fi n de que se proceda a transferir del Fondo los montos aprobados a favor de las distribuidoras eléctricas; Que, conforme al artículo 9 de la Ley 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos