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33 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de diciembre de 2021 El Peruano / SEGURO INTEGRAL DE SALUD Designan Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Seguro Integral de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 174-2021/SIS Lima, 7 de diciembre de 2021VISTOS: El Informe Nº 306-2021-SIS/OGAR-OGRH con Proveído Nº 801-2021-SIS/OGAR y el Informe Nº 130-2021-SIS/OGAJ-DE-EYAZ con Proveído Nº 576-2021-SIS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Jefatural Nº 137-2021/SIS se designa temporalmente a la servidora CAS Lourdes Natalia Marroquín Castilla en el cargo de Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Seguro Integral de Salud – SIS, a partir del 21 de septiembre de 2021; Que, a través del Memorando Nº 038-2021-SIS/J, el Jefe del SIS señala que ha visto por conveniente designar al Abogado Carlos Roberto Tengan Gusukama en el cargo de con fi anza de Director General de la O fi cina de Asesoría Jurídica del SIS; Que, atendiendo a lo expuesto, la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos con Informe Nº 306-2021-SIS/OGAR-OGRH, el mismo que es acogido por la O fi cina General de Administración de Recursos con Proveído Nº 801-2021-SIS/OGAR, concluye que “(...) resulta necesario dar por concluida la designación temporal de la servidora CAS Lourdes Natalia Marroquín Castilla en el cargo de Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, dándosele las gracias por los servicios prestados” ; asimismo, concluye que “(...) resulta viable designar dentro los alcances del Decreto Legislativo Nº 1057 al Abogado Carlos Roberto Tengan Gusukama en el cargo de con fi anza de Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Seguro Integral de Salud (...)”; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica con Informe Nº 130-2021-SIS/OGAJ-DE-EYAZ con Proveído Nº 576-2021-SIS/OGAJ señala que, en atención a lo informado por la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración de Recursos, lo solicitado se encuentra dentro del marco normativo aplicable, garantizando así la continuidad de la gestión administrativa; Con el visto de la Directora General de la O fi cina General de Administración de Recursos, de la Directora General (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA. SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación temporal de la servidora CAS LOURDES NATALIA MARROQUÍN CASTILLA en el cargo de Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, al Abogado CARLOS ROBERTO TENGAN GUSUKUMA en el cargo de confianza de Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Seguro Integral de Salud.Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución a los interesados y los Órganos del Seguro lntegral de Salud, para conocimiento y fi nes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.HÉCTOR MIGUEL GARAVITO FARRO Jefe del Seguro Integral de Salud 2019461-1 Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 175-2021/SIS Lima, 7 de diciembre de 2021VISTOS: El Memorando Nº 2661-2021-SIS/OGAR, Memorando Nº 2720-2021-SIS/OGAR, Memorando Nº 2806-2021-SIS/OGAR y Memorando Nº 2861-2021-SIS/OGAR de la O fi cina General de Administración de Recursos; el Informe Nº 030-2021-SIS/OGPPDO-OSJ con Proveído Nº 211-2021-SIS/OGPPDO y el Informe Nº 031-2021-SIS/OGPPDO-OSJ con Proveído Nº 223-2021-SIS/OGPPDO de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; el Informe Nº 131-2021-SIS/OGAJ-DE-EYAZ con Proveído Nº 578-2021-SIS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Seguro Integral de Salud – SIS, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA, indica: “el Seguro Integral de Salud es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, autonomía técnica, funcional, económica, fi nanciera y administrativa, y constituye un Pliego Presupuestal con independencia para ejercer sus funciones con arreglo a ley” ; Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley del Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, establece que “(...) Las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego (...) ”; Que, asimismo, a través del citado artículo 20 se establece que “Las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, (...) requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego (...) se publican el diario ofi cial El Peruano” ; Que, el numeral 7.2 de la Directiva Nº 012-2020-CG- GAD, Directiva de Gestión de Sociedades de Auditoria, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 303-2020-CG, modi fi cada por la Resolución de Contraloría Nº 118-2021-CG, señala que “El CPM se convoca después que las Entidades efectúan la transferencia fi nanciera a la CGR para la contratación de las SOA, conforme a lo establecido en la Ley Nº 27785 y al requerimiento