TEXTO PAGINA: 32
32 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de diciembre de 2021 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, establece que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; precisando que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, previo informe favorable de su o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, debiendo publicarse dicha resolución en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, con la Resolución de Contraloría Nº 237-2021- CG, la Contraloría General de la República aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica; así como, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, entre otros, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, mediante el O fi cio Nº 000665-2021-CG/GAD, el Gerente de Administración de la Contraloría General de la República solicita a la O fi cina de Administración de la Biblioteca Nacional del Perú, entre otros, realizar la transferencia fi nanciera por concepto de retribución económica (incluye IGV) de los periodos 2021 y 2022 para la contratación de la Sociedad de Auditoría (SOA) por el importe de S/ 72,499.00 por cada periodo, respectivamente; así como, el pago del 6% por concepto de designación de la SOA por los periodos 2021 y 2022, por el importe de S/ 7,372.00; precisando que la transferencia fi nanciera correspondiente al periodo 2021 se realice en un plazo de quince (15) días hábiles de recibida dicha comunicación. Asimismo, señala que excepcionalmente y dentro del mismo plazo otorgado, se podrá efectuar la transferencia del 50% de la retribución económica y por el otro 50% se deberá adjuntar una previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2022, cuya transferencia debe efectuarse a más tardar en febrero del año 2022; Que, con el Memorando Nº 000982-2021-BNP-GG- OPP y el Informe Nº 000203-2021-BNP-GG-OPP-EPIP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y su Equipo de Trabajo de Plani fi cación, Inversiones y Presupuesto, remiten la aprobación de las Certi fi caciones de Crédito Presupuestarios Nº 0000001612 por concepto de “primera transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General, destinada a la contratación de sociedad de auditoría para ejecutar la auditoría fi nanciera gubernamental de la BNP - ejercicio 2021” y Nº 0000001613 por concepto de “retribución económica y pago del 6% por concepto de designación de periodos a favor de la Contraloría General de la República - ejercicio 2021”, por los importes de S/ 36,249.50 y S/ 7,372.00, respectivamente; Que, a través de los documentos mencionados en el considerando anterior, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y su Equipo de Trabajo de Plani fi cación, Inversiones y Presupuesto adjuntan la Constancia de Previsión Presupuestal Nº 035-2021-BNP para el ejercicio fi scal 2022, por el importe de S/ 36,249.50; Que, a través del Memorando Nº 001625-2021-BNP- GG-OA, la O fi cina de Administración solicita se gestione la autorización para la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, precisando que la Biblioteca Nacional del Perú debe desembolsar el importe total de S/ 43,621.50, correspondiendo el importe de S/ 36,249.50, por el concepto del 50% de retribución económica (incluye IGV) del periodo 2021, y, el importe de S/ 7,372.00, por el concepto de derecho del 6% por designación de periodos 2021 y 2022; Que, mediante Informe Legal Nº 000278-2021-BNP- GG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica evaluó y señaló, entre otros aspecto, que la Jefa Institucional se encuentra facultada para emitir el acto resolutivo por medio del cual se autorice la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República; Con el visado de la Gerencia General, de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Resolución de Contraloría Nº 237- 2021-CG; el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2018-MC; y, demás normas pertinentes; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia fi nanciera Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 113: Biblioteca Nacional del Perú a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 36,249.50 (treinta y seis mil doscientos cuarenta y nueve y 50/100 soles), para fi nanciar el pago del cincuenta por ciento (50%) de la retribución económica (incluye IGV) por el periodo auditado 2021, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la Sociedad de Auditoría del periodo auditado 2021 de la Biblioteca Nacional del Perú, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución Jefatural; asimismo, el pago del seis por ciento (6%) por concepto de designación por el periodo auditado 2021 y 2022, que asciende al importe de S/ 7,372.00 (siete mil trescientos setenta y dos y 00/100 soles). Artículo 2. Financiamiento Los recursos de la transferencia financiera y el pago por concepto de designación a que hace referencia el artículo 1 se realiza con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001: Biblioteca Nacional del Perú del Pliego 113: Biblioteca Nacional del Perú, por la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, Genérica del Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, para lo cual la Oficina de Administración debe efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural. Artículo 3. Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera y el pago por derecho de designación a que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Monitoreo La O fi cina de Administración de la Biblioteca Nacional del Perú es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes para los cuales se realiza la presente transferencia fi nanciera y el pago del derecho de designación. Artículo 5.- Publicación Encargar a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.FABIOLA ISABEL VERGARA RODRÍGUEZ DE RODRÍGUEZ Jefa Institucional 2019629-1