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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (08/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de diciembre de 2021 El Peruano / ORGANISMOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje a Colombia y el pago por comisión de servicios a favor del Vicepresidente Académico de la Universidad Nacional Autónoma de Chota UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE CHOTA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 422-2021-UNACH 2 de diciembre de 2021VISTO:Carta Nº 0460- 2021-UNACH/PCO-DGA, de fecha 01 de diciembre de 2021; Informe Nº 0605-2021-UNACH/OPP, de fecha 02 de diciembre de 2021; Carta Nº 0461- 2021-UNACH/PCO-DGA, de fecha 02 de diciembre de 2021; Acuerdo de Sesión Ordinaria Virtual de Comisión Organizadora Número Veintitrés (23), de fecha 01 de diciembre de 2021; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, la universidad es la comunidad de profesores, alumnos y graduados. (...). Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes. Que, la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, el artículo 8º de la Ley establece que el Estado reconoce la autonomía universitaria, la cual se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley y demás normativa aplicable, y se mani fi esta en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, en el artículo IV del Título Preliminar establece que son principios del procedimiento administrativo, Principio de Legalidad. - Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que les estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los cuales les fueron conferidas. Lo que signi fi ca que la actuación de las autoridades de las entidades de la administración pública, como la Universidad Nacional Autónoma de Chota, deben enmarcar su accionar en lo estipulado en las facultades y funciones conferidas en la Constitución, la ley y las normas administrativas. Que, mediante Resolución Nº 024-2017-C.O./ UNACH, de fecha 10 de enero de 20217, se aprobó la Directiva Nº 002-2017-UNACH “Directiva de Pago de Viáticos, Asignaciones y Pasajes para viajes en comisión de servicios y por Capacitaciones Universidad Nacional Autónoma de Chota”. Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 419-2021-UNACH, de fecha 01 de diciembre de 2021, se aprobó el Convenio Especí fi co de Colaboración Académica entre la Universidad de San Buenaventura Medellín y la Universidad Nacional Autónoma de Chota. Que, en Sesión Ordinaria Virtual de Comisión Organizadora Número Veintitrés (23), de fecha 01 de diciembre de 2021, autoriza el viaje y el pago por comisión de servicios a favor del Dr. Indalecio Enrique Horna Zegarra – Vicepresidente Académico UNACH, con la fi nalidad de fi rmar convenio especí fi co de colaboración Académica con la Universidad de San Buenaventura (Medellín Colombia) y la Universidad Nacional Autónoma de Chota, en representación del Presidente de Comisión Organizadora UNACH.Que, mediante Carta Nº 0460- 2021-UNACH/PCO-DGA, de fecha 01 de diciembre de 2021, el Director de la Dirección General de Administración, solicita certi fi cación presupuestal, por comisión de servicios a la ciudad de San Buenaventura (Medellín Colombia), a favor del Dr. Indalecio Enrique Horna Zegarra – Vicepresidente Académico UNACH. Que, mediante Informe Nº 0605-2021-UNACH/OPP, de fecha 02 de diciembre de 2021, el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, emite certi fi cado de crédito presupuestario para cubrir los gastos en la comisión de servicios a la ciudad de San Buenaventura (Medellín Colombia), a favor del Dr. Indalecio Enrique Horna Zegarra – Vicepresidente Académico UNACH. Que, mediante Carta Nº 0461- 2021-UNACH/PCO- DGA, de fecha 02 de diciembre de 2021, el Director de la Dirección General de Administración, solicita aprobación de pasajes y viáticos, a favor del Dr. Indalecio Enrique Horna Zegarra – Vicepresidente Académico UNACH, por comisión de servicios a la ciudad de San Buenaventura (Medellín Colombia), con la fi nalidad de fi rmar convenio especí fi co de colaboración Académica con la Universidad de San Buenaventura (Medellín Colombia) y la Universidad Nacional Autónoma de Chota, en representación del Presidente de Comisión Organizadora UNACH. Que, de conformidad con el Artículo 59º de la Ley Universitaria Nº 30220 y el Artículo 21º del Estatuto de la Universidad Nacional Autónoma de Chota. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje y el pago por Comisión de Servicios a favor del Dr. Indalecio Enrique Horna Zegarra – Vicepresidente Académico UNACH, a la ciudad de San Buenaventura (Medellín Colombia), con la fi nalidad de fi rmar convenio especí fi co de colaboración Académica con la Universidad de San Buenaventura (Medellín Colombia) y la Universidad Nacional Autónoma de Chota, en representación del Presidente de Comisión Organizadora UNACH, desde el 03 al 13 diciembre de 2021, según cuadro que se detalla a continuación: LUGAR CLASIFICADORMONTO POR DÍADÍAS O VIAJESMONTO TOTAL PERÚ2.3.2 1.2 1 PASAJES Y GASTOS DE TRANSPORTE 1,051.73 1 1,051.73 2.3.2 1.2 2 VIATICOS Y ASIGNACIONES POR COMISION DE SERVICIO 380.00 4 1,520.00 EXTRAN- JERO2.3.2 1.1 1 PASAJES Y GASTOS DE TRANSPORTE 8,758.85 1 8,758.85 2.3.2 1.1 2 VIATICOS Y ASIGNACIONES POR COMISION DE SERVICIO 1,505.90 9 13,553.10 TOTAL 24,883.68 Artículo Segundo.- ENCARGAR a la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional, la publicación de la Resolución en el Diario “El Peruano”. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración disponer las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.SEBASTIÁN BUSTAMANTE EDQUÉN Presidente ARNULFO BUSTAMANTE MEJÍA Secretario General 2019446-1