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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (18/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Sábado 18 de diciembre de 2021 El Peruano / Ordenanza Nº 494-MDS.- Aprueban el Reglamento de Conformación del Consejo de Coordinación Local del distrito de Surquillo 125 Ordenanza Nº 495-MDS.- Modifican artículo quinto de la Ordenanza N° 492-MDS, Ordenanza que aprueba el Beneficio Tributario y No Tributario denominado “Amnistía General - Feliz Navidad Hermano Surquillano 2021” 127 Ordenanza Nº 496-MDS.- Establecen exoneración para contribuyentes pensionistas con respecto al pago de Arbitrios Municipales correspondientes al Ejercicio 2022 128 Ordenanza Nº 497-MDS.- Aprueban descuentos por pronto pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al Ejercicio 2022 129 Ordenanza Nº 498-MDS.- Aprueban fechas de vencimiento del Impuesto Predial correspondiente al Ejercicio 2022 y el monto mínimo del Impuesto Predial para el Año 2022 131 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Ordenanza Nº 453-MVES y ACUERDO Nº 438-MML.- Ordenanza que establece la vigencia de los importes de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines y Serenazgo del Año 2021 reajustados con el Índice de Precios al Consumidor - IPC, para el Ejercicio Fiscal 2022 (Separata Especial)SEPARATA ESPECIAL MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Ordenanza Nº 401-MDPP y Acuerdo Nº 432.- Ordenanza que establece el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio Fiscal 2022 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Ordenanza Nº 453-MVES y ACUERDO Nº 438-MML.- Ordenanza que establece la vigencia de los importes de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines y Serenazgo del Año 2021 reajustados con el Índice de Precios al Consumidor - IPC, para el Ejercicio Fiscal 2022 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de Sociedad de Auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio 2021 RESOLUCIÓN N° 007-2021-2022-P-CR Lima, 17 de diciembre de 2021Visto el Informe Nº 1291-2021-OPP-OM-CR de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, en el que se propone una transferencia fi nanciera con cargo al Presupuesto Institucional Año Fiscal 2021 del Pliego 028–Congreso de la República, dispuesta por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control. CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 31084, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; mediante Resolución N° 007-2020-2021-P-CR se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y de Egresos para el Año Fiscal 2021 del Pliego 028–Congreso de la República, por la suma de S/ 649’368,974.00 (SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) por toda fuente de fi nanciamiento, desagregado en S/ 649’252,012.00 (SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL DOCE Y 00/100 SOLES) por la fuente Recursos Ordinarios y S/ 116,962.00 (CIENTO DIECISÉIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES) por la fuente Recursos Directamente Recaudados; así como también la Estructura Programática y Estructura Funcional para el Año Fiscal 2021. Que, el Presupuesto Institucional aprobado, conforme con la resolución señalada en el considerando precedente, se modi fi có por la Resolución N° 010-2020-2021-P-CR, que aprobó el desagregado de una Transferencia de Partidas autorizada mediante Decreto Supremo N° 006-2021-EF, para el reajuste de pensiones, por la suma de S/ 219,960.00 (DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y por la Resolución N° 003-2021-2022-P-CR, que aprobó la incorporación de mayores ingresos públicos, por la suma de S/ 40,173.00 (CUARENTA MIL CIENTO SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias; con las que el Presupuesto Institucional Modi fi cado (PIM) asciende a S/ 649’629,107.00 (SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS VEINTINUEVE MIL CIENTO SIETE Y 00/100 SOLES) por toda fuente de fi nanciamiento, desagregado en S/ 649’471,972.00 (SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y DOS Y 00/100 SOLES) en la fuente Recursos Ordinarios, en S/ 116,962.00 (CIENTO DIECISÉIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES) en la fuente Recursos Directamente Recaudados y S/ 40,173.00 (CUARENTA MIL CIENTO SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) en la fuente Donaciones y Transferencias. Que, mediante el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, publicada el 28 de marzo de 2018 en el Diario O fi cial El Peruano, se establece que las Sociedades de Auditoría son contratadas por la Contraloría General de la República. Asimismo, se señala que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales quedan autorizadas para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las Sociedades de Auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Que, de acuerdo con lo dispuesto por la citada Ley, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del Pliego, la cual se publica en el Diario O fi cial El Peruano; requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. Que, por Resolución de Contraloría N° 237- 2021-CG, publicada el 4 de noviembre de 2021 en el Diario Oficial El Peruano, la Contraloría General