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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (22/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 81

81 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de diciembre de 2021 El Peruano / Que el numeral 19 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú reconoce a toda persona su derecho a la identidad étnica y cultural. El estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la nación. Ello implica el reconocimiento por parte del estado de que no puede aplicarse un solo enfoque o procedimientos legales o administrativos a todos los pueblos integrantes de la nación peruana, sino que, por el contrario, en razón de las distinciones culturales, y las que se determinan por otras situaciones como la geográfica, deberán implementarse procedimientos o mecanismos adecuados. Que el numeral primero del artículo 7º del convenio de la OIT Nº 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, establece que los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que este afecte sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual ya las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera y de controlar en la medida de lo posible su propio desarrollo económico, social y cultural, además dichos pueblos deberán participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes y programas de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles directamente. Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece competencias municipales exclusivas para la plani fi cación y promoción de desarrollo urbano y rural de su circunscripción y la ejecución de los planes correspondientes, normar la zoni fi cación, urbanismo acondicionamiento territorial y asentamiento humano, así como las competencias compartidas sobre temas relacionadas al ambiente, educación cultura, seguridad, preservación y conservación de los recursos naturales. Que el artículo 19º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establece que el ordenamiento y la zoni fi cación son medidas de gestión de los recursos naturales. Que el artículo 11º de la Ley Nº 26821, declara la importancia de la Zoni fi cación Ecológica Económica al ser un apoyo al Ordenamiento Territorial a fi n de evitar con fl ictos por superposición del títulos y usos inapropiados, y demás fi nes. Que, la Ordenanza Municipal Nº 012-2008-MPDM-A, establece el procedimiento autónomo de ordenamiento y Zoni fi cación Territorial para los pueblos indígenas de la Provincia del Datem del Marañón, y además reconoce la existencia de pueblos indígenas, así como su derecho de carácter ancestral sobre sus territorios titulados y aquellos que posesionan. Que, el artículo 11º del Decreto Supremo Nº 087- 2004-PCM establece que los Gobiernos Regionales y Locales son las entidades encargadas de la ejecución de la zoni fi cación ecológica económica dentro de sus respectivas jurisdicciones; Que, mediante el Informe Nº 064-2021-MPDM- DRNMASCPV-D-CASA, la dirección de Recursos Naturales y Medio Ambiente, Servicios a la Comunidad y Participación Vecinal-MPDM solicita aprobación en la próxima Sesión de Consejo la Guía Metodológica para la elaboración de la Zoni fi cación Territorial en la Provincia Datem del Marañón. Que, estando a lo dispuesto en los artículos 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, contando con VOTO MAYORITARIO de los señores regidores, el Concejo Municipal aprobó la siguiente ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA GUIA METODOLÓGICA DE LA ZONIFICACIÓN TERRITORIAL EN LA PROVINCIA DEL DATEM DEL MARAÑÓN Artículo Primero.- APROBAR la Guía Metodológica de la Zoni fi cación Territorial en la Provincia del Datem del Marañón. Artículo Segundo.- DEROGAR y/o dejar sin efecto todas las normas y/o disposiciones municipales en las partes que se opongan a la vigencia de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General e Imagen Institucional, la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el portal institucional de la Municipalidad Provincial de Datem del Marañón. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución a la parte interesada Regístrese, comuníquese y cúmplase.ADELINO RIVERA PÉREZ Alcalde 2023657-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MEGANTONI Aprueban actualización de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0011-2021-CM/MDM Megantoni, 29 de octubre del 2021.VISTO:La Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 019- 2021 de la Municipalidad Distrital de Megantoni, de fecha 29 de octubre del 2021; la Opinión Legal Nº 690-2021-MDM/OAJ-SGMS de fecha 06 de octubre del 2021, emitido por el Jefe de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 1041-2021-UP-GPP-MDM/LC de fecha 06 de octubre del 2021, emitido por el Jefe de la Unidad de Presupuesto; el Informe Nº 41-2021-UPPM/MDM/ELVV de fecha 01 de octubre del 2021, emitido por el especialista en Plani fi cación; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad al artículo 194º de la Constitución política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; así mismo, el artículo 195º de la Carta Magna del Estado y el artículo 9º inciso 3 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que las municipalidades son competentes para aprobar su organización interna, siendo el Concejo Municipal el órgano competente para pronunciarse sobre este tema; Que, de conformidad al Artículo IV de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales, representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su jurisdicción; así mismo, el artículo 26ºde la norma glosada prescribe que la administración municipal se basa en “principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control recurrente y posterior, rigiéndose por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, efi ciencia, e fi cacia, participación y seguridad ciudadana”; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara que el Estado Peruano se encuentra en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un estado democrático y descentralizado al servicio del ciudadano. Que, con Ordenanza Municipal Nº 006-2018-A/ MDM, de fecha marzo 2018, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Megantoni, y su Estructura Orgánica;