Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (24/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 128

128 NORMAS LEGALES Viernes 24 de diciembre de 2021 El Peruano / 10-11- 2021, por UNANIMIDAD del Pleno del Concejo Municipal y con la Dispensa del trámite de Lectura y aprobación del acta; la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO Artículo 1º.- APROBAR; la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Antonio, que como anexo forma parte de la presente Ordenanza, el mismo consta de Tres Títulos, Siete Capítulos, Ochenta y Tres (83) artículos, Una Disposición Transitoria; Cinco Disposiciones Complementarias y Una Disposición Final Artículo 2º.- FACULTAR; al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Antonio. Artículo 3º.- ENCARGAR; a todas las Unidades Orgánicas de la entidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, así como la toma de acciones correspondientes con arreglo a ley. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Secretaria General en coordinación con la O fi cina de Tecnología de la Información y Estadística la publicación de la presente Ordenanza en el portal web institucional de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto (https://www.munimoquegua.gob.pe/). Artículo 5º.- DERÓGASE; toda norma o disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo 6º.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ABRAHAM ALEJANDRO CARDENAS ROMERO Alcalde 2024224-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MATEO Ordenanza que establece la vigencia de los importes de los arbitrios municipales de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo aprobados en la Ordenanza N° 005-2020/CM-MDSM con el reajuste del Índice de Precios al Consumidor (IPC) para el ejercicio 2022 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2021/CM-MDSM EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MATEO DE LA PROVINCIA DE HUAROCHIRI VISTO: La Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 006-2021 de fecha 10 de diciembre del 2021, en la cual conforme al INFORME Nº 145-2021/ORAT-MDSM de la O fi cia de Rentas y Administración tributaria donde se solicita la aprobación de la ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE LA VIGENCIA DE LOS IMPORTES DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE RESIDUOS SOLIDOS PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO APROBADOS EN LA ORDENANZA Nº 005-2020/CM-MDSM CON EL REAJUSTE DEL INDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR (IPC)PARA EJERCICIO 2022. CONSIDERANDO:Que, conforme con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, según el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo a la atribución reconocida en el artículo 195º, numeral 4), de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales son competentes para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley. De igual modo, según el artículo 40º, segundo párrafo, de la Ley Nº 27972, mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; siendo así, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati fi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia; Que mediante Ordenanza Nº 005-2020-MDSM se aprobó el REGIEMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PUBLICA (BARRIDO DE CALLES Y VIAS PUBLICAS Y RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS), MANTENIMIENTO DE PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE SAN MATEO PARA EL EJERCICIO 2021. Que tal como lo señalan el Informe Nº 217 de la O fi cina de Medio Ambiente y Saneamiento, área prestadora y supervisora de los servicios de los servicios de recolección de residuos sólidos, barrido de calles, mantenimiento de parques y jardines y el informe de la O fi cina de Seguridad Ciudadana, los costos que fueron aprobados por la Ordenanza Nº 005-2020-MDSM, resultan adecuados para la atención de los servicios públicos para el periodo 2022. Que, en aplicación de lo dispuesto por el Artículo 69-B del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante DS. Nº 156-2004-EF, señala que las municipalidades distritales podrán solicitar la rati fi cación de la Ordenanza que actualice los Arbitrios Municipales del ejercicio precedente en función al IPC. Que, mediante Resolución Jefatural Nº 205-2021-INEI se aprobó el Índice de Precios al Consumidor a nivel nacional correspondiente al mes de agosto 2021 estableciendo la variación porcentual acumulada en 4,53%, por lo que corresponde ajustar a dicho porcentaje, los montos de las tasas para los Arbitrios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, las cuales serán de aplicación para el Ejercicio 2022; Mediante Informe Nº 144-2021/ORAT –MDSM de fecha 09/12/2021 la O fi cina de Rentas y Administración Tributaria solicita la opinión al Asesor Legal de esta municipalidad, con respecto al proyecto de Ordenanza Municipal que establece, La Vigencia de los Importes de los Arbitrios Municipales de Residuos Sólidos , Parques y Jardines y Serenazgo, aprobados en la Ordenanza Nº 005-2020/CM-MDSM con reajuste del índice de precios al consumidor (IPC) para el ejercicio 2022. Que mediante informe Nº 418-2021-ALE-MDSM el Área de Asesoría Legal de esta municipalidad expresa su conformidad a la Ordenanza que aprueba los montos de los arbitrios de barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines, Seguridad correspondiente al periodo 2022; Que, el artículo 400 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en su tercer párrafo establece que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia, procedimiento que para el caso es la Municipalidad Provincial de Huarochirí; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8 del artículo 9º y 40º de la Ley