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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (24/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 126

126 NORMAS LEGALES Viernes 24 de diciembre de 2021 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Municipalidad de San Borja ORDENANZA N° 672-2021 San Borja, 14 de diciembre de 2021 EL ALCALDE DE SAN BORJAPOR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTOS: En la XXIV-2021 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de diciembre de 2021, el Dictamen N° 058-2021-MSB-CAL de la Comisión de Asuntos Legales, el Dictamen Nº 056-2021-MSB-CER de la Comisión de Economía y Rentas y el Dictamen Nº 013-2021-MSB-CDH de la Comisión de Desarrollo Humano, proponiendo al pleno del Concejo la aprobación de la propuesta de Ordenanza que aprueba el Cuadro de Asignación de Personal Provisional de la Municipalidad Distrital de San Borja; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley N° 30305, establece que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que conforme al Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 29792, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal conforme a la competencia establecida en el numeral 8) del artículo 9° de la norma antes citada, aprobar, modi fi car o derogar ordenanzas; Que, el numeral 32) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Concejo Municipal tiene como atribución: “Aprobar el cuadro de asignación de Personal (…)”; Que, el artículo 6° de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, norma de aplicación trasversal a todo el sector público, dispone que para el acceso al empleo público es requisito indispensable que las plazas a ocupar se encuentren aprobadas en Cuadro para Asignación de Personal-CAP; Que mediante la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, se estableció en su Cuarta Disposición Complementaria Final que el Cuadro para Asignación de Personal - CAP y el Presupuesto Analítico de Personal – PAP serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE, cuya implementación progresiva será regulada por la directiva que emita SERVIR, como se dispone en la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000070-2021-SERVIR-PE de fecha 13.04.2021, se formaliza la aprobación de la “Directiva N° 003-2021-SERVIR-GDSRH – Elaboración del Cuadro de Puestos de la Entidad”, disponiéndose asimismo, en su artículo 2°, la derogación de la “Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH – Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE”, cuya aprobación fue formalizada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR/PE, con excepción del Anexo N° 04 – Sobre el CAP Provisional, de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH formalizada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERIVR-PE y modi fi catoria; Que, el numeral 1) del Anexo N° 04 – Sobre el CAP Provisional, de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, establece los supuestos que habilitan a aprobar el Cuadro de Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional; disponiendo en el subnumeral 1.3 del referido Anexo, el supuesto siguiente: “Las entidades que cuenten con un Cuadro para Asignación de Personal (CAP) vigente pueden elaborar una propuesta de CAP Provisional en el que considere un ajuste de hasta por un máximo del 5% del total de cargos aprobados por la entidad para el inicio del año fi scal. En caso la entidad cuente con un CAP Provisional, podrá ajustar el documento también hasta por un máximo del 5% del total de cargos allí contenidos, pero en ese caso se deben seguir los lineamiento establecidos en el numeral 5 del presente anexo. En ningún caso las acciones señaladas habilitan a la entidad a requerir o utilizar mayores recursos presupuestarios para tal efecto”; Que, con Informe N° 168-2021-MSB-GM-OCH de fecha 17 de noviembre de 2021, la O fi cina de Capital Humano señala que la Municipalidad de San Borja, mediante Ordenanza N° 662-MSB aprobó la creación del Órgano Desconcentrado – “Gerencia de Red Integrada de Salud” y la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Borja, aprobado con Ordenanza N° 621-MSB; por lo que, habiéndose modi fi cado la Estructura Orgánica de la Municipalidad de San Borja, resulta necesario realizar la modi fi cación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, conforme a lo dispuesto en el Anexo N° 04 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH; por lo que, recomienda se eleve la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional a la O fi cina de Plani fi cación Estratégica para la opinión técnica correspondiente; Que, mediante Informe N° 164-2021-MSB-GM- OPE de fecha 18 de noviembre de 2021, la O fi cina de Plani fi cación Estratégica, acogiendo el contenido del Informe N° 108-2021-MSB-GM-OPE-UPR de la Unidad de Planeamiento y Racionalización, emitió opinión técnica favorable al Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP-P de la Municipalidad; Que, mediante O fi cio N° 000671-2021-SERVIR-PE la Presidenta Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil remite el Informe Técnico N° 000205-2021-SERVIR-GDSRH, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional de Servicio Civil, en el que se emite opinión favorable a la propuesta del CAP-Provisional de la Municipalidad de San Borja, indicando que se enmarca en las situaciones contempladas en el Anexo N° 04 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH; asimismo, señala que la propuesta de CAP-P, se enmarca dentro de los límites porcentuales para el número de cargos de con fi anza, dispuesto en el Decreto Supremo N° 084-2016-PCM, proponiendo la creación de dos (02) cargos y el reordenamiento de cargos para dar cumplimiento a los mandatos judiciales, siendo la propuesta de CAP-P elaborada sobre la base de la Estructura Orgánica establecida en el Reglamento de Organización y Funciones y con los cargos contenidos en el Clasi fi cador de Cargos; Que, una vez recibida la opinión favorable del SERVIR sobre la propuesta de CAP-P de la Municipalidad de San Borja, se ha emitido opinión favorable por parte de la Ofi cina de Capital Humano y la Unidad de Planeamiento y Racionalización refrendada por la O fi cina de Plani fi cación Estratégica, a través del Informe N° 170-2021-MSB-GM-OCH del 26 de noviembre de 2021, Informe N° 114-2021-MSB-GM-OPE-UPR de fecha 30 de noviembre de 2021 y el Memorándum N° 1975-2021-MSB-GM-OPE del 30 de noviembre de 2021, respectivamente; por lo que, se continúa con el trámite para la aprobación del CAP-P de la Municipalidad; Que, con Informe N° 514-2021-MSB-OAJ de fecha 30 de noviembre de 2021, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina por la procedencia legal de aprobar la “Ordenanza que aprueba el Cuadro de Asignación de Personal Provisional de la Municipalidad Distrital de San Borja”, pues se cuenta con la opinión técnica favorable de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, a través del Informe Técnico N° 000205-2021-SERVIR-GDSRH; recomendando que los actuados administrativos sean remitidos a la Secretaría General a fi n de poner el asunto en conocimiento del Concejo Municipal para su aprobación correspondiente, en el marco de las atribuciones contenidas en el numeral 8) y 32) del artículo 9º concordante con el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;