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125 NORMAS LEGALES Viernes 24 de diciembre de 2021 El Peruano / CAPÍTULO II DE LA FISCALIZACIÓN Y RESPONSABILIDAD Artículo 16.- DE LA FISCALIZACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES DE LA PRESENTE ORDENANZA La Subgerencia de Fiscalización y Sanciones Administrativas, realizará las labores de fi scalización de los establecimientos comerciales, profesionales y de servicios con el fi n de veri fi car el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Ordenanza, debiendo imponer las sanciones a que hubiera lugar en el caso de incumplimiento. Artículo 17.- DE LA RESPONSABILIDAD El titular de la Licencia de Funcionamiento es responsable ante la Municipalidad de Pueblo Libre por las infracciones o el incumplimiento de las disposiciones de la presente Ordenanza. CAPÍTULO III DE LA REVOCATORIA Artículo 18.- REVOCATORIA DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Se les revocará las Licencias de Funcionamiento otorgadas a aquellos establecimientos comerciales, profesionales o de servicios que hayan sido sancionados con Clausura De fi nitiva por incumplimiento de los estándares de calidad o niveles operacionales regulados por la presente Ordenanza. El Alcalde, como la más alta autoridad de la entidad, es el competente para revocar las Licencias de Funcionamiento señaladas en el párrafo anterior, con los previos informes de la Subgerencia de Comercialización y Desarrollo Económico y de la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones Administrativas. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- DERÓGASE todas aquellas disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Segunda.- FACÚLTASE al Alcalde a establecer, mediante Decreto de Alcaldía, las disposiciones complementarias y/o reglamentarias que resulten necesarias para la aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Tercera.- ENCÁRGASE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente, a la Subgerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, a la Subgerencia de Comercialización y Desarrollo Económico y a la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones Administrativas, según corresponda conforme a sus competencias. Cuarta.- ENCÁRGASE a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, y, a la Gerencia de Tecnología de la Información la publicación de la misma en la Página Web de la Municipalidad. Quinta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.STEPHEN YURI HAAS DEL CARPIO Alcalde 2024339-1MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO Ordenanza que reduce la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a los tributos municipales administrativos y/o recaudados por la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 319-2021/MDSB San Bartolo, 6 de diciembre de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BARTOLO VISTO Y CONSIDERANDO: El Acuerdo de Concejo Nº 071-2021/MDSB y demás documentos que sustentan el presente, y; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; contando con el voto por UNANIMIDAD de los señores regidores se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE REDUCE LA TASA DE INTERÉS MORATORIO (TIM) APLICABLE A LOS TRIBUTOS MUNICIPALES ADMINISTRATIVOS Y/O RECAUDADOS POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BARTOLO Artículo Primero: FÍJESE en noventa centésimos por ciento (0,90%) mensual, la Tasa de Interés Moratorio aplicable a las deudas tributarias Administradas y/o Recaudadas por la Municipalidad Distrital de San Bartolo. Artículo Segundo: ESTABLECER que la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aprobada mediante la presente Ordenanza, se mantendrá vigente mientras la SUNAT no modi fi que la Tasa de interés Moratorio respecto a los tributos que administra en moneda nacional. Artículo Tercero: ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización Administrativa y Tributaria, Sub Gerencia de Recaudación, Registro y Fiscalización Tributaria, O fi cina de Ejecutoria Coactiva, Sub Gerencia de Fiscalización Administrativa, Gerencia de Administración y Finanzas, Sub Gerencia de Informática a las demás unidades orgánicas competentes el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Y FINALES Primera: FACÚLTESE al señor alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones que fueran necesarias para lograr la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Segunda: ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de informática la publicación integra del presente documento de gestión en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Bartolo: https://www.gob.pe/munisanbartolo. Tercera: DEROGAR la Ordenanza Nº 125-2011/ MDSB, a partir de la vigencia de la presente Ordenanza Municipal. Cuarta: La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, hasta su modi fi cación por norma similar. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.RUFINO ENCISO RIOS Alcalde 2024191-1