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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (30/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 212

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Jueves 30 de diciembre de 2021 El Peruano / Justicia y Derechos Humanos, a partir del 31 de diciembre de 2021 y mientras dure la ausencia del Titular. Artículo 3 . La presente Resolución no demanda gastos al Tesoro Público. Artículo 4. La presente Resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5. La presente Resolución es refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILÍN Presidenta del Consejo de Ministros 2026383-14 Crean el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado “Espacio de diálogo para atender las demandas planteadas por la Central Única Regional de Rondas Campesinas de La Libertad” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 315-2021-PCM Lima, 29 de diciembre de 2021VISTOS:El Memorando N° D000949-2021-PCM-DVGT del Viceministerio de Gobernanza Territorial; las Notas de Elevación N° D000293-2021-PCM-SGSD y N° D000300-2021-PCM-SGSD, y el Informe Nº D000031-2021-PCM-SGSD-GFM de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo; y, el Memorando Nº D001315-2021-PCM-OGPP y el Informe Nº D000002-2021-PCM-OGPP-MGC de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 44 de la Constitución Política del Perú, es deber primordial del Estado, promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación; Que, la institucionalización del diálogo y la concertación constituyen la Cuarta Política de Estado del Acuerdo Nacional; Que, el artículo 17 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo; coordina las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y la sociedad civil; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos especí fi cos; pueden ser sectoriales o multisectoriales y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio del cual depende; Que, el artículo 93 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM, establece que la Secretaría de Gestión Social y Diálogo del Viceministerio de Gobernanza Territorial, es responsable de conducir los procesos de diálogo, mediación, negociación, entre otros mecanismos, con los diversos actores sociales, representantes de instituciones privadas y funcionarios públicos para contribuir a la solución de con fl ictos sociales, con la fi nalidad de consolidar una cultura de paz, respeto a las obligaciones internacionales y nacionales en derechos humanos y demás valores para la sostenibilidad y la defensa del Estado de Derecho; Que, las organizaciones agrupadas en la Central Única Regional de Rondas Campesinas de La Libertad vienen solicitando la atención de una serie de demandas vinculadas a la problemática de contaminación y remediación de la cuenca del río Moche; así como, la culminación de obras viales, infraestructura hospitalaria, atención de la seguridad ciudadana rural, programas de agricultura, manejo de precios de los fertilizantes y lucha contra la corrupción; lo que ha generado que, desde el año 2018, se realicen constantes paros regionales, y restricciones de tránsito en la carretera Panamericana Norte y vías principales del departamento de La Libertad; Que, mediante Decreto Supremo N° 204-2020-PCM se declaró el Estado de Emergencia en los distritos de Quiruvilca de la provincia de Santiago de Chuco; Agallpampa, Salpo y Otuzco de la provincia de Otuzco; y, Poroto, Laredo, Trujillo, Huanchaco, Moche y Víctor Larco Herrera de la provincia de Trujillo, del departamento de La Libertad, por peligro inminente ante contaminación de aguas super fi ciales del río Moche; el mismo que fue prorrogado por Decreto Supremo N° 035-2021-PCM, Decreto Supremo N° 081-2021-PCM y Decreto Supremo N° 125-2021-PCM; Que, asimismo, a fi n de atender la problemática social antes descrita, se ha promovido el fortalecimiento del diálogo directo de los sectores involucrados, gobierno regional y las organizaciones de rondas campesinas a través de reuniones sostenidas el 27 de noviembre 2021, en la ciudad de Lima; y, el 01 de diciembre de 2021, en la ciudad de Trujillo, instalándose en esta última la Mesa Técnica de Trabajo entre el Poder Ejecutivo, dirigentes de la Central Única Regional de Rondas Campesinas de La Libertad y autoridades regionales, lo que consta en las actas respectivas; Que, bajo este contexto, la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros advierte la necesidad de fortalecer una estrategia para la adecuada gestión de la problemática planteada por la Central Única Regional de Rondas Campesinas de La Libertad, por lo que considera necesario e importante, conformar un Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal que busque promover el desarrollo territorial; para ello se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran; Con el visado del Viceministerio de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Creación de Grupo de Trabajo Créase el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado, “Espacio de diálogo para atender las demandas planteadas por la Central Única Regional de Rondas Campesinas de La Libertad”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros, en adelante Grupo de Trabajo, sobre la base de la Mesa Técnica de Trabajo entre el Poder Ejecutivo, dirigentes de la Central Única Regional de Rondas Campesinas de La Libertad y autoridades regionales. Artículo 2.- Objeto El Grupo de Trabajo tiene por objeto promover el desarrollo territorial de la cuenca del río Moche, del departamento de La Libertad, a partir de asegurar un adecuado proceso de diálogo con objetivos, acciones,