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26 NORMAS LEGALES Jueves 30 de diciembre de 2021 El Peruano / Titulares Técnico de Primera FAP JUAN JAIME FLORES VITORNSA: S- 13811891 DNI: 09910968Técnico de Segunda FAP LUIS QUILLAHUMAN GUTIERREZNSA: S- 60896800 DNI: 40675073Subo fi cial de Primera FAP PIERR FRANCISCO CORDOVA NSA: S- 61009608 DNI: 71197037 Alternos Técnico de Segunda FAP OMAR PÉREZ PILLACANSA: S- 15015296 DNI: 40422682Técnico de Tercera FAP WALTER CHAQQUERE FRANCO NSA: S- 60915601 DNI: 10868812Subo fi cial de Tercera FAP LISBETH ESPINOZA LLAMOZA NSA: S- 61180116 DNI: 72359571 Artículo 2.- La participación de las tripulaciones alternas quedan supeditadas a la imposibilidad de participación de las tripulaciones principales. Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente, de acuerdo a los siguientes conceptos: PERSONAL DEL COMANDO DE OPERACIONES (COMOP) Coordinador GeneralViáticos por despliegue y repliegue: US$ 370.00 x 8 días x 1 persona US$ 2,960.00 Total: US$ 2,960.00 PERSONAL DEL GRUPO AÉREO Nº 8 (GRUP8) Vuelo de despliegue - Avión Hércules L-100-20 FAP: Viáticos: US$ 370.00 x 4 días x 10 personas US$ 14,800.00Vuelo de repliegue - Avión Hércules L-100-20 FAP: Viáticos: US$ 370.00 x 4 días x 10 personas US$ 14,800.00 Total: US$ 29,600.00 PERSONAL DEL GRUPO AÉREO Nº 3 (GRUP3) Armado del helicóptero BELL-212 Viáticos:US$ 370.00 x 4 días x 3 personas US$ 4,440.00Desarmado del helicóptero BELL-212Viáticos:US$ 370.00 x 4 días x 3 personas US$ 4,440.00 Total: US$ 8,880.00 Total General Viáticos: US$ 41,440.00 PERSONAL DE LA DIRECCIÓN DE METEOROLOGÍA AERONÁUTICA (DIRMA) Coronel FAP CUEVA ARÉVALO CESAR AUGUSTO Compensación extraordinaria por servicio en el extranjeroUS$ 6,416.28 / 31 x 2 días x 1 persona x 20% US$ 82.79US$ 6,416.28 x 1 mes x 1 persona x 20% US$ 1,283.26 US$ 6,416.28 / 28 x 6 días x 1 persona x 20% US$ 274.98 Total: US$ 1,641.03 Capitán FAP VILLA TOVAL JORGE Compensación extraordinaria por servicio en el extranjeroUS$ 5,346.90 / 31 x 2 días x 1 persona x 20% US$ 68.99US$ 5,346.90 x 1 mes x 1 persona x 20% US$ 1,069.38 US$ 5,346.90 / 28 x 6 días x 1 persona x 20% US$ 229.15 Total: US$ 1,367.52 Técnico Supervisor FAP OLIVARES ORTIZ GONZALO Compensación extraordinaria por servicio en el extranjeroUS$ 5,091.13 / 31 x 2 días x 1 persona x 20% US$ 65.69US$ 5,091.13 x 1 mes x 1 persona x 20% US$ 1,018.23US$ 5,091.13 / 28 x 6 días x 1 persona x 20% US$ 218.20 Total: US$ 1,302.12 Total CESE DIRMA: US$ 4,310.67 PERSONAL DEL GRUPO AÉREO Nº 3 (GRUP3) Mayor FAP CALDERÓN ALVA KEMTH HONAM Mayor FAP DE LA TORRE DÍAZ CARLOS DAVIDCompensación extraordinaria por servicio en el extranjeroUS$ 6,416.28 / 31 x 2 días x 2 personas x 20% US$ 165.58US$ 6,416.28 x 1 mes x 2 personas x 20% US$ 2,566.51US$ 6,416.28 / 28 x 6 días x 2 personas x 20% US$ 549.96 Total: US$ 3,282.05 Capitán FAP DAVALOS CASTILLO FRANCISCO Compensación extraordinaria por servicio en el extranjeroUS$ 5,346.90 / 31 x 2 días x 1 persona x 20% US$ 68.99US$ 5,346.90 x 1 mes x 1 persona x 20% US$ 1,069.38 US$ 5,346.90 / 28 x 6 días x 1 persona x 20% US$ 229.15 Total: US$ 1,367.52 Técnico de Primera FAP QUISPE SANTA CRUZ ANÍBAL EDIESON Técnico de Tercera FAP ARAMBURU PRADO JUANTécnico de Tercera FAP VALENZUELA CHAVARRIA WILBERTCompensación extraordinaria por servicio en el extranjeroUS$ 5,091.13 / 31 x 2 días x 3 personas x 20% US$ 197.08US$ 5,091.13 x 1 mes x 3 personas x 20% US$ 3,054.68US$ 5,091.13 / 28 x 6 días x 3 personas x 20% US$ 654.59 Total: US$ 3,906.35 Total CESE GRUP3: US$ 8,555.92 Total General CESE: US$ 12,866.59 Artículo 4.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 5.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Comisión de Servicio, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa – Fuerza Aérea del Perú del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 6.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 7.- El personal designado comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo, efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria. Artículo 8.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN MANUEL CARRASCO MILLONES Ministro de Defensa 2026266-1 Autorizan viaje a personal del Ejército del Perú, para que participen en la Vigésima octava Expedición Científica del Perú a la Antártida – “ ANTAR XXVIII” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1165-2021-DE Lima, 29 diciembre de 2021 VISTOS: El O fi cio Nº 251 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el O fi cio N° 02066-2021-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01487-2021-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 014– 2014-RE que aprueba la Política Nacional Antártica,