Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (30/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 212

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Jueves 30 de diciembre de 2021 El Peruano / establece que el Ministerio de Defensa tendrá a su cargo la Administración Logística y Mantenimiento de toda estación cientí fi ca o instalación que el Perú tenga o pueda tener en la Antártida; Que, asimismo, la participación del Perú en las Campañas Antárticas es responsabilidad del Ejército del Perú, a través de la Compañía de Operaciones Antárticas, realizando labores de Operación y Mantenimiento de la Estación Cientí fi ca Antártica “Machu Picchu”; por lo que es labor principal del Ejército el soporte de dichas campañas en cumplimiento a los objetivos estratégicos nacionales y la política nacional; Que, mediante Hoja de Recomendación Nº 109/ COADNE/Z-7/23.01, la Comandancia General del Ejército aprobó la designación del personal técnico, administrativo y de control para asegurar la participación de la Compañía de Operaciones Antárticas en la Vigésima octava Expedición Cientí fi ca del Perú a la Antártida – “ANTAR XXVIII”, a realizarse en el verano austral 2021-2022, en el periodo comprendido del 30 de diciembre de 2021 al 17 de marzo de 2022; Que, por medio del Informe Técnico Nº 030/COADNE, el Comandante General del Comando de Apoyo al Desarrollo Nacional del Ejército hace de conocimiento que, la Expedición Cientí fi ca del Perú a la Antártida “ANTAR- XXVIII” se desarrollará en dos fases; fase Continental y fase Antártica; la fase Continental se desarrollará en el continente sudamericano, en las ciudades de Punta Arenas (Chile), Ushuaia (Argentina) y Valparaíso (Chile), comprendido en dos etapas: etapa 1, concentración de personal, material y equipo y embarque, el cual se realizará en el periodo comprendido del 10 al 13 de enero de 2022; etapa 2 desembarque y desconcentración de medios, el cual se realizará desde el 24 al 26 de febrero de 2022 en Ushuaia (Argentina), desde el 28 de febrero al 2 de marzo de 2022 en Punta Arenas (Chile) y desde el 9 de marzo al 11 de marzo de 2022 en Valparaíso (Chile), y la fase Antártica se desarrollará en la Antártida, especí fi camente en la Isla Rey Jorge, lugar donde se ubica la Estación Cientí fi ca “Machu Picchu” (ECAMP), en el periodo comprendido desde el 17 de enero de 2022 al el 20 de febrero de 2022; Que, a través del Informe Técnico antes señalado, el Comandante General del Comando de Apoyo al Desarrollo Nacional del Ejército señala que el personal militar y civil recibirá hospedaje y alimentación durante su estadía en la Región Antártida, por lo que, de conformidad con lo establecido en el párrafo c) del artículo 3 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por compensación extraordinaria por servicios en caso de misión de estudios, comisión de servicio y tratamiento médico altamente especializado con fi nanciamiento parcial, corresponde se le otorgue el pago del veinte por ciento (20%) de la compensación extraordinaria por servicio en el extranjero; Que, con O fi cio 251 SCGE/N-04, la Secretaría de la Comandancia General del Ejército solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, al personal de O fi ciales, Técnicos, Sub O fi ciales y Empleados Civiles, para que participen en la Vigésima octava Expedición Cientí fi ca del Perú a la Antártida – “ANTAR XXVIII”, del 30 de diciembre de 2021 al 17 de marzo de 2022, periodo que comprende la estadía en la ciudad de Punta Arenas – República de Chile, y la Estación Cientí fi ca Antártica “Machu Picchu” (ECAMP), ubicada en la Isla Rey Jorge; y, en el periodo de retorno, comprende la ciudad de Ushuaia – República de Argentina , ciudad de Punta Arenas – República de Chile, ciudad de Valparaíso - República de Chile, y de la Comisión Logística del Comando de Apoyo al Desarrollo Nacional del Ejército, del 9 al 14 de enero de 2022, periodo que comprende la estadía en la ciudad de Punta Arenas - República de Chile; Que, la Exposición de Motivos, anexada al O fi cio N° 251 SCGE/N-04, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, de personal militar y civil, para que participen en la Vigésima octava Expedición Cientí fi ca del Perú a la Antártida – “ANTAR XXVIII”, por cuanto, la ejecución de operaciones antárticas, trabajos de mantenimiento, reparación y operatividad de la Estación Cientí fi ca del Perú a la Antártida (ANTAR XXVIII), permitirá que las instalaciones de la Estación Cientí fi ca Antártica “Machu Picchu” se encuentre en óptimas condiciones de operatividad, lo cual facilita que el personal de investigadores cientí fi cos logre desarrollar sus actividades de investigación y monitoreo del medio ambiente antártico. Que, a través del Dictamen Legal Nº 3035-2021/ OAJE, la Jefatura de la O fi cina de Asuntos Jurídicos del Ejército opina que es viable autorizar el viaje al exterior del personal militar y civil, en comisión de servicio, para que participen en la Vigésima octava Expedición Cientí fi ca del Perú a la Antártida – “ANTAR XXVIII”, por encontrarse enmarcado en la normativa sobre la materia; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos, suscrita por el Comandante General del Comando de Apoyo al Desarrollo Nacional del Ejército, se detallan los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales de ida y vuelta, viáticos, el veinte por ciento (20%) de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero; y, asignación especial por estadía en puerto extranjero que se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 12 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG; Que, asimismo, conforme a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 0000005242 y Nº 0000005246, emitidas por el Jefe de la O fi cina de Presupuesto del Ejército, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje. Adicionalmente, mediante el O fi cio Nº 4690/OPRE/Y/7/b, se indica que el viaje de expedición cientí fi ca “ANTAR XXIII” cuenta con una asignación presupuestal para el pago de compensación extraordinaria del personal militar comisionado para el Año Fiscal 2022; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, a través del O fi cio N° 02066-2021-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 351-2021-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 01487-2021-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior del personal de O fi ciales, Técnicos, Sub O fi ciales y Empleados Civiles, en comisión de servicio, para que participen en la Vigésima octava Expedición Cientí fi ca del Perú a la Antártida – “ANTAR XXVIII”, conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Comandancia General del Ejército del Perú; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo N° 414-