TEXTO PAGINA: 85
85 NORMAS LEGALES Jueves 30 de diciembre de 2021 El Peruano / VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2022 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, consistenciado con el Presupuesto Institucional de Apertura 2022 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 402-2021-VIVIENDA Lima, 29 de diciembre de 2021 VISTOS: La Nota N° 009-2021-VIVIENDA-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP), el Informe N° 332-2021-VIVIENDA-OGPP-OPM de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización; y, CONSIDERANDO: Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como funciones generales de los Ministerios, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, el numeral 1 del artículo 25 de la citada Ley dispone que corresponde a los Ministros de Estado, la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN) y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el numeral 12 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que la Programación Multianual consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fi scales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el marco del SINAPLAN; Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN-PCD y sus modi fi catorias, se aprueba la “Guía para el Planeamiento Institucional”, que tiene como objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y del Plan Operativo Institucional (POI), en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; Que, la citada “Guía para el Planeamiento Institucional” señala que el POI es un instrumento de gestión que orienta la necesidad de recursos para implementar la identi fi cación de la estrategia institucional y contiene la programación de metas físicas y fi nancieras de las actividades operativas de los órganos, unidades orgánicas y unidades ejecutoras, a ser ejecutadas en un período anual; asimismo, indica que la entidad elabora y aprueba su POI Multianual con la fi nalidad de orientar la asignación de recursos al logro de las metas prioritarias por un período no menor de tres (3) años, para ello toma en cuenta la situación económica y fi scal del país, descrita en el Marco Macroeconómico Multianual y la estructura presupuestal del año vigente; para dicho fi n, la entidad utiliza el aplicativo CEPLAN V.01 para registrar y aprobar el POI Multianual, y consistenciar el POI Anual con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), considerando la estructura funcional y programática del Sistema Integrado de Administración Financiera;Que, mediante Resolución Ministerial N° 395-2021-VIVIENDA, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, constituida por la Resolución Ministerial N° 484-2017-VIVIENDA, ha validado la propuesta del documento POI 2022 consistenciado con el PIA del Año Fiscal 2022; conforme se aprecia en el “Acta de validación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2022 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, consistenciado con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2022”, de fecha 28 de diciembre de 2021; Que, de acuerdo a los literales b) y g) del artículo 38 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, la OGPP tiene como funciones, normar y conducir la formulación, seguimiento y evaluación del POI; y, proponer a la Alta Dirección la aprobación de los planes del Ministerio en el marco de la normatividad vigente; Que, mediante Nota N° 009-2021-VIVIENDA/OGPP, la OGPP remite el Informe N° 332-2021-VIVIENDA-OGPP-OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización, a través del cual se sustenta y propone la aprobación del POI Anual 2022, destacando que el mismo cuenta con la validación de la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y, la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN-PCD y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2022 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, consistenciado con el Presupuesto Institucional de Apertura 2022, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que el cumplimiento de la programación de metas físicas y fi nancieras consideradas en el POI Anual 2022 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado en el artículo precedente es responsabilidad de los órganos, unidades orgánicas y unidades ejecutoras del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 3.- La O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto realiza el seguimiento y evaluación de la implementación del POI Anual 2022 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en la misma fecha de publicación de la Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GEINER ALVARADO LOPEZ Ministro de Vivienda,Construcción y Saneamiento 2026223-1