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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (30/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 212

TEXTO PAGINA: 95

95 NORMAS LEGALES Jueves 30 de diciembre de 2021 El Peruano / CENTRAL DE COMPRAS PUBLICAS Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, para financiar la retribución económica de la sociedad de auditoría que realizará la auditoría financiera gubernamental de los periodos 2020 y 2021 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 240-2021-PERÚ COMPRAS Lima, 28 de diciembre de 2021VISTO: El Informe N° 000042-2021-PERÚ COMPRAS- OA del 21 de diciembre de 2021, emitido por la O fi cina de Administración; el Informe N° 000144-2021-PERÚ COMPRAS-OPP del 23 de diciembre de 2021, emitido por la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 000442-2021-PERÚ COMPRAS-OAJ del 24 de diciembre de 2021, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1018 se crea el Organismo Público Ejecutor denominado Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que tiene personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, con Resolución Jefatural Nº 153-2020-PERÚ COMPRAS, de fecha 28 de diciembre de 2020, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 096: Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República, modi fi cada por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las Entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República; Que, asimismo dicho artículo establece que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego, en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad; precisando que la resolución se publicará en el diario o fi cial El Peruano; Que, el numeral 7.2 de la Directiva N° 012-2020-CG/ GAD, denominada “Gestión de Sociedades de Auditoría”, aprobada con Resolución de Contraloría N° 303- 2020-CG y modi fi catorias, establece que: “(…) El CPM [Concurso Público de Méritos] se convoca después que las Entidades efectúan la transferencia fi nanciera a la CGR para la contratación de las SOA, conforme a lo establecido en la Ley N° 27785 y al requerimiento efectuado por la GAD según lo dispuesto en el Tarifario y por el periodo de designación establecido en el Cronograma Anual de los CPM, y su incorporación al presupuesto de la CGR” ; Que, mediante la Resolución de Contraloría Nº 237- 2021-CG, se aprobó el Tarifario que establece el monto por retribución económica, el Impuesto General a las Ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, entre otros, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, con O fi cio Nº 000717-2021-CG/GAD, la Contraloría General de la República solicita a PERÚ COMPRAS, entre otros aspectos, efectúe una transferencia fi nanciera a su favor, por concepto de retribución económica (incluido IGV) por los periodos 2020, 2021 y 2022, a fi n de realizar el concurso público de méritos, conforme lo dispuesto en el numeral 7.2 de la Directiva N° 012-2020-CG/GAD; Que, con Informe N° 000144-2021-PERÚ COMPRAS, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable para efectuar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, por el importe de hasta S/ 89 869,00 (Ochenta y nueve mil ochocientos sesenta y nueve y 00/100 Soles), correspondiente al 50% de la retribución económica por los periodos 2020 y 2021, para la contratación de la sociedad de auditoría; Que, mediante Informe N° 000442-2021-PERÚ COMPRAS-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que, es legalmente viable se emita la Resolución Jefatural que autorice la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República; Con el visto bueno de la Gerencia General, la Ofi cina de Administración, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República, modi fi cada por la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Decreto Legislativo N° 1018; Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Resolución de Contraloría Nº 237- 2021-CG; y, en uso de las facultades conferidas por el artículo 8 y el literal y) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo N° 052-2019-EF; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021 del Pliego 096: Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, hasta por la suma de S/ 89 869,00 (Ochenta y nueve mil ochocientos sesenta y nueve y 00/100 Soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, para fi nanciar el 50% de la retribución económica de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar la auditoría fi nanciera gubernamental de los periodos 2020 y 2021. Artículo Segundo.- La Transferencia Financiera autorizada por el artículo precedente se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021 del Pliego 096: Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, en la Fuente de Financiamiento: 2 Recursos Directamente Recaudados, Unidad Ejecutora 1650, Categoría Presupuestal 9001 Acciones Centrales, Producto 3999999 Sin Producto, Actividad 5000003 Gestión Administrativa, Meta: 0010, Especí fi ca de Gasto 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, por la suma de S/ 89 869,00 (Ochenta y nueve mil ochocientos sesenta y nueve y 00/100 Soles). Artículo Tercero.- Los recursos de la Transferencia Financiera, autorizada por el artículo primero de la presente resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y, encargar a la O fi cina de Tecnologías de la Información realice su publicación en el Portal Institucional (www.gob.pe/perucompras) y la intranet institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO MASUMURA TANAKA Jefe de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS 2025846-1