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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (31/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 416

TEXTO PAGINA: 379

379 NORMAS LEGALES Viernes 31 de diciembre de 2021 El Peruano / Artículo 2°.- PRECISAR que el Plano de Uso de Suelos – Zoni fi cación (Z-01), Plano Propuesta de Zoni fi cación (Z-02), Plano de Planeamiento Integral (PI- 1), Plano Propuesta Arquitectónica (PA-1), fi rmado por el Ingeniero Civil Sra. Isabel Cristina Obregón Anticona, con Registro C.I.P. N° 165808, forman parte de la zoni fi cación aprobada en el Artículo 1° de la presente Ordenanza. Artículo 3°.- DISPONER que la Municipalidad Provincial de Cañete, incorpore el Plano de Propuesta de Planeamiento Integral y Asignación de Zoni fi cación al Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de San Vicente de Cañete, aprobada en el Artículo 1°, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Artículo 4°.- _PRECISAR que el Planeamiento Integral (PI) tiene un horizonte de largo plazo a diez (10) años; sin embargo, la vigencia del PI concluye cuando se aprueba el PI o el PDU o el EU que lo actualiza, de conformidad con lo previsto por el Artículo 62° del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible aprobado por Decreto Supremo N° 022-2016-VIVIENDA. Artículo 5°.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, así como, noti fi car a las áreas correspondientes, para su conocimiento y fi nes pertinentes; además, a la Sub Gerencia de Racionalización, Estadística e Informática de la Municipalidad Provincial de Cañete, para la publicación de la misma en el portal de la entidad: www.municanete.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase.SEGUNDO CONSTANTINO DIAZ DE LA CRUZ Alcalde Provincial 2026337-1 Ordenanza que establece el derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores de la Declaración Jurada y Liquidación del Impuesto Vehicular, Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2022, del distrito de San Vicente de Cañete, Provincia de Cañete, Región Lima ORDENANZA MUNICIPAL N° 20-2021-MPC Cañete, 23 de diciembre de 2021EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal, de fecha 21 de diciembre de 2021, Informe N° 354-2021-GAT/MPC, de fecha 14 de diciembre de 2021, Gerencia de Administración Tributaria, Informe Legal N° 705-2021-GAJ-MPC, de fecha 17 de diciembre de 2021, Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en los Artículos 74°, 194° y 195° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con los Artículos 9° y 40° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, otorgándole potestad para administrar sus bienes y rentas; establece además, que mediante Ordenanza se crean, modi fi can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley; Que, el Art. 195° numeral 4 de nuestra Carta Magna, concordante con el Art. 40° de la acotada Ley Orgánica de Municipalidades y con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, señala que los Gobiernos Locales mediante ordenanzas son competentes entre otros para crear, modi fi car y suprimir o exonerar contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, derechos municipales, conforme a ley; Que, el Artículo 9° numeral 8) de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que, de las atribuciones del concejo municipal es el aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas; asimismo, el Art. 39° de la Ley citada, establece que: “Los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos. Los asuntos administrativos concernientes a su organización interna, los resuelven a través de resoluciones de concejo”; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado Decreto Supremo N° 156-2004-EF, establece en su Artículo 14° que los contribuyentes se encuentran obligados a presentar declaración jurada anualmente y en el último día hábil de mes de febrero, con la salvedad que la entidad municipal considere su prórroga; empero, el literal c) segundo párrafo del mismo cuerpo normativo, prescribe: “La actualización de los valores de predios por las Municipalidades, sustituye la obligación contemplada por el inciso a) del presente artículo, y se entenderá como válida en caso que el contribuyente no la objete dentro del plazo establecido para el pago al contado del impuesto”; Que, la Cuarta Disposición Final del mismo instrumento legal referido en el párrafo anterior, señala: “Las Municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no más del 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorización sustituye la obligación de presentación de declaraciones juradas”; Que, mediante Informe N° 1564-2021-SGRORT-GAT/ MPC, de fecha 14 de diciembre de 2021, la Sub Gerencia de Registro, Orientación y Recaudación Tributaria, remite adjunto el proyecto de Ordenanza Municipal que Establece el Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores de la Declaración Jurada y Liquidación del Impuesto Vehicular, Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio 2022 de la Municipalidad Provincial de Cañete y del Informe Técnico Financiero, dando la conformidad técnica respectiva; Que, con Informe N° 354-2021-GAT/MPC, de fecha 14 de diciembre de 2021, la Gerencia de Administración Tributaria, deriva el proyecto de Ordenanza Municipal que Establece el Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores de la Declaración Jurada y Liquidación del Impuesto Vehicular, Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio 2022 de la Municipalidad Provincial de Cañete y del Informe Técnico Financiero, y actuados a la Gerencia Municipal, para el trámite correspondiente, el mismo que fue derivado a la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Proveído N° 1495-2021-GM-MPC, para el pronunciamiento legal respectivo; Que, mediante Informe Legal Nª 705-2021-GAJ-MPC, de fecha 17 de diciembre de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Cañete, emite pronunciamiento legal concluyendo que: “3.1. Que, (…) resulta procedente elevar al pleno del concejo municipal, el proyecto de Ordenanza que establece el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores de la declaración jurada y liquidación del impuesto vehicular, impuesto predial y arbitrios municipales del ejercicio 2022 del distrito de San Vicente de Cañete, para que, de acuerdo a sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27972, delibere y determine su aprobación en dicha instancia”; Que, el Regidor Provincial de la Municipalidad Provincial de Cañete Sr. Miguel Florencio Yaya Lizano, solicitó en el acto la dispensa del Dictamen correspondiente, como integrante de la Comisión de Plani fi cación, Economía y Administración Municipal; Que, por los fundamentos fácticos y de derecho, y al amparo de lo dispuesto en el numeral 5) y 8) del Artículo 9° y el Artículo 40° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y contando con el voto UNÁNIME del Pleno de Concejo y con la dispensa y aprobación de la lectura del acta, se aprobó la siguiente Ordenanza;