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371 NORMAS LEGALES Viernes 31 de diciembre de 2021 El Peruano / JUS, se señala que en el caso de los gobiernos locales, la aprobación del TUPA y sus modi fi caciones que incluyan nuevos procedimientos y nuevos derechos de trámite, se aprueban por ordenanza municipal, la cual deberá publicarse en el diario o fi cial El Peruano, publicándose obligatoriamente el TUPA o la norma que lo modi fi ca y adicionalmente debe difundirse en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano denominada Sistema Único de Trámites (SUT) y en el respectivo Portal Institucional de la entidad; Que, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP se aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), los cuales son de aplicación a todas las entidades de la Administración Pública, para efectos de su elaboración, aprobación y publicación; Que, el numeral 53.1 del artículo 53º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que procede establecer derechos de tramitación en los procedimientos administrativos, cuando su tramitación implique para la entidad la prestación de un servicio especí fi co e individualizable a favor del administrado, o en función del costo derivado de las actividades dirigidas a analizar lo solicitado; salvo en los caso en que existan tributos destinados a fi nanciar directamente las actividades de la entidad. Dicho costo incluye los gastos de operación y mantenimiento de la infraestructura asociada a cada procedimiento; asimismo, se precisa en el numeral 53.2 que, son condiciones para la procedencia de este cobro que los derechos de tramitación hayan sido aprobados conforme al marco legal vigente y que estén consignados en su vigente Texto Único de Procedimientos Administrativos; asimismo en el numeral 53.5 La entidad está obligada a reducir los derechos de tramitación en los procedimientos administrativos si, como producto de su tramitación, se hubieren generado excedentes económicos en el ejercido anterior; Que, mediante Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM se aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas, en cumplimiento del numeral 53.6 del artículo 53º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 744-CMPC, del 17 de diciembre del 2020, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (en adelante TUPA 2020) y la Subvención de Costos de la Municipalidad Provincial de Cajamarca. Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 002-2021-MPC/G.M., del 14 de enero del 2021, se conformó el Equipo de Trabajo del Sistema Único de Trámites (SUT) de la Municipalidad Provincial de Cajamarca y se aprobó el Plan de Trabajo para la adecuación del TUPA 2020 al Formato SUT mediante la publicación del Expediente de Carga Inicial, el qué se completó el 29 de Enero del 2021; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 002-2021-A-MPC, del 14 de junio del 2021, se aprobó la primera modi fi cación y actualización del TUPA 2020, mediante la incorporación de los procedimientos administrativos estandarizados de Licencias de Funcionamiento y de Licencia Provisional de Funcionamiento para Bodegas en atención al Decreto Supremo Nº 200-2020-PCM, del 19 de diciembre del 2020; y la incorporación de procedimientos administrativos y un servicio prestado en exclusividad estandarizado de Inspecciones Técnicas de Seguridad de Edi fi caciones en atención al Decreto Supremo Nº 043-2021-PCM, del 12 de marzo del 2021; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 004-2021-A-MPC, del 09 de agosto del 2021, se aprobó la segunda modi fi cación y actualización del TUPA 2020, mediante la simpli fi cación de procedimientos administrativos adscritos a la Gerencia de Vialidad y Transporte relacionados a la eliminación de requisitos de certi fi cados médicos y psicológicos en diversos procedimientos y las precisiones acerca de los tipos de descargo (ordinario y automático) en el procedimiento de Liberación de Vehículo Internado en el Depósito O fi cial Vehicular y las implicancias del uso de grúa en caso se requiera este servicio; Que, los requisitos, plazos y tasas de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad vigentes, a incorporar y/o modi fi car mediante la presente Ordenanza se han constituido conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, que aprueba la Metodología de Simpli fi cación Administrativa y establece disposiciones para su implementación, para la mejora de los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad, todo ello, con el fi n de dar celeridad y agilidad a los procedimientos administrativos y de esta manera brindar mejores servicios a los ciudadanos; Que, en atención a la conformación del Equipo SUT y la Publicación del Expediente de Carga Inicial, la Unidad de Modernización de la Gestión Institucional, adscrita a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en sus funciones de Administrador SUT, estableció los lineamientos para preparar esta plataforma para cualquier eventual modi fi cación y rati fi cación a este documento –ya sea por incorporación, eliminación, simpli fi cación o actualización de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad– los que se gestionan mediante la carga de Expedientes Regulares. Dentro de estos lineamientos solicitó a las diferentes unidades de organización de la entidad vinculadas al TUPA 2020 la información de los nuevos componentes de este tipo de Expediente, entre ellos el Sustento Técnico Legal mediante Informe Múltiple Nº 02-UMGI-OGPP-MPC/Expediente 16790-2021, del 02 de marzo del 2021, y en el que a través de respuestas diversas de las unidades de organización se recibieron además las propuestas y componentes de los siguientes cuatro nuevos procedimientos: NºCódigo MPCDENOMINACIÓNGSP 1 32 2 4 CONSTANCIA DE POSESIÓN PARA FACTIBILIDAD DE SERVICIOS BÁSICOS 2 41 1 3AUTORIZACIÓN EVENTUAL PARA PRESTAR SERVICIO DE TRANSPORTE ESPECIAL DE TURISMO 3 727 CONSTANCIA DE PUESTOS DE VENTA SALUDABLE EN CENTROS DE ABASTOS 4 728 CERTIFICACIÓN SANITARIA DE PANADERÍAS Y PASTELERÍAS Que, mediante Expediente Nº 57343, se dio trámite a O fi cio Nº 0470-2021/INDECOPI-SRB, del 09 de agosto del 2021, en el que la entidad fi scalizadora invita a la Municipalidad Provincial de Cajamarca a acogerse al Programa de Eliminación Voluntaria de Barreras Burocráticas, a través de la revisión de diversos requisitos en el TUPA 2020, que tienen el potencial de ser eliminados por representar presuntas barreras burocráticas. La Unidad de Modernización de la Gestión Institucional procedió a coordinar con las unidades de organización vinculadas el análisis y cambios respectivos en el TUPA 2020 para su acogimiento efectivo a este programa a través de Informe Nº 057-2021-UMGI-OGPP-MPC, y de cuyas respuestas se deriva la necesidad de una nueva modi fi cación de este documento de gestión, al contener simpli fi caciones administrativas a través de la eliminación y modi fi cación de requisitos que hagan faciliten y hagan más accesibles para los administrados la obtención de las diferentes resoluciones, certifi caciones, autorizaciones, licencias, información y otros servicios contenidos en el TUPA de la entidad;