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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2021 (23/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Sábado 23 de enero de 2021 / El Peruano que se encuentre ubicado en predio de propiedad pública o privada; y su ámbito tiene la condición de intangible, inalienable e imprescriptible; es decir, la ley permite la coexistencia del derecho de propiedad de un particular y/o del Estado en el ámbito del bien inmueble de carácter prehispánico; Que, mediante el Informe N° 000641-2020-DSFL/ MC, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, en uso de las facultades previstas en los numerales 62.7, 62.8 y 62.9 del artículo 62 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, recomienda declarar patrimonio cultural de la Nación y aprobar el expediente técnico de delimitación ( fi cha técnica, memoria descriptiva y plano perimétrico N° PP-159-MC_DGPA/DSFL-2016 WGS84) del Sitio Arqueológico Casa del Inca, ubicado en el distrito Madre de Dios, provincia de Manu, departamento de Madre de Dios; Que, a través de los Informes N° 000054-2016- MDR/DSFL/DGPA/VMPCIC/MC y N° D000011-2019-DSFL-NPP/MC, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, determinó que el ámbito del Sitio Arqueológico Casa del Inca se encuentra comprendido en su totalidad dentro del predio inscrito en la Partida N° 11138254, inscrito a favor del Estado representado por el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas – SERNANP, conforme a lo consignado en el Certi fi cado de Búsqueda Catastral Publicidad N° 3479783 emitido por la O fi cina Registral de Madre de Dios y complementado con el diagnóstico técnico elaborado por dicha Dirección; Que, en razón a ello, mediante el O fi cio N° 000854- 2020-DSFL/MC de fecha 22 de octubre de 2020, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, notifi có al Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas – SERNANP respecto del procedimiento de declaratoria como patrimonio cultural de la Nación y aprobación del expediente técnico del Sitio Arqueológico Casa del Inca; Que, mediante el O fi cio Nº 1774-2020-SERNANP- DGANP de fecha 10 de noviembre de 2020, el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas – SERNANP manifestó haber veri fi cado que el Sitio Arqueológico Casa del Inca se encuentra en la Reserva Comunal Amarakaeri y de acuerdo a su zoni fi cación, es parte de la Zona Histórico Cultural, formando parte del objetivo cultural del Plan Maestro de la citada Reserva Comunal; Que, con el Memorando N° 000412-2020-DGPI/MC, la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas, sustentado en los Informes N° 000162-2020-DCP/MC y N° 000018-2020-DCP-DJR/MC, ambos de la Dirección de Consulta Previa, informó que no se ha identi fi cado pueblos indígenas u originarios en el ámbito del Sitio Arqueológico Casa del Inca, en el marco de lo dispuesto por la Resolución Ministerial N° 365-2017-MC; Que, mediante Informe N° 000427-2020-DGPA/MC, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, en uso de las facultades previstas por el numeral 59.2 del artículo 59 del ROF, esto es, la prerrogativa para identi fi car, inventariar y registrar los monumentos arqueológicos con fi nes de declaración y delimitación, emite opinión favorable para la declaratoria como patrimonio cultural de la Nación y aprobación del expediente técnico del Sitio Arqueológico Casa del Inca; Con la visación de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar patrimonio cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Casa del Inca, ubicada en el distrito Madre de Dios, provincia de Manu, departamento de Madre de Dios, de acuerdo a los datos que se consignan en el siguiente cuadro: Departamento Madre de Dios Provincia Manu Nombre del Sitio ArqueológicoDistritoDatum WGS84 Zona 18 Sur UTM Este UTM Norte Casa del IncaMadre de Dios282.903 8 571 911 Artículo 2.- Aprobar el Expediente de declaratoria (Ficha O fi cial de Inventario del monumento arqueológico, Ficha Técnica de Declaratoria como patrimonio cultural de la Nación y Ficha de Registro Fotográ fi co) y el Expediente técnico (Memoria Descriptiva, Ficha Técnica y Plano) del Sitio Arqueológico Casa del Inca, de acuerdo al plano, área y perímetro que se consigna a continuación: Nombre del Sitio ArqueológicoNº de Plano en Datum WGS84Área(m2) Área(ha)Perímetro (m) Casa del IncaPP-159-MC_DGPA- DSFL-2016 WGS8464,989.99 6.49899 953.64 Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, la inscripción en los Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIF), de ser el caso, la condición de patrimonio cultural de la Nación del Sitio Arqueológico Casa del Inca, así como el expediente técnico señalado en el artículo 2 de la presente resolución. Artículo 4.- Disponer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros colindantes que pudiese afectar o alterar el Sitio Arqueológico Casa del Inca, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura. Artículo 5.- Remitir copia certi fi cada de la presente resolución y su expediente técnico al Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas -SERNANP para los fi nes correspondientes. Artículo 6.- Remitir copia certi fi cada de la presente resolución y su expediente técnico a la Municipalidad Distrital Madre de Dios, el Gobierno Regional de Madre de Dios, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Madre de Dios, para efectos de que el Sitio Arqueológico Casa del Inca sea considerado dentro de los planes de ordenamiento territorial que se desarrollen. Regístrese, comuníquese y publíquese.LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1921589-1 Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a trece bienes muebles paleontológicos RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 000021-2021-VMPCIC/MC San Borja, 20 de enero del 2021VISTOS; el Informe N° 000002-2021-DGM/MC de la Dirección General de Museos; la Hoja de Elevación Nº 000022-2021-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,