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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (25/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 127

127 NORMAS LEGALES Jueves 25 de febrero de 2021 El Peruano / se trate de Recomendaciones Orientadas a Mejorar la Gestión de la Entidad, e impulsar su trámite hasta su derivación a opinión jurídica. • Proyectar, suscribir y presentar los Planes de Acción en los plazos y formas establecidas. • Cautelar que los planes de Acción presentados sean ejecutados en los plazos establecidos, coordinando de manera permanente con los funcionarios públicos y adoptando mecanismo de seguimiento permanente. • Informar a los órganos de control, en la forma y plazos que sea requerido, con documentos que sustentan , las acciones o medidas adoptadas para la implementación de las recomendaciones y mitigación de riesgos; asimismo, verifi car el registro de avance en el aplicativo informático de la Contraloría General de la Republica que le fuera asignado. • Llevar o conformar un archivo digital de las auditorias y remitirlas a los funcionarios públicos responsables de implementación que lo soliciten. • Remitir a los funcionarios públicos responsables de implementación, el o fi cio y cuadro de evaluación de estado situacional que periódicamente elabore el Órgano de Control sobre el estado situacional de las recomendaciones de auditoria, solicitando su avance o actualización. b) GERENTE DE LA OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN: - En Materia de Contrataciones del Estado:- Aprobar el Plan Anual de Contrataciones – PAC y sus modi fi catorias. - Aprobar los Expedientes de contratación, las bases y otros documentos del procedimiento de selección que se convoque. - Aprobar la cancelación parcial o total de los procedimientos de selección. - Designar a los integrantes titulares y suplentes de los Comités del Selección, así como modi fi car su composición; asimismo, requerir la implementación de las indicaciones del OSCE a través de sus o fi cios de supervisión. - Suscribir los contratos de ejecución de obra y consultoría de obra, derivados de procedimientos de selección. - Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales y reducciones de bienes y servicios hasta por el porcentaje máximo permitido. - Resolver las solicitudes de ampliación del plazo contractual de contrataciones de bienes y servicios. - Autorizar y comunicar al contratista, la subcontratación de prestaciones hasta por el porcentaje máximo permitido, de acuerdo a la normativa aplicable. - Aprobar y perfeccionar las Otras Modi fi caciones al Contrato, cuando no resulten aplicables las adicionales, reducciones y ampliaciones. - En Materia de Gestión Administrativa:- Disponer el cumplimiento inmediato de las sentencias judiciales en calidad de Cosa Juzgada y en etapa de ejecución, en materia laboral y pensionaria, suscribiendo actas de incorporación, reincorporación u otras a fi nes, respetando las normas legales y presupuestarias aplicables a los gobiernos locales, previo informe de la Procuraduría Pública Municipal. - Aprobar el tratamiento contable de cuentas por inexistencia o insu fi ciencia de documentación sustentatoría. c) SUBGERENTE DE LA UNIDAD DE ABASTECIMIENTO - En Materia de Contrataciones del Estado:- Suscribir contratos de bienes, servicios y consultorías en general - Suscribir los contratos complementarios de bienes y servicios en general, de cumplirse las condiciones de la normatividad de Contrataciones del Estado.- Requerir el cumplimiento del contrato en los casos que corresponda y resolver los contratos. - Suscribir y tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procedimientos de selección, que deban realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) y el Tribunal de Contrataciones. - Adoptar acciones inmediatas que indique OSCE a través de o fi cios de supervisión que fueran comunicados electrónicamente. - Tramitar y realizar la Gestión Administrativa de los contratos (ejecución contractual) conforme al artículo 5.2 del Decreto Supremo N° 344-2018-EF, requiriendo al área usuaria, luego de suscrito el contrato, la responsabilidad de supervisión del cumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista, y la aptitud de la entidad de poder aplicarle penalidades, de remitirle requerimientos notariales con apercibimiento de resolución contractual, de resolverle el contrato y de tramitar procesos indemnizatorios a favor de la entidad. - En Materia de Gestión Administrativa:- Atender o realizar los pedidos de información y consulta que resulte necesario ante otras entidades o hacia otras entidades, según corresponda, respecto de información relativa a los procedimientos de selección. - Informar a las áreas usuarias, los plazos de responsabilidad a cargo de los contratistas, en Obras, bienes y servicios en general, de todo contrato perfeccionado, al resultar a cargo del contratista, la calidad ofrecida y los vicios ocultos desde la fecha de otorgada la conformidad, hasta el plazo que establece el artículo 40° de la Ley de Contrataciones del Estado, a efectos que, de identi fi carse vicios ocultos, se realicen las acciones inmediatas. d) GERENTE DE DESARROLLO URBANO- En Materia de Contrataciones del Estado:- Aprobar los expedientes técnicos de obra y sus modi fi caciones, conforme a las normas técnicas del sector que corresponde a dicha obra. - Disponer la revisión del expediente técnico de obra y disponer recabar el Informe Técnico de Revisión del Expediente Técnico de Obra, en el plazo que establece la Ley. - Designar al Comité de Recepción de Obra, conforme a la normativa aplicable. - Pronunciarse en los casos que el contratista no estuviese conforme con las observaciones efectuadas por el Comité de Recepción, o en los casos que el Comité de Recepción no estuviese conforme con la subsanación a la ejecución de la obra efectuada por el contratista, durante el acto de recepción de obra. - Aprobar, observar o elaborar otra liquidación de obra, y noti fi car su pronunciamiento a la presentación de liquidación de obra y de consultorías de obra del contratista. - Disponer la intervención económica de la obra y designar al(los) inventor(es) de obra, con conocimiento de la O fi cina General de Administración y la Unidad de Abastecimiento. - Designar al inspector de obra en procedimientos de selección de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 186° del Decreto Supremo N° 344-2018-EF. - Acordar por escrito con el contratista Ejecutor de Obra, diferir la fecha de inicio del plazo de ejecución de Obra, así como acordar la suspensión del plazo de ejecución de obra, así como acordar la suspensión del contrato con el Supervisor de Obra, y una vez reiniciado dicho plazo, comunicar al contratista ejecutor de obra, la modificación de las fechas de ejecución de obra, de conformidad con la normativa aplicable. - En Materia de Gestión Administrativa:- Disponer en su condición de Unidad Formuladora (UF) y Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI), el registro oportuno y actualización permanente de los formatos del