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117 NORMAS LEGALES Jueves 25 de febrero de 2021 El Peruano / Artículo 6. Publíquese el presente Decreto de Alcaldía y su anexo en el Portal Institucional (www.munlima.gob.pe) el mismo día de la publicación del Decreto de Alcaldía, en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1930397-1 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Prorrogan fechas de vencimiento para pago de cuotas del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales del ejercicio 2021, y para acogerse a los incentivos establecidos en la Ordenanza N° 0553-2021-MDB DECRETO DE ALCALDÍA N° 01-2021-MDB Breña, 24 de febrero de 2021EL ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑAVISTO:El Informe N° 0029-2021-GR/MDB de fecha 17 de febrero de 2021 de la Gerencia de Rentas; el Informe N° 084-2021-GAJ-MDB de fecha 19 de febrero de 2021 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; teniendo, por consiguiente, la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el segundo párrafo del artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 0553-2021-MDB, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 23 de enero de 2021, se aprobaron las fechas de vencimientos para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio 2021, así como el régimen de incentivos por pronto pago, delegándose en el Alcalde, mediante la Quinta Disposición Complementaria y Final, la facultad de dictar las disposiciones reglamentarias y/o complementarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la Ordenanza; Que, mediante Decreto Supremo N°008-2021-PCM, publicada en el Diario O fi cial El Peruano, se modi fi ca el Nivel de Alerta Sanitaria del departamento de Lima, estableciéndolo como “Nivel de Alerta Extremo” y se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios de lunes a domingo “Cuarentena”, desde el 01 de febrero hasta el 14 de febrero de 2021, medida que fue prorrogada para Lima Metropolitana, hasta el 28 de febrero de 2021, mediante Decreto Supremo N° 023-2021-PCM;Que, mediante Informe N° 0029-2021-GR/MDB de fecha 17 de febrero de 2021 la Gerencia de Rentas, propone la ampliación del plazo del vencimiento para el pago al contado de la primera cuota del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2021, así como de la primera y segunda cuota de pago mensual de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2021, y la fecha límite para acogerse a los incentivos por pronto pago establecidos en los ítems A, B y C del artículo 6° de la Ordenanza Nº 0553-2021-MDB, hasta el 31 de marzo de 2021, a fi n de que los contribuyentes que se vieron impedidos de cumplir con los referidos plazos, a causa de las medidas restrictivas dispuestas por el Gobierno Central, puedan realizar el pago de sus deudas tributarias, sin aplicación de intereses y con los bene fi cios de la precitada Ordenanza; Que, mediante Informe N° 084-2021-GAJ/MDB de fecha 19 de febrero de 2021 la Gerencia de Asesoría Jurídica, otorga opinión legal favorable a la expedición del Decreto de Alcaldía, que prorroga las fechas de vencimiento para el pago de la primera cuota del impuesto predial, la primera y segunda cuota mensual de los arbitrios municipales, y el plazo para acogerse al incentivo de pronto pago A, B y C, establecidos en la Ordenanza Nº 0553-2021-MDB; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º, el artículo 39° y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo de 2021, la fecha de vencimiento para el pago al contado de la primera cuota del Impuesto Predial; así como, para el pago de la primera y segunda cuota mensual de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2021, establecidos en la Ordenanza N° 0553-2021-MDB. Artículo Segundo.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo de 2021, la fecha límite de cancelación para acogerse a los incentivos establecidos en los ítem A, B y C del artículo 6° de la Ordenanza N° 0553-2021-MDB. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento y difusión del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas y sus unidades orgánicas dependientes, conforme a sus atribuciones y competencias. Artículo Cuarto.- DISPONER a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Estadística e Informática su publicación en el Portal Web Institucional. Artículo Quinto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JOSE DALTON LI BRAVO Alcalde 1930334-1 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Prorrogan el plazo establecido en el artículo sexto de la Ordenanza N° 412/MDLM, que otorga descuentos y otros beneficios tributarios para los contribuyentes del distrito de La Molina DECRETO DE ALCALDÍA N° 002-2021/MDLM La Molina, 24 de febrero del 2021EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA Visto; el Memorando N° 238-2021-MDLM-GM, de fecha 24 de febrero del 2021, de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 006-2021-MDLM-GAT, de fecha 23 de febrero del 2021, de la Gerencia de Administración