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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (26/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 172

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Viernes 26 de febrero de 2021 / El PeruanoARTÍCULO DESCRIPCIÓNDetalle de requisitos mínimos Categoría L Categoría M Categoría N Categoría O Notas d) El uso de equipos de medición y monitoreo calibrados o veri ficadosSi el prototipo requiere otros equipos adicionales, estos serán de exigencia obligatoria para la fabricaciónSi el prototipo requiere otros equipos adicionales, estos serán de exigencia obligatoria para la fabricaciónSi el prototipo requiere otros equipos adicionales, estos serán de exigencia obligatoria para la fabricaciónSi el prototipo requiere otros equipos adicionales, estos serán de exigencia obligatoria para la fabricaciónVerificar el procedimiento de producción por prototipo de vehículo e) La implementación de mediciones y monitoreo Registros que se generan de la aplicación de procedimientos e instructivos del item b) del Proceso de Producción.Registros que se generan de la aplicación procedimientos e instructivos del item b) del Proceso de Producción.Registros que se generan de la aplicación de procedimientos e instructivos del item b) del Proceso de Producción.Registros que se generan de la aplicación de procedimientos e instructivos del item b) del Proceso de Producción.De acuerdo a formato, que será aprobado mediante Resolución Directoral por la DGPAR. f) Las disposiciones para la liberación de los productos y actividades de envío.Mínimo: a) Procedimiento o instructivo de actividades para veri ficación y comprobación de todos los criterios del vehículo (dimensiones, acabados, presiones de neumáticos) y pruebas finales (de todos los sistemas: encendido, luces, frenos).El procedimiento debe mostrar la trazabilidad que el producto final ha sido inspeccionado por el concesionario de marca autorizado o por el representante de marca del chasis previa a la entrega del bien, en caso corresponda. b) Procedimiento o instructivo de inspección de la codi ficación VIN de cada vehículo fabricado antes de ser liberado.Mínimo: a) Procedimiento o instructivo de actividades para veri ficación y comprobación de todos los criterios del vehículo (dimensiones, acabados, presiones de neumáticos) y pruebas finales (de todos los sistemas: encendido, luces, frenos). El procedimiento debe mostrar la trazabilidad que el producto final ha sido inspeccionado por el concesionario de marca autorizado o por el representante de marca del chasis previa a la entrega del bien, en caso corresponda. b) Procedimiento o instructivo de inspección de la codi ficación VIN de cada vehículo fabricado antes de ser liberado.Mínimo: a) Procedimiento o instructivo de actividades para veri ficación y comprobación de todos los criterios del vehículo (dimensiones, acabados, presiones de neumáticos) y pruebas finales (de todos los sistemas: encendido, luces, frenos). El procedimiento debe mostrar la trazabilidad que el producto final ha sido inspeccionado por el concesionario de marca autorizado o por el representante de marca del chasis previa a la entrega del bien, en caso corresponda. b) Procedimiento o instructivo de inspección de la codi ficación VIN de cada vehículo fabricado antes de ser liberado .Mínimo:a) Procedimiento o instructivo de actividades para veri ficación y comprobación de todos los criterios del vehículo (dimensiones, acabados, presiones de neumáticos) y pruebas finales (de todos los sistemas: encendido, luces, frenos). El procedimiento debe mostrar la trazabilidad que el producto final ha sido inspeccionado por el concesionario de marca autorizado o por el representante de marca del chasis previa a la entrega del bien, en caso corresponda. b) Procedimiento o instructivo de inspección de la codi ficación VIN de cada vehículo fabricado antes de ser liberado.Para la liberación de los vehículos, es necesario el cumplimiento de la norma metrológica correspondiente, aprobada por INACAL. Realizar un control del proceso y del producto, a través de planes de control que incluyan: a) Los controles a realizar en el proceso de manufacturaMínimo 01 plan de Control Mínimo 01 plan de ControlMínimo 01 plan de ControlMínimo 01 plan de ControlDe acuerdo a formato, que será aprobado mediante Resolución Directoral por la DGPAR. b) Los métodos para el monitoreo del control aplicado a las características del vehículo.Incluido en Plan de control Procedimiento e instructivos requeridos en item b) del Proceso de Producción.Incluido en Plan de control Procedimiento e instructivos requeridos en item b) del Proceso de Producción.Incluido en Plan de control Procedimiento e instructivos requeridos en item b) del Proceso de Producción. Incluido en Plan de control Procedimiento e instructivos requeridos en item b) del Proceso de Producción.-- c) Procedimientos o instrucciones para asegurar que los productos que no cumplen con los requisitos sean identi ficados y controlados para evitar algún uso o envío. Asimismo, cuando el producto no conforme es corregido, este debe ser sometido a veri ficaciones para demostrar la conformidad de los requisitos. Mínimo: a) Procedimiento de documentado de productos o salidas no conformes b) Reporte de Productos o Salidas no Conformes Mínimo: a) Procedimiento de documentado de productos o salidas no conformes b) Reporte de Productos o Salidas no ConformesMínimo: a) Procedimiento de documentado de productos o salidas no conformes b) Reporte de Productos o Salidas no ConformesMínimo: a) Procedimiento de documentado de productos o salidas no conformes b) Reporte de Productos o Salidas no ConformesDe acuerdo a formato, que será aprobado mediante Resolución Directoral por la DGPAR. d) Mantener los registros de los controles y monitoreo realizados durante el proceso de manufactura del vehículo.Almacenamiento mínimo de acuerdo al periodo de garantía dado al vehículo vendido al cliente.Almacenamiento mínimo de acuerdo al periodo de garantía dado al vehículo vendido al cliente.Almacenamiento digital certi ficado mínimo de 5 años, salvo que el período de garantía sea mayor a 5 años, en cuyo caso el período mínimo de almacenamiento será igual al periodo de garantía dado al vehículo vendido al cliente.Almacenamiento digital certi ficado mínimo de 5 años, salvo que el período de garantía sea mayor a 5 años, en cuyo caso el período mínimo de almacenamiento será igual al periodo de garantía dado al vehículo vendido al cliente.Es obligatorio contar con un Procedimiento documentado de control de documentos y registros (o procedimiento documentado de control de Información Documentada)