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37 NORMAS LEGALES Viernes 26 de febrero de 2021 El Peruano / Que, el Plan Operativo Institucional (POI) 2021 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2021 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 335-2020-MIMP, considera la actividad operativa “Gestión de información, seguimiento, evaluación a las intervenciones del MIMP y gestión descentralizada” dentro de la cual se contempla como tarea interna la “Formulación y seguimiento del Plan Anual de Transferencia”; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal b) del artículo 36 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modi fi catorias, la O fi cina de Gestión Descentralizada de la O fi cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada, es la unidad orgánica responsable de formular y proponer en coordinación con las unidades orgánicas y programas nacionales el Plan Anual Sectorial de Transferencias, de acuerdo a la normatividad vigente; Que, en tal sentido, mediante Memorándum N° D000056-2021-MIMP-OGMEPGD, la O fi cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada remite el Informe N° D000002-2021-MIMP-OGD, a través del cual la O fi cina de Gestión Descentralizada, sustenta la necesidad de la aprobación del “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables Año 2021”, que adjunta y como anexo forma parte integrante de la presente resolución; Que, en el mencionado Informe N° D000002- 2021-MIMP-OGD, se señala que el referido Plan a aprobarse ha sido elaborado según las pautas de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros contenidas en su O fi cio Múltiple N° 00019-2020-PCM/SD, así como teniendo en cuenta los aportes y sugerencias alcanzadas por las unidades orgánicas y programas nacionales dependientes de los Despachos Viceministeriales de la Mujer y de Poblaciones Vulnerables; el mismo que ha sido aprobado por unanimidad, en la Septuagésima Octava Sesión de la Comisión Sectorial de Transferencia de los Programas Sociales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - CST, según Acta de fecha 24 de febrero de 2021, encargándose a la Secretaría Técnica, proceder con las acciones pertinentes para la emisión de la resolución ministerial correspondiente; Que, mediante Informe N° D000043-2021-MIMP- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco de la normativa indicada y considerando lo señalado por la O fi cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada, como órgano competente de la entidad, estima procedente la emisión de la presente Resolución; Con la visación del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, del Despacho Viceministerial de la Mujer, la Secretaria General, la O fi cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modi fi catoria, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modi fi catorias y la Resolución Presidencial N° 081-CND-P-2005; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables Año 2021”, que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina de Gestión Descentralizada de la O fi cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada el seguimiento al cumplimiento del “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables Año 2021”. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 4.- Disponer que la presente Resolución y su Anexo sean publicados en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de la publicación de la Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVIA LOLI ESPINOZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1930719-1 Modifican la Resolución de Presidencia N° 002-2021-CONADIS/PRE, sobre delegación de facultades a diversos funcionarios del CONADIS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 016-2021-CONADIS/PRE Lima, 24 de febrero de 2021VISTO:El Informe N° D000039-2021-CONADIS-OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 63 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad, constituido como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con autonomía técnica, administrativa, de administración, económica y fi nanciera y constituye pliego presupuestario; Que, el artículo 74 del Reglamento de la Ley N° 29973, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, de fi ne la estructura orgánica del CONADIS, estableciendo que la misma está conformada por el Consejo Nacional, la Presidencia, la Secretaría General y demás órganos que establezca su Reglamento de Organización y Funciones; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del CONADIS, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2016-MlMP, establece que la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración es la encargada de ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) y por la entidad, así como otras funciones que se establezcan en las normas reglamentarias y lo dispuesto por el ente rector del sistema; Que, a través de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se establecen las normas para el proceso presupuestario que deben observar los organismos del Sector Público durante el Ejercicio Fiscal 2021. Asimismo, mediante Resolución de Presidencia N° 119-2020-CONADIS/PRE se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondientes al Año Fiscal 2021 del Pliego 345: Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS); Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece los principios del derecho administrativo que rigen la administración pública, siendo entre otros, la celeridad y simplicidad, así como la aplicación de los procedimientos y trámites que se desarrollan en la administración pública, dirigidos a la desconcentración de procedimientos decisorios, con la fi nalidad de garantizar una gestión efi ciente en la entidad; por lo cual resulta necesario