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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (26/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 172

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Viernes 26 de febrero de 2021 El Peruano / Que, en aplicación de lo dispuesto por el literal b) del subnumeral 11.3 del numeral 11) de la Directiva N° 005-CND-P-2005 “Procedimiento para la Formulación de los Planes de Transferencia Sectoriales de Mediano Plazo y de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”, aprobada por la Resolución Presidencial N° 081-CND-P-2005, el Plan Anual de Transferencia Sectorial deberá ser aprobado por Resolución Ministerial y ser presentado a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, a más tardar el último día útil de febrero de cada año; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0690-2016- IN, se constituye la Comisión de Transferencia Sectorial del Ministerio del Interior - MININTER, encargada de realizar las coordinaciones con la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros para la transferencia de competencias sectoriales relacionada a promover y facilitar la formación y equipamiento de Compañía de Bomberos en la región a los Gobiernos Regionales, conforme a lo establecido en la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, cuya conformación fue modi fi cada mediante Resolución Ministerial N° 319-2020-IN; Que, la mencionada Comisión de Transferencia Sectorial del Ministerio del Interior, en sesión de fecha 19 de febrero de 2021, acordó por unanimidad, aprobar el proyecto del Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2021 del Ministerio del Interior, el cual tiene como objetivo general “Continuar con la transferencia de funciones a los gobiernos regionales pendientes, y fortalecer el servicio público de atención de emergencias en incendios, rescate e incidentes con materiales peligrosos, con un enfoque de gestión descentralizada”; Que, mediante O fi cio N° 017-2021-INBP/GG/OPP, la Ofi cina de Plani fi cación y Presupuesto de la Intendencia Nacional del Bomberos del Perú, en su condición de Secretaría Técnica de la Comisión de Transferencia Sectorial del Ministerio del Interior, remite el Acta de reunión de fecha 19 de febrero de 2021 y el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2021 del Ministerio del Interior, para su aprobación; Que, mediante Informe N° 000039-2021/IN/OGPP/ OPE, la O fi cina de Planeamiento y Estadística de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto señala que la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú y la Comisión de Transferencia Sectorial del Ministerio han cumplido con desarrollar todas las acciones conducentes a la elaboración y aprobación del Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2021 del Ministerio del Interior, en concordancia con los lineamientos de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Informe N° 000229-2021/IN/OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable aprobar el referido Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2021 del Ministerio del Interior; Que, corresponde aprobar el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2021 del Ministerio del Interior, a fi n de a fi anzar el proceso de descentralización en el Sector Interior conforme a Ley; Con la visación del Viceministerio de Seguridad Pública, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y la Resolución Presidencial N° 081-CND-P-2005, que aprueba la Directiva N° 005-CND-P-2005 “Procedimiento para la Formulación de los Planes de Transferencia Sectoriales de Mediano Plazo y de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2021 del Ministerio del Interior, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial y su Anexo a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, y a la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, para los fi nes correspondientes. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Ministerio del Interior, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter) el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ MANUEL ANTONIO ELICE NAVARRO Ministro del Interior 1930566-1 Aprueban las “Bases para el Fortalecimiento y la Modernización de la Policía Nacional del Perú” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0104-2021-IN Lima, 25 de febrero de 2021VISTOS, el Informe N° 000001-2021/IN/VSP del Viceministerio de Seguridad Pública; los Memorandos N° 000253-2021/IN/OGPP y 000255-2021/IN/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 000230-2021/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, señala que el Ministerio del Interior es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y es el rector del Sector Interior; Que, de acuerdo al numeral 5.1 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1266, el Ministerio del Interior tiene como funciones rectoras, plani fi car, fi nanciar y garantizar la provisión y prestación de servicios referidos a los ámbitos de su competencia, de acuerdo a las normas de la materia, y ejercer la conducción, gestión, ejecución y evaluación de los sistemas administrativos en el Sector Interior según lo estipulado en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece en el artículo II de su Título Preliminar, que la Policía Nacional del Perú es una Institución del Estado con calidad de órgano ejecutor, que depende del Ministerio del Interior; con competencia administrativa y autonomía operativa para el ejercicio de la función policial en todo el territorio nacional, en el marco de lo previsto en el artículo 166 de la Constitución Política del Perú; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2017-IN, establece en su artículo 7 que la Comandancia General es el órgano de comando de más alto nivel de la Policía Nacional del Perú, encargado de plani fi car, organizar, dirigir y supervisar el desarrollo de la gestión administrativa y operativa de la Policía Nacional del Perú para el ejercicio de la función policial en todo el territorio nacional, en un contexto de mejor atención a la ciudadanía y e fi ciente uso de los recursos, en el marco de las políticas sectoriales aprobadas por el Ministerio del Interior; Que, el numeral 21.1 del artículo 21 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, establece que las Comisiones son un tipo de órgano colegiado, sin personería jurídica y se crean para cumplir con funciones de seguimiento, supervisión, fi scalización, propuesta o emisión de informes, que sirven de base para la toma de decisiones de otras entidades. Sus conclusiones carecen