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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2021 (18/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Domingo 18 de julio de 2021 El Peruano / Mejoramiento de Servicios de Gestión Territorial; el Informe Nº 020-2019-MDMR-PMSGT/GRRNyGMA/GOB.REG.TACNA de fecha 04 de octubre de 2019, emitido por el Especialista en Ordenamiento Territorial-I; la Opinión Legal Nº 1129-2019-ORAJ/GOB.REG.TACNA de fecha 18 de noviembre de 2019 y el O fi cio Nº 1363-2019-ORAJ/GOB. REG.TACNA de fecha 13 de diciembre de 2019, emitidos por la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica; el O fi cio Nº 651-2020-GRRNYGMA/GOB.REG.TACNA de fecha 02 de diciembre de 2020, emitido por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, que remite el Informe Nº 321-2020-OFG/PMSGT/GRRNyGMA/GOB.REG.TACNA de fecha 01 de diciembre de 2020, emitido por el Jefe del Proyecto “Mejoramiento de Servicios de Gestión Territorial”; el acuerdo contenido en el Acta 003-2021 de fecha 12 de febrero de 2021; el Informe Nº 002-2021-MDMR-PMSGT/GRRNyGMA/GOB.REG.TACNA de fecha 04 de marzo de 2021, emitido por el Especialista en Ordenamiento Territorial-I; el Informe Nº 64-2021-OFG/PMSGT/GRRNyGMA/GOB.REG.TACNA de fecha 05 de marzo de 2021, emitido por el Jefe del Proyecto Mejoramiento de Servicios de Gestión Territorial; el Informe Nº 029-2021-GRRNYGMA/GOB.REG.TACNA de fecha 08 de marzo de 2021, emitido por el Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente; la Opinión Legal Nº 446-2021-ORAJ/GOB.REG.TACNA de fecha 22 de marzo de 2021, emitida por la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica; el Informe del Asesor de Comisión Nº 004-RINH-2021-CORNyGMA-CR/GOB.REG.TACNA de fecha 13 de mayo de 2021; y demás documentación anexada, se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 004-2021-CORNyGMA-CR, de fecha 13 de mayo de 2021, sobre: “APROBAR EL ESTUDIO DENOMINADO DIAGNÓSTICO INTEGRADO DEL TERRITORIO (DIT) DEL DEPARTAMENTO DE TACNA”, dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha 25 de mayo de 2021, realizada mediante videoconferencia. Que, considerando las normas antes indicadas y las opiniones favorables emitidas por los distintos órganos competentes del Gobierno Regional de Tacna, corresponde aprobar el Diagnóstico Integrado del Territorio - DIT del Departamento de Tacna, el cual se encuentra contenido en 01 tomo con un total de 86 folios. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 30055; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria (realizada mediante videoconferencia) de la fecha, ha aprobado por mayoría, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el estudio denominado DIAGNÓSTICO INTEGRADO DEL TERRITORIO (DIT) DEL DEPARTAMENTO DE TACNA, el cual se encuentra contenido en 01 (un) tomo con un total de 86 folios; el mismo que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Dicho Diagnóstico Integrado del Territorio (DIT) permitirá aportar información sobre las variables clave o aspectos más importantes que determinan la ocupación del territorio de Tacna, sustentadas en las características biofísicas, sociales, económicas, culturales, funcionales, institucionales y políticas del territorio; estableciendo el conjunto de condiciones favorables y desfavorables en las que se encuentra; y que servirán de insumo para la elaboración del Plan de Ordenamiento Territorial (POT). Artículo Segundo.- DISPONER que el estudio denominado Diagnostico Integrado del Territorio (DIT) sea un instrumento técnico orientador para la plani fi cación y gestión del desarrollo sostenible del territorio, el cual servirá como sustento técnico para la formulación de los diferentes planes, proyectos y como insumo para el proceso de Ordenamiento Territorial de la Región Tacna.Artículo Tercero.- El instrumento aprobado mediante la presente Ordenanza Regional es de aplicación y cumplimiento obligatorio a todos los procesos preparatorios para el ordenamiento territorial, en trámite o por iniciarse, independientemente de su ámbito de ejecución, así como para los planes y proyectos de desarrollo regional y local. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la implementación de las acciones necesarias para la aplicación, monitoreo y actualización. La actualización del Diagnóstico Integrado del Territorio estará sujeto a las modi fi caciones sustanciales o actualizaciones de la Zoni fi cación Ecológica Económica y Estudios Especializados, previo informe técnico que lo sustente y validado por la Comisión Técnica Regional de Zoni fi cación Ecológica Económica y, Ordenamiento Territorial; y por la entidad nacional competente. Artículo Quinto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional sea reglamentada mediante Decreto Regional, en un plazo no mayor de 30 (treinta) días desde la entrada en vigencia, encargando su elaboración a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. Artículo Sexto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Séptimo.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Artículo Octavo.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; asimismo, su anexo será publicado en el portal electrónico de la institución, conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, disponiéndose que la publicación sea efectuada por la Gobernación Regional. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día veinticinco de mayo del año dos mil veintiuno. DANY LUZ SALAS RÍOS PresidentaConsejo Regional de Tacna POR TANTO:Mando se registre, noti fi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 18 de junio de 2021 JUAN TONCONI QUISPE Gobernador RegionalGobierno Regional de Tacna 1973901-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Ordenanza que aprueba procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de tramitación contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Chorrillos ORDENANZA MUNICIPAL Nº 409-2021/MDCH Chorrillos, 20 de abril de 2021