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195 NORMAS LEGALES Sábado 24 de julio de 2021 El Peruano / UIT = S/4,400 N.º Nº PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO / SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD DERECHO (I) COSTO (C) % COBERTURA DERECHO S/ S/ (I / C) TRÁMITE SUBGERENCIA DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES: PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 05.1Inspección técnica de seguridad en edi fi caciones posterior al inicio de actividades para establecimientos objeto de inspección clasi fi cados con nivel de riesgo 109.20 109.20 100.00% 171 bajo. 05.2Renovación del certi fi cado de inspección técnica de seguridad en edi fi caciones para establecimientos objeto de inspección clasi fi cados con nivel de riesgo 103.10 103.11 99.99% 172 bajo. 05.3Inspección técnica de seguridad en edi fi caciones posterior al inicio de actividades para establecimientos objeto de inspección clasi fi cados con nivel de riesgo medio.134.00 134.04 99.97% 173 05.4Renovación del certi fi cado de inspección técnica de seguridad en edi fi caciones para establecimientos objeto de inspección clasi fi cados con nivel de riesgo medio.122.90 122.98 99.94% 174 05.5Inspección técnica de seguridad en edi fi caciones previa al inicio de actividades para establecimientos objeto de inspección clasi fi cados con nivel de riesgo alto.343.80 343.85 99.98% 175 05.6Renovación del certi fi cado de inspección técnica de seguridad en edi fi caciones para establecimientos objeto de inspección clasi fi cados con nivel de riesgo alto.338.30 338.38 99.98% 176 05.7Inspección técnica de seguridad en edi fi caciones previa al inicio de actividades para establecimientos objeto de inspección clasi fi cados con nivel de riesgo muy alto.687.00 687.07 99.99% 177 05.8Renovación del certi fi cado de inspección técnica de seguridad en edi fi caciones para establecimientos objeto de inspección clasi fi cados con nivel de riesgo muy alto.676.60 676.63 100.00% 178 05.9Evaluación de condiciones de seguridad en espectáculos públicos deportivos y no deportivos (ecse) con una concurrencia de hasta 3,000 personas.329.80 329.88 99.98% 179 SUBGERENCIA DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES: SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD 05.10 Duplicado del certi fi cado de inspección técnica de seguridad en edi fi caciones. 34.30 34.32 99.95% 180 UIT vigente en el año 2021 = S/ 4,400.00 Fuente: Expediente Ordenanza N.° 452-MDCElaboración: Servicio de Administración Tributaria de Lima Artículo 2. El presente acuerdo ratificatorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicación, incluyendo el texto de la Ordenanza Nº 452-MDC, en el Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente la Ordenanza y su Anexo TUPA que contiene los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite se publicarán en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano, así como se difundirá en la Plataforma Digital Única para Orientación del Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional, conforme lo dispuesto en los numerales 38.2 y 38.3 del artículo 38 de la Ley Nº 27444 y modificatorias. Cabe indicar que es responsabilidad de la Municipalidad Distrital adecuarse a los cambios normativos que se den (numerales 44.2 y 44.3 del artículo 44 del TUO de la Ley Nº 27444). La aplicación de la Ordenanza materia de la presente ratificación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Carabayllo así como la aplicación estricta de las disposiciones contenidas en la Ordenanza ratificada y en la normativa vigente, teniendo presente que en dicha responsabilidad se encuentra adoptar las medidas necesarias a efectos que respecto de los procedimientos administrativos que cuenten con pronunciamiento favorable, el derecho de trámite total del procedimiento no exceda en valor una (1) unidad impositiva tributaria, y en caso que excediera, previo a su cobro se solicite la autorización prevista en el numeral 45.1 del artículo 45 de la Ley Nº 27444 y modificatorias, cuya fiscalización se encuentra a cargo de entidades competentes para ello (artículo 54 del TUO de la Ley Nº 27444). Artículo 3. Encargar al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT que posterior al cumplimiento del citado requisito de publicación, efectúe, a través de su página web (www.sat.gob.pe) la publicación del presente Acuerdo; así como del informe del Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT. Artículo 4. Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación la publicación del presente Acuerdo en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1967741-1