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209 NORMAS LEGALES Sábado 24 de julio de 2021 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Aprueban las “Disposiciones para la instalación del Pleno del Consejo de Participación de la Juventud de San Isidro, CPJ-SI, creado por Ordenanza Nº 514-MSI y Modificatoria, y elección de su representante” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 019-2021-ALC/MSI San Isidro, 23 de julio del 2021EL ALCALDE DE SAN ISIDROVISTOS: El Informe Vía Remota Nº 010-2021-0130- GPV/MSI de la Gerencia de Participación Vecinal; y, el Informe Vía Remota Nº 0316-2021-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los numerales 5.1 y 6.4 del artículo 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modi fi catorias, los gobiernos locales asumen en materia de participación vecinal, la función de promover, apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local; y, en materia de servicios sociales locales, la función de propiciar espacios para la participación, del adolescente, entre otros, a nivel de instancias municipales; Que, el artículo 84º, numeral 2.9, de la citada Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades distritales, en materia de programas sociales, de defensa y promoción de derechos, ejercen la función especí fi ca exclusiva de promover el desarrollo integral de la juventud para el logro de su bienestar físico, psicológico, social, moral y espiritual, así como su participación activa en la vida política, social, cultural y económica del gobierno local; Que, mediante Ordenanza Nº 514-MSI, modi fi cada por Ordenanza Nº 529-MSI, se creó el Consejo de Participación de la Juventud del Distrito de San Isidro (CPJ-SI) como órgano autónomo de representación, coordinación, participación y concertación de los jóvenes del distrito de San Isidro; el cual, según su artículo 9º, está compuesto por las siguientes instancias: el Pleno; el Secretario Distrital; el Secretario Técnico; y, otros cargos y grupos de trabajo; Que, a su vez, el artículo 19º de la citada Ordenanza establece que una vez elegidos los miembros del Pleno del CPJ-SI, estos se reúnen para su instalación en sesión plenaria, con un quórum mínimo de la mitad más uno, para elegir al Secretario Distrital entre sus miembros; Que, asimismo, mediante la Única Disposición Complementaria Final de la Ordenanza Nº 514-MSI, incorporada por Ordenanza Nº 529-MSI, se faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para su correcta aplicación; en concordancia con el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modi fi catorias, que indica que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas; Que, en este contexto, con el documento del visto, la Gerencia de Participación Vecinal solicita se dicten disposiciones complementarias para la instalación del Pleno del CPJ-SI, y la elección de su Secretario Distrital, previstos en el artículo 19º de la Ordenanza Nº 514-MSI y modi fi catoria; a través de un proyecto de Decreto de Alcaldía denominado “Disposiciones para la instalación del Pleno del Consejo de Participación de la Juventud de San Isidro, CPJ-SI, creado por Ordenanza Nº 514-MSI y modi fi catoria, y elección de su representante”; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el informe del visto; y, Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modi fi catorias; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR las “DISPOSICIONES PARA LA INSTALACIÓN DEL PLENO DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN DE LA JUVENTUD DE SAN ISIDRO, CPJ-SI, CREADO POR ORDENANZA Nº 514-MSI Y MODIFICATORIA, Y ELECCIÓN DE SU REPRESENTANTE”; el que en Anexo forma parte del presente Decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Participación Vecinal el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto en el diario Ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el portal institucional de la Municipalidad de San Isidro: www.munisanisidro.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO CACERES VIÑAS Alcalde DISPOSICIONES PARA INSTALACIÓN DEL PLENO DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN DE LA JUVENTUD DE SAN ISIDRO, CPJ-SI, CREADO POR ORDENANZA Nº 514-MSI Y MODIFICATORIA, Y ELECCIÓN DE SU REPRESENTANTE Artículo 1º.- Objeto La presente norma tiene por objeto establecer las disposiciones reglamentarias para la instalación del Pleno del Consejo de Participación de la Juventud de San Isidro, en adelante, el Pleno del CPJ-SI, y para la elección del Secretario Distrital como su representante, conforme a lo establecido en el artículo 19º de la Ordenanza que crea el Consejo de Participación de la Juventud del Distrito de San Isidro (CPJ-SI), Ordenanza Nº 514-MSI, modi fi cada por Ordenanza Nº 529-MSI. Artículo 2º.- Pleno del CPJ-SI, Secretario Distrital y Secretario Técnico El Pleno del CPJ-SI , es la instancia de máxima decisión, deliberativa y resolutiva del CDJ-SI, conformado hasta por seis (06) Consejeros Distritales de la Juventud de San Isidro , elegidos democráticamente por representantes de las organizaciones juveniles del distrito de San Isidro; el que está representado por su Secretario Distrital, elegido entre los miembros del Pleno del CPJ-SI; y, cuenta con la asesoría de un Secretario Técnico designado por la Gerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad de San Isidro, quien formará parte del Pleno con voz pero sin voto; según lo dispuesto en los artículos 10º y 11º de la Ordenanza que crea el Consejo de Participación de la Juventud del Distrito de San Isidro (CPJ-SI), Ordenanza Nº 514-MSI, modificada por Ordenanza Nº 529-MSI. Artículo 3º.- Convocatoria y agenda de la Primera Sesión Plenaria Una vez elegidos los miembros del Pleno del CPJ- SI, el Secretario Técnico designado por la Gerencia de Participación Vecinal, convocará a la primera Sesión Plenaria, dentro de los treinta (30) días calendario de su proclamación, a los electos Consejeros Distritales de la Juventud de San Isidro, para la instalación del Pleno del CPJ-SI y elección del Secretario Distrital. Artículo 4º.- Quórum y dirección de la Primera Sesión Plenaria El quórum para la primera Sesión Plenaria del Pleno del CPJ-SI es la mayoría simple de sus integrantes. Si no existiera quórum en la primera sesión, el Pleno del CPJ-SI se constituye en segunda convocatoria el día