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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2021 (24/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 224

TEXTO PAGINA: 178

178 NORMAS LEGALES Sábado 24 de julio de 2021 El Peruano / 1.5. Según el artículo 16, todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán notificadas únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas, por lo que deben solicitar la apertura de estas. Así, en caso de que no la soliciten, se entenderán por notificadas a través de la publicación en el portal institucional del JNE. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. Acreditada la causa de vacancia prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la LOM (ver SN 1.2.), con el Acta de Defunción del señor alcalde que obra en el expediente, y de la consulta virtual en el portal web del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en el que se detalla como “fecha de fallecimiento” el 25 de mayo de 2021, corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada a la mencionada autoridad. 2.2. Así, de conformidad con el artículo 24 de la LOM (ver SN 1.3.), el señor alcalde debe ser reemplazado por el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. Por lo cual, corresponde convocar a doña Nancy Petronila Soto del Castillo, identi fi cada con DNI N° 31672240, a fi n de que asuma el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Taricá, provincia de Huaraz, departamento de Áncash, por el periodo de gobierno municipal 2019-2022. 2.3. Para completar el número de regidores se debe convocar a don Jaime Crisólogo Palma Aguirre, identificado con DNI N° 75785697, candidato no proclamado de la organización política Movimiento Acción Nacionalista Peruano, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Taricá, provincia de Huaraz, departamento de Áncash, por el periodo de gobierno municipal 2019-2022. 2.4. Dichas convocatorias se realizan de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 29 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huaraz, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.5. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.5.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: 1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Efraín Damián Garro Villacorta, en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Taricá, provincia de Huaraz, departamento de Áncash, con motivo de las Elecciones Municipales 2018, por causa de muerte, prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. CONVOCAR a doña Nancy Petronila Soto del Castillo, identi fi cada con DNI N° 31672240, para que asuma el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Taricá, provincia de Huaraz, departamento de Áncash, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019- 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculta como tal. 3. CONVOCAR a don Jaime Crisólogo Palma Aguirre, identificado con DNI N° 75785697, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Taricá, provincia de Huaraz, departamento de Áncash, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculta como tal. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución N° 0165-2020-JNE; para la presentación de escritos u otros documentos, se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV) en el portal electrónico institucional <www.jne.gob.pe>.Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.SALAS ARENASRODRÍGUEZ MONTEZASANJINEZ SALAZARRODRÍGUEZ VÉLEZVargas Huamán Secretaria General 1 Segundo párrafo del numeral 4, parte considerativa de la Resolución N° 539-2013-JNE. 2 Aprobado por la Resolución N° 0165-2020-JNE, publicada el 19 de junio de 2020, en el diario o fi cial El Peruano . 1976128-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Otorgan el título de la concesión minera CANTERA AMANECER, a favor de CERAMICOS LAGT E.I.R.L., ubicada en el distrito Bellavista, provincia de Jaén y departamento de Cajamarca GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORIAL REGIONAL SECTORIAL N° D000025-2021-CRC Cajamarca, 19 de Febrero del 2021SUMILLA: Se declara OTORGAR el título de la concesión minera CANTERA AMANECER, con código N° 56- 00012-18 de sustancia no metálica y 100 hectáreas de extensión ubicada en el distrito Bellavista, provincia de Jaén y departamento de Cajamarca a favor de CERAMICOS LAGT E.I.R.L. VISTO, el expediente del petitorio minero CANTERA AMANECER, con código N° 56-00012-18, formulado en el sistema WGS84 el 30/10/2018 a las 15:05 horas, ante la DREM-Cajamarca, por CERAMICOS LAGT E.I.R.L., a través de su representante legal el señor Ernesto Guevara Torres, e Informes Técnicos y Legales emitidos; y, CONSIDERANDO:Aspecto técnico y oposiciones Que, el informe técnico de la Unidad Técnico Operativa, en base a la información del Catastro Minero Nacional, ha veri fi cado que la cuadrícula peticionada está libre, asimismo, se cumplió con presentar el Compromiso Previo en forma de Declaración Jurada y se han realizado las publicaciones conforme a Ley en el Diario O fi cial El Peruano y La República y no existiendo oposición en trámite; Ley que o fi cializa el Sistema de Cuadrículas Mineras en coordenadas UTM WGS84 Que, el artículo 2 y la Tercera Disposición Complementaria Final y Transitoria de la Ley Nro. 30428