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186 NORMAS LEGALES Sábado 24 de julio de 2021 El Peruano / de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley Nº 27972, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 2085 publicada el 5 de abril de 2018, que aprueba el procedimiento de rati fi cación de ordenanzas tributarias distritales en la provincia de Lima, la municipalidad distrital recurrente aprobó la ordenanza objeto de rati fi cación, remitiendo la misma y el expediente de rati fi cación digitalizado, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, con carácter de Declaración Jurada, sujetos a revisión por las entidades competentes y el citado organismo en uso de sus competencias; Que, a través del Informe Nº D000048-2021-SAT- ART de fecha 9 de junio de 2021, el Área Funcional de Ratifi caciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT, opinó favorablemente respecto a la rati fi cación de ciento ochenta (180) derechos de trámite correspondientes a ciento setenta y nueve (179) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, cuyos costos han sido sustentados, listados en el Anexo A del referido Informe y aprobados en la ordenanza materia de la rati fi cación; Que, el mencionado Informe se sustenta en los requisitos exigidos y las normas aplicables contenidas en la Ordenanza Nº 2085 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y modi fi catorias, aprobado por Decreto Supremo Nº 004- 2019-JUS, el Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, entre otros dispositivos legales, debiéndose efectuar la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano del texto de la ordenanza distrital y el acuerdo rati fi catorio, que contiene los derechos de trámite de los procedimientos y servicios prestados en exclusividad, materia de la rati fi cación. Adicionalmente, la ordenanza y su anexo que contiene los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite, se publicarán en el Portal Web del Diario O fi cial El Peruano y se difundirá en la Plataforma Digital Única para Orientación del Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional, conforme lo dispuesto en los numerales 44.2 y 44.3 del artículo 44 del TUO de la Ley Nº 27444; Que, los ingresos que la mencionada Municipalidad prevé como producto de la aplicación de los derechos de trámite por los procedimientos administrativos, listados en el Anexo A del informe en mención, fi nanciará el 99.83% de los costos considerados en su costeo; Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los artículos 9 y 41 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en su Dictamen Nº 046-2021-MML/CMAEO de fecha 11 de junio de 2021; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ:Artículo 1. Ratifi car ciento ochenta (180) derechos de trámite correspondientes a ciento setenta y nueve (179) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, cuyos costos únicamente han sido enviados y sustentados, listados en el Anexo A del Informe Nº D000048-2021-SAT-ART, aprobados en la Ordenanza Nº 452-MDC por la Municipalidad Distrital de Carabayllo; luego de haberse veri fi cado que su establecimiento se ha efectuado de conformidad con la normativa vigente, en cuanto responde al costo en el que incurre la municipalidad en la prestación del servicio, en la medida que se han establecido, teniendo en cuenta el marco legal vigente: Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y modi fi catorias; Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edi fi caciones y modi fi catorias, el Decreto Supremo Nº 029-2019-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edi fi cación, Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y modi fi catorias, Decreto Supremo Nº 200-2020-PCM, que aprueba los procedimientos administrativos estandarizados de Licencia de Funcionamiento y de Licencia Provisional de Funcionamiento, Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM, Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones; Decreto Supremo Nº 043-2021-PCM, que aprueba los procedimientos administrativos y un servicio prestado en exclusividad estandarizados de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones; Ley Nº 29022, Ley para el Fortalecimiento de la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones y modi fi catorias, Decreto Supremo Nº 003-2015-MTC, Reglamento de la Ley Nº 29022 y modi fi catorias; así como también el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, que aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en el TUPA, entre otras normas vinculadas con el establecimiento de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad aplicables al caso, según lo informado por el Área Funcional de Rati fi caciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT en su Informe Nº D000048-2021-SAT-ART. ANEXO A MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO - ORDENANZA Nº 452-MDC UIT = S/4,400 N.º Nº PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO / SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD DERECHO (I) COSTO (C) % COBERTURA DERECHO S/ S/ (I / C) TRÁMITE GERENCIA DE DESARROLLO URBANO - RURAL SUBGERENCIA DE OBRAS PRIVADAS: PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 01.1Licencia de Edi fi cación Modalidad A: aprobación automática con fi rma de profesionales - construcción de una vivienda unifamiliar de hasta 120 m2 construidos, 158.70 158.73 99.98% 1 siempre que constituya la única edi fi cación en el lote.