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113 NORMAS LEGALES Martes 27 de julio de 2021 El Peruano / Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña- Rímac-Jesús María; por lo que este despacho fi scal dará cumplimiento a lo dispuesto en dichos artículos. En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por Decreto Legislativo Nº 052 y sus modi fi catorias, y; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modi fi car los artículos Tercero y Cuarto de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 850-2021-MP-FN, de fecha 11 de junio de 2021, en los términos siguientes: (…) Artículo Tercero.- Disponer que el 1º Despacho Provincial Penal de la Sexta Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María derive a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, las denuncias relacionadas con los delitos que afecten los bienes del patrimonio cultural y patrimonio paleontológico del Perú pendientes de califi car, las que se encuentren en etapa de investigación preliminar y las denuncias formalizadas que no han sido califi cadas por el juez penal, para que sean asignados en forma proporcional y equitativa entre los Despachos Provinciales Penales que conforman las Fiscalías Corporativas Penales de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María. Artículo Cuarto.- Disponer que el 1º Despacho Provincial Penal de la Sexta Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María continúe conociendo los casos relacionados con delitos que afecten los bienes del patrimonio cultural y patrimonio paleontológico del Perú que se encuentren judicializados. (…) Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Corte Superior de Justicia de Lima, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, O fi cina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, Gerencia General, O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, 1º Despacho Provincial Penal de la Sexta Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María, y al 1° Despacho Provincial de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de La Victoria - San Luis. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1976746-1 Aceptan renuncia de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ventanilla, actualmente Distrito Fiscal de Lima Noroeste, y su designación en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ventanilla RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1057 -2021-MP-FN Lima, 26 de julio de 2021VISTOS Y CONSIDERANDO: Los o fi cios Nros. 5484 y 5492-2021-MP-FN-FSCN- FECCO, cursados por el abogado Jorge Wayner Chávez Cotrina, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, mediante los cuales se eleva la carta de renuncia del abogado Jhon Manuel Farid García García, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ventanilla, actualmente Distrito Fiscal de Lima Noroeste, y a su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ventanilla, por motivos estrictamente personales y de salud, informando que su último día de labores será el 06 de julio de 2021; y el o fi cio N° 361-2021-MP-FN-FECOR-LIMA NOROESTE-E1° que contiene el informe N° 02-2021 MP-FN-FECOR-LIMANOROESTE-E1°, suscritos por el abogado Christian Marlo Santamaria Zavala, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ventanilla, actualmente Distrito Fiscal de Lima Noroeste, designado en el referido Despacho. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Jhon Manuel Farid García García, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ventanilla, actualmente Distrito Fiscal de Lima Noroeste, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ventanilla, con efectividad al 07 de julio de 2021, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 3917-2018-MP-FN, 238-2019-MP-FN y 408-2019-MP-FN, de fechas 05 de noviembre de 2018, 05 y 26 de febrero de 2019; respectivamente. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1976747-1 Aceptan renuncia de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Cañete y su designación en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1058 -2021-MP-FN Lima, 26 de julio de 2021VISTOS Y CONSIDERANDO: El o fi cio N° 1321-2021-MP-FN-PJFSCAÑETE, remitido por el abogado Jesús Domingo Mávila Salón, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cañete, mediante el cual eleva la carta de renuncia, de la abogada Abigail Jenniffer Valencia Trujillo, al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Cañete y a su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cañete, por motivos personales, informando que su último día de labores será el 23 de julio de 2021, la misma que ha sido comunicada a la O fi cina General de Potencial Humano, vía correo electrónico, en virtud de que se trata de un personal administrativo con reserva de su plaza de origen. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.