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98 NORMAS LEGALES Martes 27 de julio de 2021 El Peruano / promover y hacer seguimiento de la ejecución de las acciones y desarrollo de los programas y proyectos en materia de construcción y saneamiento y tiene como función, entre otras, proponer lineamientos para la gestión y seguimiento a la ejecución de los programas y proyectos en las materias de construcción y saneamiento; Que, mediante el Memorando N° 349-2021-VIVIENDA/ VMCS-DGPPCS, la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento, a través de la Dirección de Gestión y Coordinación en Construcción y Saneamiento, propone el proyecto de Directiva General denominada “Lineamientos para la operatividad del mecanismo de obras por impuestos en saneamiento en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”, con el fi n de uniformizar criterios para la implementación del mecanismo de obras por impuestos en el Sector, los mismos que deberán seguir los órganos, unidades orgánicas, programas y proyectos, organismos públicos adscritos y entidades adscritas al Ministerio, que intervengan en la ejecución de proyectos mediante el mecanismo de obras por impuestos en materia de saneamiento, contribuyendo a la mayor e fi ciencia y e fi cacia en la gestión institucional; dicha propuesta cuenta con la conformidad de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, conforme al sustento alcanzado por la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento, la propuesta de Directiva General denominada “Lineamientos para la operatividad del mecanismo de obras por impuestos en saneamiento en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento” constituye un marco orientador para integrar y armonizar las acciones de los diversos actores que de una u otra forma intervienen en la ejecución de un proyecto de inversión mediante el mecanismo de obras por impuestos en materia de saneamiento, en el marco del TUO de la Ley N° 29230 y el TUO del Reglamento de la Ley N° 29230, siendo necesario poner a disposición de dichos agentes y del público en general dicha propuesta, para que formulen comentarios, sugerencias y/o recomendaciones a la misma; Que, el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, señala que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario o fi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, mediante los Informes N°s 437, 454 y 523-2021-VIVIENDA-OGAJ, y desde el punto de vista legal, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable a la presente Resolución Ministerial que dispone la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la Directiva General denominada “Lineamientos para la operatividad del mecanismo de obras por impuestos en saneamiento en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento” y su Anexo respectivo; Que, en consecuencia, corresponde disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la Directiva General denominada “Lineamientos para la operatividad del mecanismo de obras por impuestos en saneamiento en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”, a fi n de recibir los comentarios, sugerencias y/o recomendaciones de la ciudadanía en general; De conformidad con la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA y modi fi catoria; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, aprobado por Decreto Supremo N° 294-2018-EF; el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, aprobado por Decreto Supremo N° 295-2018-EF; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la Directiva General denominada “Lineamientos para la operatividad del mecanismo de obras por impuestos en saneamiento en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento” y su Anexo, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda) durante el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial El Peruano, a efectos de recibir los comentarios, sugerencias y/o recomendaciones de la ciudadanía en general. Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Gestión y Coordinación en Construcción y Saneamiento de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento consolidar los comentarios, sugerencias y/o recomendaciones respecto del proyecto citado en el artículo precedente, que se reciban a través del Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en el siguiente enlace: “Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los “Lineamientos Generales para la operatividad del mecanismo de Obras por Impuestos, en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”. Regístrese, comuníquese y publíquese.SOLANGEL FERNÁNDEZ HUANQUI Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1976847-1 Aprueban la “Norma nacional para la determinación de los valores arancelarios y otras intervenciones a nivel nacional” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 010-2021/VIVIENDA/VMVU-DGPRVU Lima, 22 de julio de 2021VISTO, el Informe Técnico - Legal Nº 004-2021-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU-DUDU-AV del Área de Valores de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo de fecha 22 de julio de 2021, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 11 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que “La base imponible para determinación del impuesto está constituida por el total de los predios del contribuyente ubicados en cada jurisdicción distrital. A efectos de determinar el valor total de los predios, aplicará los valores arancelarios de terrenos y valores unitarios o fi ciales de edi fi cación vigentes al 31 de octubre del año anterior y las tablas de depreciación por antigüedad y estado de conservación, que formula el Consejo Nacional de Tasaciones, y aprueba anualmente el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento mediante Resolución Ministerial....”, estableciendo como uno de los componentes de la estructura de cobro del impuesto predial, los valores arancelarios de los terrenos a nivel nacional. Que, por el Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA se aprueba la fusión por absorción del CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), correspondiéndole al citado Ministerio la calidad de entidad incorporante; asimismo, el numeral 1.2 del artículo 1 establece que toda referencia normativa al CONATA se entenderá hecha al MVCS Que, en atención al párrafo precedente, el Ministerio