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108 NORMAS LEGALES Jueves 18 de marzo de 2021 / El Peruano Que, el Artículo 62º de la Ley Nº 28611 – “Ley General del Ambiente”, con respecto a la Gestión Ambiente Local, señala que los Gobiernos Locales, organizan el ejercicio de sus funciones ambientales, considerando el diseño y la estructuración de sus Órganos Internos o Comisiones, en base a sus recursos, necesidades y el carácter transversal de la Gestión Ambiental; implementando un Sistema Local de Gestión Ambiental, integrando a la Entidades Públicas y Privadas que desempeñan funciones ambientales o que inciden sobre la calidad del Medio Ambiente, así como a la Sociedad Civil, en el ámbito de actuación del Gobierno Local; Que, según lo señala el artículo 59º de la Ley Nº 28611 – Ley General del Ambiente y el artículo 25º de la Ley Nº 28245 - Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, las Comisiones Ambientales Municipales son las instancias de gestión ambiental encargadas de coordinar y concretar la política ambiental municipal, aprobándose mediante ordenanza municipal, su creación, ámbito, funciones y composición; asimismo, el numeral 24.2 del artículo 24º de la Ley Nº 28245, establece que “Los Gobiernos Locales deben implementar el sistema local de gestión ambiental, sobre la base de los órganos que desempeñan diversas funciones ambientales que atraviesan el Gobierno Local y con la participación de la sociedad civil”; Que, el último párrafo del artículo 46º del Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28245, Ley Marco del sistema Nacional de Gestión Ambiental, señala que, “La política ambiental local debe estar articulada con la política y planes de desarrollo local”; Que, mediante Ordenanza Nº 0031-2005-MPMN de fecha 12 de julio de 2005, la Municipal Provincial Mariscal Nieto creó la Comisión Ambiental Municipal Mariscal Nieto, como órgano de coordinación y concertación de las políticas ambientales en el ámbito de la Provincia, la misma que fue actualizada con Ordenanza Nº 0015-2017-MPMN, promoviendo el diálogo y el acuerdo entre todos los actores locales; Que, a tenor de lo dispuesto en el Numeral 3.1 del Artículo 73º de la Ley Nº 27972 – “Ley Orgánica de Municipalidades”, las Municipalidades tomando en cuenta su condición de Municipalidad Provincial o Distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones especí fi cas con carácter exclusivo o compartido, para la protección y conservación del Ambiente; formulado, aprobando, ejecutando y monitoreando los Planes y Políticas Locales en materia Ambiental, en concordancia con las Políticas, Normas y Planes Regionales, Sectoriales y Nacionales; Que, por estas consideraciones, La Agenda Ambiental Local 2021 – 2022 de la Provincia Mariscal Nieto ha sido elaborado en el marco al trabajo que se ha desarrollado como resultado de un proceso de concertación y trabajo técnico realizado por la Comisión Ambiental Municipal Mariscal Nieto, siguiendo los lineamientos de la “Agenda Ambiental Nacional 2015 – 2016”, centrada en los frentes Ambientales de “Diversidad Biológica”, “Calidad Ambiental”, “Cambio Climático” y “Gobernanza Ambiental” y considerando para ello como metodología la construcción participativa por partes de los miembros de la CAM Mariscal Nieto, logrando plasmar en la Agenda acciones y metas en el corto plazo los que deben ejecutarse en los años 2021 y 2022, identi fi cado a su vez a los responsables de ejecutar tales acciones; Que, mediante Acta Nº 04 de la “Sesión Ordinaria de la Comisión Ambiental Municipal (CAM) de la Provincia Mariscal Nieto” de fecha 27 de noviembre del 2020, se aprobó por unanimidad la “Agenda Ambiental Local 2021-2022 de la Provincia Mariscal Nieto”; POR CUANTO:EL Concejo Provincial de Mariscal Nieto, en uso de las facultades concedidas por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú promulgada el 29-12-1993 y modi fi cada por Ley Nº 27680 de fecha 06-03-2002, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 de fecha 26-05-2003 y Ley Nº 8230 de fecha 03-04-1936, ha aprobado en “Sesión Ordinaria” de fecha 26-02-2021, se aprobó por UNANIMIDAD del Pleno del Concejo Municipal y con la Dispensa del trámite de Lectura y aprobación del acta; la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA “AGENDA AMBIENTAL LOCAL 2021 – 2022 DE LA PROVINCIA MARISCAL NIETO” Artículo Primero.- APROBAR LA “AGENDA AMBIENTAL LOCAL 2021 – 2022 DE LA PROVINCIAL MARISCAL NIETO”, como Anexo que contiene dieciséis (16) folios forma parte de la presente Ordenanza y que centra sus objetivos en cuatro frentes: 1) Diversidad Biológica; 2) Cambio Climático; 3) Calidad Ambiental y 4) Gobernanza Ambiental Artículo Segundo.- FACULTAR al Alcalde Provincial de “Mariscal Nieto” para dictar las Disposiciones Complementarias que sean necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza y la “Agenda Ambiental Local 2021 – 2022 de la Provincia Mariscal Nieto” que se aprueba, debiendo adoptar las acciones administrativas necesarias conducentes a la implementación y cumplimiento de la misma. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Gestión del Medio Ambiente el seguimiento a la implementación y cumplimiento de la “Agenda Ambiental Local 2021 – 2022 de la Provincia Mariscal Nieto” Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Sub Gerencia de Gestión del Medio Ambiente la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, la misma que entrara en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Quinto.– ENCARGAR a la O fi cina de Secretaria General en coordinación con la O fi cina de Tecnología de la Información y Estadística su publicación en el Portal Electrónico Institucional de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto, en cumplimiento al numeral 44.3 del Artículo 44º del TUO de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por D.S. 004-2019-JUS. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.ABRAHAM ALEJANDRO CARDENAS ROMERO Alcalde 1934999-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, deberán ser remitidos al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES