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106 NORMAS LEGALES Jueves 18 de marzo de 2021 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 081 del 08 de marzo de 2021 se encargó, a partir del 06 de marzo de 2021 y mientras dure la ausencia del titular, las funciones de Ejecutora Coactiva de la Subgerencia de Ejecución Coactiva de la Municipalidad de San Isidro, a doña JANETH TOLEDO ACEVEDO, en adición a sus funciones como Auxiliar Coactiva de esta Entidad; en razón a la continuación de la ausencia justi fi cada por descanso médico de don FRANK JAVIER HEREDIA ESCAJADILLO, designado como Ejecutor Coactivo por Resolución de Alcaldía Nº 145 del 13 de julio de 2020; Que, mediante los documentos del visto, la Gerencia de Rentas y la Subgerencia de Ejecución Coactiva informan que con fecha 09 de marzo de 2021 ocurrió el sensible fallecimiento del Ejecutor Coactivo designado por Resolución de Alcaldía Nº 145 del 13 de julio de 2020, adjuntando el certi fi cado de defunción respectivo; y, con el informe del visto, la Gerencia de Gestión de Personas recomienda disponer la encargatura correspondiente; Que, al respecto, estando vacante el cargo de Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Ejecución Coactiva, se hace necesario encargar sus funciones, a fi n de no paralizar las labores administrativas y de servicios inherentes a tal cargo; Que, a su vez, mediante los artículos 7°, numeral 7.1, y 17°, numeral 17.1, del TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, se faculta la posibilidad de disponer en el mismo acto administrativo o de administración interna, que tenga efi cacia anticipada a su emisión; Que, en este contexto, conforme a los documentos del visto, corresponde formalizar la encargatura, con efi cacia anticipada a partir del 10 de marzo de 2021 y hasta que se designe a su titular, de las funciones de Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Ejecución Coactiva, a doña JANETH TOLEDO ACEVEDO, contratada bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 1057 y designada como Auxiliar Coactiva de la Subgerencia de Ejecución Coactiva, mediante Resolución de Alcaldía N° 116 del 15 de mayo de 2020; así como, dejar sin efecto, a partir del 10 de marzo de 2021, la Resolución de Alcaldía N° 081 del 08 de marzo de 2021; Que, de acuerdo a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Vía Remota N° 0105-2021-0400-GAJ/MSI; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20°, numeral 6, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 y modi fi catorias; RESUELVE:Artículo Primero.- ENCARGAR, con e fi cacia anticipada a partir del 10 de marzo de 2021 y hasta que se designe a su nuevo titular, las funciones de EJECUTORA COACTIVA de la Subgerencia de Ejecución Coactiva de la Municipalidad de San Isidro, a doña JANETH TOLEDO ACEVEDO, en adición a sus funciones como Auxiliar Coactiva de la misma unidad orgánica, de esta Entidad. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, con efi cacia anticipada a partir del 10 de marzo de 2021, la Resolución de Alcaldía N° 081 del 08 de marzo de 2021. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia de Gestión de Personas. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PATRICIA LAZO DEL CARPIO Teniente AlcaldesaEncargada del Despacho de Alcaldía 1935971-2PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMALIES Aprueban tasas, costos, procedimientos administrativos y formularios contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Huamalíes ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015-2020-MPH/CM Llata, 23 de noviembre del 2020 POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAMALÍES VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 11 de noviembre de 2020; El Informe N° 00591-2020-MPH-GPP-EUC, de fecha 11 de noviembre de 2020, emitido por el Gerente de Plani fi cación y Presupuesto de la Municipalidad Provincial de Huamalíes, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú modi fi cada por la Ley N° 27680, en concordancia con los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 consagra que las Municipalidades son Órganos de Gobiernos promotores del Desarrollo Local, con personería de Derecho Público con plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, conforme al artículo 9° numeral 8 y 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, establecen las atribuciones del Concejo Municipal, para aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, crear, modi fi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley; Que, el artículo 40° de la misma norma municipal, establece que las ordenanzas municipales son las normas de carácter general y de mayor jerarquía por las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el artículo 66° del Decreto Supremo N° 156-2004-EF, Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, define las tasas como aquellos tributos creados por los Concejos Municipales cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por la municipalidad de un servicio público o administrativo; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2018- JUS, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, que en su artículo 44° establece lo siguiente: 44.1 El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo; inciso 44.2. La norma que aprueba el TUPA se publica en el diario oficial El Peruano; inciso 44.3 El TUPA y la disposición legal de aprobación o modificación se publica obligatoriamente en el portal del diario oficial El Peruano. Adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional de la entidad.