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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2021 (27/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Sábado 27 de marzo de 2021 El Peruano / se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruyen a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de marzo del año dos mil veintiuno. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas RICARDO DAVID CUENCA PAREJA Ministro de Educación 1938954-4 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor de la Oficina de Normalización Previsional DECRETO SUPREMO N° 050-2021-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 12.1 del artículo 12 del Decreto de Urgencia Nº 015-2019, Decreto de Urgencia para el Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, señala que, teniendo en cuenta que las Sociedades de Bene fi cencia no son parte del Sector Público, y no están contempladas en el numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público, se establece que, a partir del 1 de noviembre de 2020, la O fi cina de Normalización Previsional (ONP) se encarga de la administración y pago de las pensiones de los pensionistas del Decreto Ley N° 20530, Régimen de Pensiones y Compensaciones por Servicios Civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley Nº 19990, y sus normas complementarias, de las Sociedades de Bene fi cencia a cargo de los Gobiernos Locales, así como de las contingencias que se deriven de dicha administración y pago; asimismo, el inciso 2 del numeral 12.2 del citado artículo, establece que el pago de dichas pensiones por parte de la O fi cina de Normalización Previsional (ONP) se efectúa con cargo a los recursos a que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, en ese marco, el numeral 5.1 del artículo 5 y la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 077-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas para el otorgamiento y pago de las pensiones a cargo de la O fi cina de Normalización Previsional (ONP) a los a fi liados que se encuentran en situación de riesgo en el marco de Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19, y dicta otras disposiciones; disponen que las acciones encargadas a la O fi cina de Normalización Previsional (ONP) en el artículo 12 del Decreto de Urgencia N° 015-2019, se atienden tomando como referencia el monto de las pensiones del mes de octubre de 2020 o de los meses siguientes y se implementan de manera progresiva hasta el 31 de marzo de 2021; Que, mediante O fi cio N° 037-2021-JF/ONP, la Ofi cina de Normalización Previsional (ONP) solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 11 802 963,00, (ONCE MILLONES OCHOCIENTOS DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), a favor de dicha entidad, para fi nanciar el pago de las pensiones, de abril a diciembre de 2021, de 1 142 pensionistas del Decreto Ley N° 20530 de 59 Sociedades de Bene fi cencia a cargo de los Gobiernos Locales, de acuerdo a lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 015-2019 y en el Decreto de Urgencia Nº 077-2020; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 076-2021-OPG/ONP de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de la Gestión de la ONP, con los sustentos respectivos; Que, en ese contexto, mediante Memorando N° 0209-2021-EF/53.05, que adjunta el Informe N° 0256-2021-EF/53.05, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, emite opinión técnica respecto a la Transferencia de Partidas a favor de la O fi cina de Normalización Previsional (ONP), hasta por la suma de S/ 11 802 963,00 (ONCE MILLONES OCHOCIENTOS DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) destinados a fi nanciar el pago de la planilla de pensiones de los pensionistas del Decreto Ley Nº 20530 de las Sociedades de Bene fi cencia, en el marco de lo dispuesto por el artículo 12 del Decreto de Urgencia N° 015-2019 y el artículo 5 del Decreto de Urgencia N° 077-2020; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos; disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 11 802 963,00 (ONCE MILLONES OCHOCIENTOS DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), a favor de la O fi cina de Normalización Previsional (ONP), para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el inciso 2 del numeral 12.2 del artículo 12 del Decreto de Urgencia Nº 015-2019, Decreto de Urgencia para el Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; y, en los artículo 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 11 802 963,00 (ONCE MILLONES OCHOCIENTOS DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), a favor de la O fi cina de Normalización Previsional (ONP), para fi nanciar el pago de pensiones, correspondiente al periodo de abril a diciembre 2021, de 1 142 pensionistas del Decreto Ley N° 20530, Régimen de Pensiones y Compensaciones por