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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2021 (27/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Sábado 27 de marzo de 2021 El Peruano / Formalizan el inicio del proceso de elaboración de la Política Nacional Multisectorial de Pequeña Minería y Minería Artesanal y crean Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de la formulación RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 075-2021-MINEM/DM Lima, 25 de marzo de 2021VISTOS: el O fi cio N° D00070-2021-CEPLAN-DNCP de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; el Informe N° 0112-2021-MINEM/DGFM de la Dirección General de Formalización Minera; el Informe N° 0066-2021-MINEM/OGPP-OPPIC, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 205-2021-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece en su artículo 4, que el Poder Ejecutivo tiene la competencia exclusiva de diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas establece que el Ministerio de Energía y Minas tiene competencia exclusiva para diseñar, establecer y supervisar las políticas nacionales y sectoriales en materia de energía y de minería, asumiendo la rectoría respecto de ellas; Que, el numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto Supremo N° 029-2018-PCM establece que las Políticas Nacionales constituyen decisiones de política a través de las cuales se prioriza un conjunto de objetivos y acciones para resolver un determinado problema público de alcance nacional y sectorial o multisectorial en un periodo de tiempo; Que, el numeral 15.5 del artículo 15 del Decreto Supremo antes mencionado, señala que, excepcionalmente, el diseño, formulación, coordinación, seguimiento y evaluación de una política nacional multisectorial puede requerir la conformación de un grupo de trabajo u otro mecanismo que determine la política nacional multisectorial o acuerden los Ministerios intervinientes, según corresponda; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00047-2017/CEPLAN/PCD, modi fi cada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00057-2018/CEPLAN/PCD, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico aprueba la “Guía de Políticas Nacionales”, en la que se desarrolla la metodología para el diseño, formulación, seguimiento y evaluación de las políticas nacionales, así como el procedimiento a aplicar para su actualización; Que, la Guía de Políticas Nacionales establece en su numeral 7.1 que, una vez determinada la pertinencia de elaborar una Política Nacional, el Ministerio rector o conductor debe formalizar el proceso, lo cual se realiza a través de una Resolución Ministerial. Adicionalmente, para una política multisectorial, se deberá establecer los ministerios rectores que participen en la política nacional. Asimismo, se puede conformar un grupo de trabajo u otro mecanismo que asegure la participación de los órganos de un sector o los ministerios intervinientes; Que, el artículo 28 del Decreto Supremo Nº 054-2018- PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, y modi fi catoria, establece en el numeral 28.1 del artículo 28 que los Grupos de Trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos especí fi cos y sus conclusiones carecen de efectos jurídicos sobre terceros. A su vez, el numeral 28.2 indica que los Grupos de Trabajo pueden ser sectoriales o multisectoriales, siendo necesario la emisión de una Resolución Ministerial del Ministerio que la preside, para hacer efectiva su conformación; Que, por Resolución Suprema N° 145-2019-PCM, modi fi cada por Resolución Supremo N° 190-2019-PCM, se conforma la Comisión para el Desarrollo Minero Sostenible encargada de elaborar propuestas de medidas normativas y de gestión, así como de política pública para el desarrollo de actividades mineras sostenibles. Al respecto, en el informe fi nal de la referida Comisión se recomienda que en el marco de sus funciones, el Ministerio de Energía y Minas elabore una propuesta de Política Nacional Multisectorial de Minería Informal, con asistencia técnica del CEPLAN. Para llevar a cabo dicha labor, la citada política debería ser trabajada por un Grupo de Trabajo Multisectorial que incluya a los sectores relevantes en el tema, de modo tal que se pueda coordinar las diferentes intervenciones del Estado hacia un bien común; Que, el artículo 105-A del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modi fi catorias, establece que la Dirección General de Formalización Minera tiene entre sus funciones, la propuesta y evaluación de la política sobre formalización minera en concordancia con las políticas sectoriales y nacionales; Que, mediante Informe Nº 0112-2021-MINEM/DGFM, la Dirección General de Formalización Minera sustenta la Resolución Ministerial que formaliza el inicio del proceso de elaboración de la Política Nacional Multisectorial de Pequeña Minería y Minería Artesanal así como la creación de un Grupo de Trabajo encargado de su elaboración; Que, a través del Informe N° 0066-2021-MINEM/ OGPP-OPPIC, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, concluye que para articular las acciones multisectoriales, capacidad técnica e institucionalidad necesarias para la labor de formulación de la Política Nacional Multisectorial de Pequeña Minería y Minería Artesanal, es necesario la creación de un Grupo de Trabajo Multisectorial de Naturaleza Temporal que se encargue de su formulación; Que, en este contexto y acorde al marco normativo enunciado, resulta necesario formalizar el inicio del proceso de elaboración de la Política Nacional Multisectorial de Pequeña Minería y Minería Artesanal y la creación del Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de su formulación; De conformidad con lo establecido en la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00047-2017/CEPLAN/PCD, Resolución que aprueba la Guía de Políticas Nacionales, y sus modi fi catoria; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales; el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y su modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalización del proceso de elaboración de la Política Nacional Multisectorial de Pequeña Minería y Minería Artesanal Formalizar el inicio del proceso de elaboración de la Política Nacional Multisectorial de Pequeña Minería y Minería Artesanal. Artículo 2.- Órgano responsable La Dirección General de Formalización Minera será el órgano responsable del desarrollo de las etapas de elaboración de la Política Nacional Multisectorial de Pequeña Minería y Minería Artesanal la misma, que contará con el asesoramiento técnico de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas.