Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2021 (27/03/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Sábado 27 de marzo de 2021 / El Peruano Servicios Civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley Nº 19990, y sus normas complementarias, de 59 Sociedades de Bene fi cencia a cargo de los Gobiernos Locales, en el marco de lo dispuesto por los Decretos de Urgencia N° 015-2019 y Nº 077-2020, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso presupuestario del sector público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 11 802 963,00 =========== TOTAL EGRESOS 11 802 963,00 =========== A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 095 : O fi cina de Normalización Previsional – ONP UNIDAD EJECUTORA 001 : O fi cina de Normalización Previsional CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones previsionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 11 802 963,00 =========== TOTAL EGRESOS 11 802 963,00 =========== Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución es remitida dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieren como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieren, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de marzo del año dos mil veintiuno. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas 1938954-5 Incorporan representante del Ministerio del Ambiente en la Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Acuícola RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 114-2021-EF/10 Lima, 26 de marzo del 2021CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 319- 2017-EF/10, se conforma el Equipo Técnico de Trabajo denominado “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Acuícola”, modi fi cada con la Resolución Ministerial Nº 348-2017-EF/10, y que tiene como objeto identi fi car, promover y proponer acciones que impulsen el sector acuícola, así como permitir que se facilite y favorezca la productividad y competitividad de dicho sector, a fi n de contribuir con el crecimiento económico; Que, a fi n de contribuir adecuadamente con el logro del objetivo de la Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Acuícola, resulta necesario incorporar a un representante del Ministerio del Ambiente - MINAM, en la conformación de la citada Mesa Ejecutiva. Que, en ese sentido, corresponde expedir la respectiva Resolución Ministerial que incorpore el literal l) al artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 319-2017-EF/10; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 008-2019-EF, Conforman el Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas y establecen disposiciones para el funcionamiento de Mesas Ejecutivas; y el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 213-2020-EF/41; SE RESUELVE:Artículo 1. Incorporación del literal l) al artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 319-2017-EF/10 Incorpórase el literal l) al artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 319-2017-EF/10, que conforma el Equipo Técnico de Trabajo denominado “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Acuícola”, conforme al texto siguiente: “Artículo 2.- Conformación La “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector Acuícola”, está conformada por: (…) l) El Ministro del Ambiente, o su representante.” Artículo 2. Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef). Regístrese, comuníquese y publíquese. WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas 1938872-1