TEXTO PAGINA: 5
5 NORMAS LEGALES Domingo 9 de mayo de 2021 El Peruano / la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos. Para tal fi n los pliegos deben presentar sus solicitudes de informe favorable al Ministerio de Economía y Finanzas, dentro de los sesenta (60) días calendarios siguientes a la entrada en vigencia de la presente norma. 6.3 En el caso de las entidades del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales, se requiere el costo y la validación de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos vinculada a la información registrada en el AIRHSP. 6.4 Autorízase durante el año fi scal 2021 a los Ministerios y a las entidades que pertenezcan a su sector, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, entre el respectivo ministerio y las entidades de su sector o entre estas últimas, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, para garantizar el fi nanciamiento de la continuidad de los Contratos Administrativos de Servicios – C.A.S. que se encontraban vigentes y registrados en el AIRSHP al 10 de marzo de 2021. Dichas modi fi caciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el/ la Ministro/a de Economía y Finanzas y el/la Ministro/a de Sector correspondiente, a propuesta de este último/a, quedando exceptuado para este fi n de lo establecido en el artículo 49 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto. 6.5 Autorízase durante el año fi scal 2021 a los Ministerios y a las entidades que pertenezcan a su sector, a realizar transferencias fi nancieras entre el respectivo ministerio y las entidades de su sector o entre estas últimas, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, para garantizar el fi nanciamiento de la continuidad de los Contratos Administrativos de Servicios – C.A.S. que se encontraban vigentes al 10 de marzo de 2021. Dichas Transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de su O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces y se publica en el Diario O fi cial El Peruano. 6.6 En ningún caso, la aplicación de lo establecido en el presente artículo deriva en el des fi nanciamiento de la planilla anualizada de gastos en personal y pensiones, bajo responsabilidad del titular de la entidad Artículo 7. Nuevo plazo para la contratación de recursos humanos en salud y registro en el AIRHSP Establézcase como nuevo plazo para la suscripción de las contrataciones de recursos humanos en salud y la creación del registro correspondiente en el AIRHSP, autorizadas mediante los artículos 2 y 3 del Decreto de Urgencia N° 038-2021, hasta quince (15) días hábiles desde la entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia. Artículo 8. Vigencia Las disposiciones establecidas en el presente Decreto de Urgencia tienen vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021, salvo lo dispuesto en el artículo 5 que tiene vigencia hasta treinta (30) días calendarios posteriores al término de la Emergencia Sanitaria declarada por la COVID-19. Artículo 9. Refrendo El presente Decreto de Urgencia es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Salud y por el Ministro de Economía y Finanzas. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única. Normas complementarias Mediante decreto supremo del Ministerio de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, dentro del plazo de treinta (30) días hábiles contados a partir de la publicación del presente Decreto de Urgencia, se dictan las disposiciones complementarias en el marco del mismo para efectos de su aplicación.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de mayo del año dos mil veintiuno. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República VIOLETA BERMÚDEZ VALDIVIA Presidenta del Consejo de Ministros WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas ÓSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 1951264-1 AMBIENTE Designan miembros del Consejo Directivo del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP RESOLUCIÓN SUPREMA N° 006-2021-MINAM Lima, 7 de mayo de 2021CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 de la Ley N° 23374, Ley del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana, modi fi cado por Decreto Legislativo N° 1429, establece que el IIAP es un Organismo Técnico Especializado con personería jurídica de derecho público interno y autonomía económica y administrativa; Que, el artículo 10 de la Ley Nº 23374, modi fi cado por Decreto Legislativo Nº 1429, establece que el Consejo Directivo del IIAP es el máximo órgano de decisión del Instituto, responsable de de fi nir la política institucional, en concordancia con las políticas y planes del sector; está integrado por trece (13) miembros, designados mediante Resolución Suprema, cuya composición es la siguiente: Un/una representante del Ministerio del Ambiente, quien lo preside y tiene voto dirimente, un/una representante del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; un/una representante del Ministerio de Agricultura y Riego; un/una representante del Ministerio de la Producción; un/una representante del Ministerio de Cultura; un/una representante de las universidades interculturales constituidas en los departamentos con territorio amazónico; un/una representante de las universidades públicas y privadas, no consideradas como interculturales, constituidas en los departamentos con territorio amazónico; y, un/una representante de cada uno de los Gobiernos Regionales del Consejo Interregional Amazónico – CIAM; Que, de conformidad con el numeral 5 de la Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, el IIAP se encuentra adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del IIAP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2019-MINAM, establece los per fi les y requisitos que deben cumplir los miembros de su Consejo Directivo, y su Presidente Ejecutivo; Que, a través de la Resolución Suprema N° 019-2019-MINAM, se modi fi có la conformación del Consejo Directivo Transitorio del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana; Que, mediante la Resolución Suprema N° 005-2021-MINAM, se designó a la señora Carmen Rosa García Dávila como representante del Ministerio del Ambiente ante Consejo Directivo del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana, quién, además, lo presidirá;