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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 2021 (09/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Domingo 9 de mayo de 2021 El Peruano / una Transferencia de Partidas en el Presupuesto de Sector Público para el Año Fiscal 2021, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 180 696 654,00 (CIENTO OCHENTA MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor de mil ciento veinte (1,120) Gobiernos Locales para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en los numerales 2.2 y 2.3 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 028-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera para el fi nanciamiento del Programa “Trabaja Perú”,; y, en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA: Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 180 696 654,00 (CIENTO OCHENTA MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor de mil ciento veinte (1,120) Gobiernos Locales, para fi nanciar mil cuatrocientos cuarenta y tres (1,443) Actividades de Intervención Inmediata del Programa “Trabaja Perú”, en el marco de la Emergencia Sanitaria Nacional y el Estado de Emergencia Nacional producidos por la COVID-19, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORIAPRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector PúblicoFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 180 696 654,00 ---------------------TOTAL EGRESOS 180 696 654,00 ============ A LA: En SolesSECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos localesCATEGORIA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosACTIVIDAD 5006373 : Promoción, implementación y ejecución de actividades para la reactivación económicaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 180 696 654,00 ---------------------TOTAL EGRESOS 180 696 654,00 ============ 1.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1, se encuentra en el Anexo 1 “Transferencia de partidas para el fi nanciamiento de Actividades de Intervención Inmediata – primera y segunda convocatoria a favor de 1120 Gobiernos Locales”, que es parte integrante de la presente norma, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Trabajo y Promoción el Empleo (www. gob.pe/mtpe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el diario o fi cial El Peruano. 1.3 El detalle de las Actividades de Intervención Inmediata que se fi nancian por cada Gobierno Local, se encuentra en el Anexo 2 “Relación de Actividades de Intervención Inmediata – primera y segunda convocatoria”, que es parte integrante de la presente norma, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Trabajo y Promoción el Empleo (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitan a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados elaboran las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de mayo del año dos mil veintiuno. FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1951264-2 Modifican los Índices de Distribución del Fondo de Compensación Municipal – FONCOMUN correspondiente al Año Fiscal 2021, por la creación de nuevos distritos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 147-2021-EF/50 Lima, 7 de mayo del 2021