Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 2021 (09/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Domingo 9 de mayo de 2021 El Peruano / Que, a través de la Exposición de Motivos, suscrita por el Jefe de la O fi cina de Asuntos Internacionales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, anexada al O fi cio N° 2089 CCFFAA/OAI/UOP/PER, se precisa la importancia de autorizar el viaje en comisión especial en el exterior del citado Técnico, siendo fundamental para la gestión, control y seguimiento de los recursos económicos, movimientos de personal, gestión de trámites, obtención de nuevas plazas, capacitación y entrenamientos, entre otros aspectos que se tramitan ante la Organización de las Naciones Unidas, en el marco de las funciones que cumple el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas en las Operaciones de Paz de las Naciones Unidas; asimismo, precisa que el despliegue del citado personal militar se fi nancia con cargo a los desembolsos recibidos de la citada Organización por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, a través de la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias; Que, de conformidad con la Declaración de Gastos que no son cubiertos por ningún organismos internacional, suscrita por el Jefe de la O fi cina de Administración del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales de ida y tarifa única por uso de aeropuertos (titular, cónyuge e hijas), gastos de traslado de ida y compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero correspondiente al Año Fiscal 2021 se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021 del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG, y en concordancia con el Decreto Supremo N° 262-2014-EF; Que, de acuerdo a lo indicado en la Hoja de Resumen de Viajes al Exterior, suscrita por el Jefe de la O fi cina de Asuntos Internacionales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje en comisión especial en el exterior serán asumidos por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; asimismo, conforme a las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario N° 0000000023, N° 0000000063 y N° 0000000116, emitidas por el Jefe de la O fi cina de Planes, Presupuesto y Racionalización del CCFFAA, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje durante el Año Fiscal 2021, por la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación del personal militar designado, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como, su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, y sus modi fi catorias, establece la modalidad de viajes denominada Comisión Especial en el Exterior, que permite la designación de personal militar en actividad o retiro en las representaciones permanentes del Perú ante Organismos Internacionales, a órdenesdel Ministerio de Relaciones Exteriores; asimismo, el pago de los conceptos que corresponde al personal designado bajo dicha modalidad, se sujeta a lo dispuesto en el artículo 18 del citado Reglamento y a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF; Que, a través del O fi cio Nº 00546-2021-MINDEF/ VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales remite el Informe Técnico Nº 104-2021-MINDEF/VPD-DIGRIN, mediante el cual emite opinión técnica favorable para la citada autorización de viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal Nº 00373-2021-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje en comisión especial en el exterior del Técnico 2° MGP Robert Ángel HUERTAS VARGAS, como Especialista Adjunto al Consejero Militar para Asuntos de Mantenimiento de la Paz en la Representación Permanente del Perú ante las Naciones Unidas (ONUPER), conforme a la normativa sobre la materia; asimismo, teniendo en cuenta que el citado personal naval asumirá el cargo a partir del 11 de mayo de 2021, resulta legalmente viable variar la fecha de inicio y término de la designación dispuesta a través de la Resolución Suprema N° 008-2021-DE, estableciendo como nuevo período de designación del 11 de mayo de 2021 al 10 de mayo de 2023; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Variar la fecha de inicio y término de la designación autorizada en el artículo 1 de la Resolución Suprema 008-2021-DE, y establecer como nuevo periodo de designación del Técnico 2° MGP Robert Ángel HUERTAS VARGAS, como Especialista Adjunto al Consejero Militar para Asuntos de Mantenimiento de la Paz en la Representación Permanente del Perú ante las Naciones Unidas (ONUPER), en la ciudad de Nueva York, Estado de Nueva York en los Estados Unidos de América, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, del 11 de mayo de 2021 al 10 de mayo de 2023. Artículo 2.- Autorizar el viaje, en comisión especial en el exterior, al Técnico 2° MGP Robert Ángel HUERTAS VARGAS, identi fi cado con CIP N° 07924392 y DNI N° 43459861, como Especialista Adjunto al Consejero Militar para Asuntos de Mantenimiento de la Paz en la Representación Permanente del Perú ante las Naciones Unidas (ONUPER), en la ciudad de Nueva York, Estado de Nueva York en los Estados Unidos de América, del 11 de mayo de 2021 al 10 de mayo de 2023; autorizando su salida del país el 10 de mayo de 2021 y su retorno el 11 de mayo de 2023. Artículo 3.- El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas efectúa los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021, por la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias; de acuerdo con los conceptos siguientes: